sábado, 29 de abril de 2017

DESDE EL PRÓXIMO LUNES ENTRA EN VIGENCIA TARJETA DE MOVILIDAD FRONTERIZA PARA REGULAR INGRESO DE CIUDADANOS VENEZOLANOS



El Presidente Juan Manuel Santos indicó que desde el próximo 1°de mayo entrará en vigencia la Tarjeta de Movilidad Fronteriza, expedida por Migración Colombia, para regular de mejor forma “la entrada de los ciudadanos venezolanos”.

Precisó que ya hay 50 mil personas pre-registradas en este nuevo sistema.

“La persona que no tenga esa tarjeta o no tenga un pasaporte válido se va a declarar como una persona ilegal aquí en nuestro país”, afirmó el Mandatario al término de la Mesa de Seguridad en Cúcuta.

Señaló que “no pueden entrar si no están con la tarjeta o si están sin pasaporte, y si entran y por alguna forma son capturados serán declarados ilegales y deportados”.

Frontera segura y ordenada

“Esta medida, que se toma con el ánimo de facilitar la movilidad y de continuar garantizando una frontera segura y ordenada, permitirá tener un mayor control de quiénes pasan y cuántas veces lo hacen”, declaró el Director General de Migración Colombia: segura Christian Krüger Sarmiento.

INTEGRANTES DE LAS FARC–EP DESMOVILIZADOS EN JUSTICIA Y PAZ PUEDEN ACOGERSE AL ACUERDO FINAL PARA LA PAZ: CORTE



Los miembros de las FARC que decidieron desmovilizarse en virtud de la jurisdicción de Justicia y Paz (Ley 975 de 2005) también pueden acogerse al Acuerdo Final para la Paz (Ley 1820 de 2016) y, en consecuencia, solicitar libertad condicionada.

Así lo determinó la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, al señalar que la inclusión en los listados que han elaborado representantes del grupo guerrillero no es el único criterio para establecer los destinatarios de los beneficios el Acuerdo Final para la Paz.

“También lo es haber sido investigado, procesado o condenado por la pertenencia o colaboración con esa estructura subversiva, como ocurre con los desmovilizados de las FARC – EP, postulados al proceso de Justicia y Paz”, afirma la decisión.

La Sala de Casación Penal enfatizó que también son destinatarios de la libertad condicionada quienes han sido condenados, procesados o investigados por su pertenencia o colaboración con esa organización subversiva “con independencia que se hayan desmovilizado del grupo con antelación a la firma del acuerdo, pues ni la ley ni el Acuerdo Final para la Paz los excluye”.

Sin embargo, la providencia advierte que los miembros de las FARC no pueden estar en los dos trámites transicionales al mismo tiempo y, si optan por solicitar la libertad condicionada al amparo de la Ley 1820 de 2016, deberán someterse a la Jurisdicción Especial para la Paz.