jueves, 19 de octubre de 2017

MINJUSTICIA REPRESENTA A COLOMBIA EN GUATEMALA EN ENCUENTRO SOBRE DESARROLLO ALTERNATIVO DE CARA AL PROBLEMA DE LAS DROGAS


Bajo la premisa de que el abordaje del problema de las drogas, debido a su complejidad, debe tener en cuenta las diferentes realidades de cada país y ser abordado de manera diferenciada y flexible, se desarrolla en La Antigua Guatemala (Guatemala) la Reunión del Grupo de Expertos de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) de la Organización de Estados Americanos (OEA).

En este encuentro que empezó el martes 17 de octubre y finaliza el día de hoy jueves 19, y en el que toman parte especialistas en el tema de 12 países del hemisferio, Colombia está representada por una delegada de la Dirección de Política de Drogas y Actividades Relacionadas del Ministerio de Justicia y del Derecho.

El evento tiene como contexto el hecho de que durante los últimos años la CICAD ha enfatizado la relación estrecha de la política de drogas con la agenda de desarrollo internacional, así como con esfuerzos coordinados y prioridades comunes en torno a temas como la reducción de la pobreza y la desigualdad, la salud, los derechos humanos, el desarrollo económico, el empoderamiento de las mujeres, la gobernabilidad y el estado de derecho, el medio ambiente y las prácticas tradicionales e indígenas.

También, que el desarrollo alternativo debe priorizar las condiciones particulares de cada país con un concepto más amplio, que integre no solo a los actores vinculados con las drogas sino también a los tipos de producción, tráfico y consumo, y que no abarque únicamente los contextos agrícolas sino también los urbanos.

Este es un espacio en el que se están construyendo conocimientos de manera colectiva e intercambiando experiencias con el fin de darle seguimiento al Plan de Trabajo del Grupo de Expertos, de cara al problema de las drogas y para generar, en lo posible, los menores efectos negativos sobre la sociedad y el desarrollo.
LA PROCURADURÍA SUSPENDE POR TRES MESES AL SUPERSALUD, NORMAN JULIO MUÑOZ


La Procuraduría General de la Nación suspendió de manera provisional por tres meses al superintendente Nacional de Salud, Norman Julio Muñoz Muñoz, por permitir y/o autorizar el inicio de operaciones a Medimás EPS sin que contara con una red que prestadores de servicio en el país. 

Así mismo el Ministerio Público tomó la decisión en contra del funcionario por no haber iniciado procedimientos en contra de la EPS por las reiteradas denuncias de incumplimiento, que hubieran podido dar lugar a la intervención forzosa administrativa, toma de posesión, revocatoria o suspensión del certificado de autorización o de habilitación de funcionamiento. 
La medida cautelar adoptada por tres meses contra Muñoz Muñoz, que le será notificada al presidente Juan Manuel Santos, busca evitar que el Superintendente en el ejercicio de su cargo siga reiterando la falta. 

“La valoración de la medida preventiva en lo que respecta al presupuesto de la reiteración o continuación de la conducta, cobra vigencia en tanto se observa que las funciones propias del cargo de superintendente Nacional de Salud le permitirían adoptar las medidas administrativas para garantizar el derecho fundamental a la salud a los usuarios del Medimás EPS y como quiera que hasta el momento no las ha adoptado, este despacho observa que con la permanencia en el cargo de Norman Julio Muñoz Muñoz, la posible falta se reiteraría”, indicó el procurador Fernando Carrillo.
PRÓRROGA DE DETENCIÓN PREVENTIVA RIGE PARA LOS DOS SISTEMAS PENALES: CORTE SUPREMA


Mientras en el sistema penal acusatorio la prórroga del plazo máximo de detención preventiva procede a petición de parte ante el juez de control de garantías, en los antiguos procesos penales, regidos por la Ley 600 de 2000, es el funcionario judicial competente –fiscal, en investigación; juez, en etapa de juicio– quien debe validar (de oficio) la prolongación de esa medida cautelar.

Así lo precisó la Corte Suprema de Justicia al ratificar, mediante sentencia de acción de tutela, la validez de las providencias que negaron la sustitución de la medida privativa de la libertad impuesta contra el procesado Santiago Uribe Vélez.

Según la jurisprudencia sentada en decisión unánime de la Sala de Casación Penal, aunque con aplicación diferenciada, el trámite de la extensión de la vigencia de la detención preventiva rige tanto para el nuevo (Ley 906 de 2004) como para el antiguo sistema de procedimiento penal (Ley 600 de 2000), en procesos seguidos por la justicia penal especializada, sean tres o más los detenidos preventivamente o se trate del juzgamiento de actos de corrupción (Ley 1471 de 2011) o cualquiera de las conductas previstas por el Título IV del Libro Segundo del Código Penal.
De acuerdo con la providencia y el trámite particular para cada uno de los dos sistemas, “…la prolongación del término por otro año más, absolutamente insuperable, depende únicamente de que el funcionario judicial lo valide tras constatar alguna de las circunstancias que dan lugar a la duplicación del plazo, que son estrictamente objetivas y que, prácticamente, operan por ministerio de la ley. Mas tal validación, en asuntos gobernados por la Ley 906 de 2004, no puede ser decretada motu proprio por el juez de control de garantías, sino que procede a petición de parte.

…“Constitucional y legalmente (arts. 250-1 de la Constitución y 306 inc. 1º de la Ley 906 de 2004), la aplicación de las medidas de aseguramiento son potestad de la Fiscalía, en cabeza de quien radica el ejercicio de la pretensión penal. Así el juez encontrara elementos suficientes para detener, en tal esquema procesal no está facultado para asegurar al imputado por iniciativa propia. Tanto así, que sólo la víctima puede, supletoriamente, demandar la aplicación de las medidas de aseguramiento cuando el fiscal se abstenga de hacerlo (art. 306 inc. 4º ídem).

“De ello deriva, entonces, que el interés para mantener la vigencia de la detención durante el proceso radica en la Fiscalía y en el representante de la víctima. Si dentro de un esquema procesal adversarial el juez carece de competencia para deteneroficiosamente, por la misma razón, carece de facultades para extender por sí mismo la vigencia de la medida.

“Esto quiere decir que el fiscal tiene el deber de asistir a la audiencia preliminar para que se pronuncie sobre la solicitud de sustitución de la detención, diligencia a la que, igualmente, ha de ser citado el representante de las víctimas, cuyos datos deberán ser suministrados por la parte solicitante. Ahora, si pese a la debida citación, el fiscal o la víctima se abstienen de solicitar la prórroga del plazo o no demandaron con antelación la extensión del mismo, el juez de control de garantías habrá de aplicar el término máximo de un año para decidir sobre la sustitución. En tal supuesto, únicamente tendría que verificar el aspecto objetivo referente a la contabilización del plazo, constatando que no se hayan presentado dilaciones atribuibles al procesado o a la defensa, que incidan en dicho conteo.

“Si, por el contrario, la Fiscalía o la víctima, previamente a la consolidación del término máximo de vigencia, solicitan la prórroga de éste o, al oponerse a la sustitución en casos donde opere la extensión del plazo, demandan su prolongación en audiencia, esta última solicitud ha de decidirse teniendo en consideración el término extendido.

“Bien se ve, entonces, que la figura de la prórroga y su condicionamiento a solicitud de parte encuentran justificación en la naturaleza adversarial del proceso penal diseñado en la Ley 906 de 2004, sin que pueda entenderse (…) que la falta de su declaratoria, dentro del término previsto en el art. 3º de la Ley 1786 de 2016 [2 meses anteriores al vencimiento del término máximo de un año], tiene un efecto preclusivo que impide aplicar el término ampliado de dos años de vigencia de la detención preventiva.

“Ahora bien, tal dinámica no es exigible en procesos gobernados por la Ley 600 de 2000, como quiera que, rigiendo el principio de oficiosidad, en la fase de investigación el fiscal es competente para decidir con autonomía sobre la privación cautelar de la libertad personal, mientras que, en etapa de juicio, al adquirir aquél la condición de sujeto procesal, es el juez el encargado de velar porque se cumpla con las finalidades constitucionales y legales asignadas a las medidas de aseguramiento.

“En esa dirección, la prórroga del término máximo de vigencia de la detención preventiva adquiere un cariz diverso: dada la posibilidad de su extensión oficiosa, prácticamente opera de pleno derecho y habrá de ser considerado por el funcionario respectivo –fiscal o juez de la causa– al momento de decidir sobre la sustitución de la medida.

“Por último, ha de destacarse que, en ambos esquemas procesales, la figura del levantamiento o revocatoria de la detención, mencionada en el art. 1º inc. 2º de la Ley 1786 de 2016 –distinta a la sustitución– se subordina al examen sobre la permanencia de los fundamentos materiales que permitieron la imposición de la detención, así como a la necesidad de seguir cumpliendo alguna de las finalidades por las cuales se decretó (art. 308 de la Ley 906 de 2004 o arts. 355 y 356 de la Ley 600 de 2000, respectivamente)”.

Por lo anterior, frente al amparo solicitado por el procesado Santiago Uribe Vélez, acusado por los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir agravado, la Sala desvirtuó que el Juzgado 1º Penal del Circuito Especializado de Antioquia le haya vulnerado sus derechos fundamentales al prorrogar de oficio la medida de aseguramiento en su contra.s decisiones judiciales de esos tribunales, pasarían a las altas cortes".
“EL EXMAGISTRADO VARGAS ES UN SER DETESTABLE”: PRETELT


Ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el exmagistrado de la Corte Constitucional Jorge Pretelt se defendió de las acusaciones en su contra por el delito de concusión. Este jueves se inició el juicio inédito en contra de quien fue una alta dignidad en el máximo tribunal de lo constitucional. 

Pretelt comenzó respondiendo a los interrogantes del magistrado instructor Francisco Acuña, quien indagó por la forma en que fue seleccionada la tutela de Fidupetrol, por la que se dice que Pretelt pidió 500 millones de pesos.

El exmagistrado de la Corte Constitucional explicó que fue su despacho el encargado de revisar si se hacía o no ficha esquemática, una especie de puertas de entrada para la admisión del caso, sin embargo, manifiesta que entre las tutelas no salió con ficha esquemática la de Fidupetrol, es decir que no fue preseleccionada.

Según Pretelt, la abogada de la firma Fátima Domínguez presentó una solicitud de súplica y fue cuando los magistrados Alberto Rojas Ríos y Jorge Iván Palacio tomaron la decisión de admitirla, el 17 de octubre 2013. 

Esta fecha -continuó el exmagistrado- fue un día antes de que se llevara a cabo un encuentro social en el club El Nogal en donde le rendía homenaje a los juristas Juan Carlos Henao y Humberto Sierra Porto. Pretelt desmiente que haya existido una reunión minutos antes en su casa con el abogado Víctor Pacheco en la cual, según la versión de este último, le comunicó que la tutela había sido seleccionada.

El caso fue el primer escándalo de corrupción que sacudió a una alta corte en Colombia y llevó a que previo juicio de indignidad política en el Congreso le suspendieran la magistratura. La denuncia que desató el proceso la interpuso el exmagistrado de la Corte Constitucional Mauricio González.

En la audiencia ante la Corte Suprema, Pretelt aseguró que el abogado Víctor Pacheco cambió de versión frente a los detalles que se dieron alrededor de este supuesto encuentro en su casa. En particular reveló la supuesta existencia de interceptaciones en las que Pacheco se comunica con el conductor que lo habría recogido en el aeropuerto El Dorado a su llegada desde Barcelona ese 18 de octubre. En el audio -destaca Pretelt- el conductor Peter Nieto asegura que lo recogió en el aeropuerto, lo llevó al centro, lo esperó mientras hacia diligencias y lo llevó al club El Nogal. No habría mencionado una previa parada en el apartamento de Pretelt.

Luego, ante la Fiscalía, Pacheco habría asegurado que la persona a cargo de llevarlo desde el aeropuerto a la casa de Pretelt fue Camilo Pacheco, su hijo. Para Pretelt este cambio de versión tiene que ver con que las interceptaciones revelaron que Pacheco trató de "libretear" al conductor. 

“De estas pruebas solo me vine a enterar hace pocos meses porque me fueron ocultadas por Julián Bedoya. Fueron tres interceptaciones tratando de persuadir el conductor. Pacheco es interceptado por la Fiscalía durante marzo y abril, mi juicio es en noviembre, desde el mes de marzo tenían pruebas contundentes de cómo estaba actuando para cambiar su versión”, dijo. 

Pretelt también dio su versión frente a una reunión que se habría dado entre enero y febrero del 2014 con el magistrado Mauricio González y el abogado que representaba los intereses de Fidupetrol, Rodrigo Escobar Gil. Según Pretelt, recuerda con exactitud este encuentro convocado por González en el que “nunca se tocó ni por un minuto el tema de Fidupetrol en mi presencia". 

El exmagistrado también se refirió en duros términos al acta de la discordia que durante meses enfrascó a la Corte Constitucional en una discusión. Se trata de un documento que, en principio, no dejaba constancia de la supuesta aceptación que habría hecho Jorge Pretelt de la existecia de la reunión con Víctor Pacheco en su casa el día 18 de octubre. Sin embargo, algunos magistrados insitieron en que esto sí había ocurrido, que Pretelt sí habría reconocido la existencia de tal reunión, y que eso debía quedar incluido en el acta de la Sala.

"No me cabe la menor duda que el bloque mayoritario compuesto por María Victoria Calle (presidenta de la corte), Luis Ernesto Vargas Silva y Gabriel Mendoza conocieron esas interceptaciones en donde se probaba que Pacheco no había estado en mi casa. Y buscaron hacer un acta en donde yo reconocía que Pachecho había estado en mi casa. Esa era la forma de prevaricar, una Secretaria General no se equivoca en pasar un acta y no mencionar un episodio de esta naturaleza, miren cuál fue la primera versión y cuál fue la segunda versión. Las actas fueron la forma de prevaricar de Calle", aseveró.

El exmagistrado Pretelt, en suma, argumenta en su defensa que el caso que lo sacó del cargo es un complot liderado por sus propios excompañeros togados. De Vargas dijo que era un "ser detestable, desagradable".
GOBIERNO AVANZA CON FISCALÍA Y PROCURADURÍA EN NORMA QUE PERMITIRÍA SOMETIMIENTO DEL CLAN DEL GOLFO


Por más de 2 horas se reunió el Consejo Superior de Política Criminal, que integra el Gobierno Nacional, la Fiscalía, la Procuraduría y otras instancias, según confirmaron fuentes de Casa de Nariño a Caracol Radio, para revisar la normatividad que permitiría que el Clan del Golfo y otras Bandas Criminales se puedan someter de manera colectiva ante la justicia. 

Se trata de un capítulo especial que se está incluyendo en el proyecto de Ley de ‘Lucha Contra el Crimen Organizado’, que está proyectado en un borrador que fue revisado durante el encuentro, para aclarar las dudas y resolver las inquietudes y radicarlo rápidamente en el Congreso de la República. 

El afán de revisar la norma radica en que buscan llevarlo a discusión en esta misma legislatura, para que sea discutido bajo la figura del Fast Track (método legislativo acelerado), con el objetivo de que se apruebe en el corto plazo. 

Al tiempo, avanzan los acercamientos con Dairo Antonio Úsuga, ‘Otoniel’, quien ha manifestado que su estructura se sometería bajo esta nueva figura. 

Según las fuentes consultadas, en el documento no se incluyen beneficios adicionales a los que establece la justicia ordinaria para los miembros de estas organizaciones. 

Lo único que se establece es el procedimiento para que pueda existir un sometimiento colectivo, que no se incluye en la normatividad vigente. 

Este Consejo lo preside el ministro de Justicia, Enrique Gil Botero, y pertenece a éste el fiscal general, Néstor Humberto Martínez, a quienes el presidente Juan Manuel Santos autorizó a realizar los acercamientos con el grupo criminal del Clan Úsuga. 

Así mismo, asistieron al encuentro el procurador, Fernando Carillo; el comandante de la Policía, general Jorge Nieto; el defensor del Pueblo, Jorge Negret; el director de Planeación Nacional, Luis Fernando Mejía; entre otros funcionarios, así como representantes y senadores del Congreso de la República.
PRESUPUESTO GENERAL PARA 2018 SERÁ DE $235,5 BILLONES


Durante cerca de seis horas se debatieron los artículos que componen el proyecto de Ley del presupuesto general, que se aprobó en un monto de $235,5 billones. El mayor monto se lo llevó educación, con $37,4 billones, superior incluso al de defensa, que se ubica en $31,6 billones. 

El trabajo se lleva $27,4 billones y le sigue salud con $24,7 billones. Para hacienda hay un total de $15,2 billones, de los cuales $2,4 son para el posconflicto. 

Las bajas más importantes en repartición de recursos se observan en sector agropecuario con -20,2% y comercio, industria y turismo, con -14,5%. 

El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, señaló que este presupuesto permitirá que el Gobierno Santos cierre con broche de oro su mandato. Además, señaló que el aporte a la educación es símbolo de inclusión social
TRIBUNAL DEJA EN LIBERTAD A CARLOS PESEBRE, EL TERROR DE LA COMUNA 13 DE MEDELLÍN

En la comuna 13 de Medellín el nombre de Freyner Alfonso Ramírez García, alias Carlos Pesebre, todavía infunde miedo. Aunque algunos vecinos lo llegaron a considerar como un benefactor, los que lo conocen están preocupados porque el Tribunal Superior de Medellín haya decidido revocar su condena y absolverlo de la participación en el homicidio de Mauricio Alberto Velázquez Valencia, popr el cual estaba tras las rejas.

Con ponencia del magistrado Miguel Humberto Jaime Contreras y salvamento de voto de su colega Maritza del Socorro Ortiz, la sala penal abrió paso para la liberación de uno de los hombres más temidos del Valle de Aburrá.

A lo largo de su vida, el supuesto capo de la Oficina de Envigado ha sido imputado por múltiples delitos, pero estos siempre fueron archivados o precluidos, hasta que finalmente, en 2013, un juez especializado lo condenó a 9 años de prisión por concierto para delinquir.

Para su captura fue necesario realizar un operativo de fuerzas especiales en el que participaron más de 30 hombres del Cuerpo Elite que asaltaron el hotel en el que residía y lo arrestaron junto con varios de sus lugartenientes y miembros de su anillo de seguridad.

En ese momento, varios testigos lo señalaron de ser el líder de la ‘Odín Robledo’, como se conoce a las confederaciones criminales que agrupan a los combos de Medellín. Tres años después, en octubre de 2016, la acusación fue ratificada cuando el juzgado noveno penal de esa misma ciudad lo condenó a más de 36 años de prisión por haber ordenado el homicidio de su antiguo aliado, Mauricio Velázquez, mejor conocido como Meca.

De acuerdo con lo que dijo el testigo que llevó a su condena, Carlos Pesebre mandó a asesinar a su lugarteniente, Meca, porque este quiso quedarse para sí sólo con 750 millones de pesos provenientes del robo de hidrocarburos. En respuesta, el supuesto jefe criminal que ha sido nombrado en audios interceptados por el propio alias Sebastián, de la Oficina de Envigado, mandó a asesinar a su antiguo cabecilla. O eso se pensaba hasta ahora…

Mauricio Velázquez presuntamente inició su vida en el mundo criminal hace más de 20 años, en las filas de la milicia urbana de la guerrilla. De acuerdo con la corporación Nuevoarcoiris, Pesebre fue uno de los informantes de la Operación Orión que delató a presuntos guerrilleros de la comuna 13, durante la ‘operación de pacificación’ que concluyó con decenas de heridos y desaparecidos.

Después del hecho, el antiguo guerrillero aparentemente se pasó al otro bando y empezó a escalar dentro del bloque Héroes de Granada de las Autodefensas, en donde le fue encomendado el manejo de las emblemáticas comunas 7 y 13.

A su vez, el grupo paramilitar presuntamente se desmovilizó en 2005, durante una operación particularmente cuestionada, pero Pesebre por su parte, presuntamente desobedeció las órdenes y se reincorporó en el mundo del hampa, en la temida oficina de Envigado, en donde parece que siguió trabajando bajo las órdenes de Freddy Colas y alias ‘Sebastián’, hasta que ambos fueron capturados.

Durante ese tiempo, Pesebre fue relacionado con varios homicidios importantes sin que se le pudiera vincular directamente con los casos. Según el informe judicial al que tuvieron acceso El Colombiano y Revelaciones del Bajo Mundo, Pesebre fue investigado por el homicidio de la líder Judith Vergara, “a quien presuntamente había amenazado”, así como por la muerte del presunto miembro de las AUC, Andrés Restrepo Gómez y la de los supuestos paramilitares Juan David Isaza Pérez y Juan Gaviria Gómez.

Casualmente, el testigo estrella del homicidio de Isaza y Gaviria, Gustavo Vera ‘Gacha’ fue también asesinado siete días después de declarar ante la fiscalía que los dos hombres habían sido desmembrados “por gente de Carlos Pesebre”.

“Lo que pasa es que los testigos tienen miedo de denunciar. Tenemos mucha información en su contra, pero nos faltó un testigo contundente para condenarlo” confirmó una fuente de la fiscalía que trabajó varios casos ligados al jefe criminal.

Después de la caída de Freddy Colas y de Sebastián, Carlos Pesebre fue uno de los hombres que presuntamente tomó el control de las Odines que se desagregaron de la antigua Oficina de Envigado y mantuvieron a fuego y sangre a Medellín durante un tiempo. Aparentemente, su poder fue tal que llegó a extenderse a las comunes 7, 11, 12 y 13 de la ciudad, hasta que las fuerzas públicas lograron su captura en 2013.

Apenas al año siguiente, su nombre volvió a aparecer en las noticias cuando se hizo público que el juzgado cuarto de ejecución de penas y medidas de Valledupar le otorgó casa por cárcel, a pesar de que el Departamento del Tesoro estadounidense acababa de anunciar que Pesebre se encontraba dentro de la lista de ex miembros de la Oficina de Envigado que seguían delinquiendo desde la prisión.La condena por el homicidio de alias Meca, que sobrevino enseguida, impidió que purgara el resto de su condena en su domicilio.

Sin embargo, ahora que el tribunal lo absolvió de este crimen, Pesebre podría salir libre en los próximas días, ya que gracias a su ‘buen comportamiento’ dentro de la cárcel, logró reducir la pena de 9 años de prisión que le había sido impuesta por los delitos de concierto para delinquir agravado, extorsión y uso de menores en la comisión de delitos.