lunes, 9 de julio de 2018

CAPTURA FALSO TÉCNICO DE FÚTBOL VENEZOLANO QUE SECUESTRÓ A DOS MENORES


En las últimas horas en un operativo del Gaula de la Policía fue capturado un ciudadano venezolano, que según denuncia interpuesta en su contra, habría secuestrado a dos menores de edad con el propósito de pedir $200 millones para su liberación.

“Teniendo en cuenta el desespero percibido del secuestrador por parte de los policiales en el momento de la negociación con el adulto mayor, se logra que este reduzca sus pretensiones hasta $10 millones, los cuales se acuerdan para ser entregados al siguiente día, siempre y cuando sean dejados en libertad los dos niños”, explicó el general Fernando Murillo, director del Gaula de la Policía.

Agregó el general que “los investigadores lograron establecer que el hombre que realiza las llamadas extorsivas era un docente venezolano identificado como Yorbei Eli Ramírez, alias ‘ELI’ natural de Villa de Rosario, quien en la actualidad se desempeñaba como vendedor ambulante en la capital del país”.

Por último señaló que el hombre fue capturado en el momento que recibía de agentes encubiertos de la Policía $10 millones y fue dejado al recaudo de un juez para su respectiva judicialización.

Tomada de: Caracol
EN VIGENCIA, EJERCICIO DEL DERECHO A LA DOBLE INSTANCIA EN JUICIOS DE AFORADOS CONSTITUCIONALES


Ante la inminente entrada en funcionamiento de la Sala Especial de Primera Instancia, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia suspendió la emisión de sentencias de única instancia con el fin de dar paso al ejercicio del “derecho a la doble instancia y a impugnar la primera sentencia condenatoria”, implementado por el Acto Legislativo 01 de 2018 en los procesos contra altos funcionarios del Estado (aforados constitucionales).

El pasado jueves 5 de julio la Sala Plena de la Corporación ratificó la elección de dos de los tres integrantes de la Sala Especial de Juzgamiento, los juristas Ramiro Alonso Marín Vásquez y Ariel Augusto Torres Rojas. Decisión que está siendo notificada hoy a la Presidencia de la República, para efectos de la respectiva posesión.

Por su parte, el Consejo Superior de la Judicatura definió la estructura y puso en marcha la organización logística de dicha sala y la Especial de Instrucción, mediante Acuerdo PCSJA18-11037 de 2018.

Teniendo en cuenta que los dos magistrados elegidos en propiedad ya conforman mayoría en sala, tan pronto se posesionen ante el señor presidente de la República, doctor Juan Manuel Santos Calderón, asumen competencia inmediata.

En consecuencia, los expedientes de única instancia que se encuentran para sentencia, como los del excongresista Luis Alfredo Ramos Botero y el exmagistrado de la Corte Constitucional Jorge Pretelt Chaljub, serán definidos por los miembros de la nueva Sala Especial de Primera Instancia.

Como se informó el 19 de abril de 2018, en el proceso seguido contra el exsenador Ramos Botero el magistrado ponente presentó proyecto de fallo a estudio de la Sala de Casación Penal. Sin embargo, según explicó el presidente de la Sala, los demás magistrados formularon observaciones y objeciones que debían ser tenidas en cuenta en la providencia final, las cuales hasta ahora no han sido incorporadas en su totalidad, circunstancia que impidió dictar sentencia en este caso. En el proceso contra el exmagistrado Pretelt Chaljub no se ha registrado proyecto de fallo.

Entre tanto, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia continúa el proceso para elegir al tercer integrante de la Sala Especial de Primera Instancia y a los seis magistrados de la Sala Especial de Instrucción de la Sala de Casación Penal.
NOS PERMITIMOS DAR A CONOCER PUBLICACIÓN EMITIDA POR EL CANAL UNO:



CAMBIO REPENTINO DEL ENCARGADO DEL JUICIO AL EXMAGISTRADO FRANCISCO RICAURTE

El despacho encargado del juicio al exmagistrado Francisco Ricaurte cambió súbitamente de titular. Y en vez del juez al que por concurso le correspondía ese despacho, llegó uno recién trasladado de Cali, que había pedido insistentemente ese despacho, que es uno de los más congestionados de Paloquemao en Bogotá.
ARRANCO EL PROCESO DE SOMETIMIENTO DEL CLAN DEL GOLFO A LA JUSTICIA


Tras la firma de la ley de sometimiento a la justicia, el presidente Juan Manuel Santos declaró que Óscar Naranjo Trujillo actual vicepresidente de la nación, mancomunadamente con funcionarios de la Fiscalía están adelantando el proceso para que integrantes del Clan del Gofo, una organización narco paramilitar que forma parte del conflicto armado en Colombia; se sometan a la justicia antes de finalizar su periodo de gobierno. 

“Vamos a iniciar este proceso de forma coordinada entre el gobierno y la Fiscalía para recibir a los miembros de esta organización. Someterlos a la justicia y creo que ese es un paso muy importante para la seguridad y la tranquilidad del país porque, al fin y al cabo, esta es la organización criminal que más daño ha venido haciendo en los últimos tiempos”, señaló Santos.

Al igual afirmó, que antes del 7 de agosto se daría el desmonte de este grupo armado organizado. 

Por otra parte, el fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez, reveló que más de 5 mil integrantes del Clan del Golfo que aún permanecen armados se desmovilizarían. Sin embargo, no tendrán estatus político. 

Los grupos armados que se entreguen, que entreguen los bienes, que colaboren con la justicia, que entreguen las rutas, los sembrados, los menores, que haya una sujeción total, tendrán derecho a una rebaja del 50% de la pena.
LOS ABOGADOS ESTÁN EN MORA DE TENER UN ESTÁNDAR LEGAL PARA LATINOAMÉRICA


Cuando se habla de integración regional y de abrir las puertas a nuevos mercados, detrás de estos procesos están los abogados que deben revisar qué normas o leyes pueden ser similares. El problema está en que no son muchas las que se parecen y eso ha llevado a que los negocios se cierren usando legislaciones de un tercer país.

AL habló con Juan Luis Avendaño, secretario ejecutivo de Affinitas, que es una alianza latinoamericana compuesta por firmas independientes en los cuatro países de la Alianza Pacífico y que fue creada en 2004. Avendaño explicó esos retos que hay en regulación y la realidad del sector en la región.

¿Qué tan competitivo es Colombia frente a sus pares de la Alianza Pacífico? 
Mi impresión es que es altamente competitivo. Cada una de las firmas que estamos en cada uno de los cuatro países de la Alianza Pacífico tenemos algo que aprender de las otras y eso lo digo habiendo sido parte de Affinitas desde hace 14 años. Yo diría que hay estándares muy similares, pero siempre hay algo que aprender uno del otro.

Con el Mila se vio que la regulación de los países en temas financieros no es tan igual, ¿qué han visto sobre este aspecto? 
Es un gran reto. El proceso de integración financiera es diferente al de Mila. Mila no abarca toda la dimensión de lo que es un proceso de integración financiera porque se centra solo en las bolsas de valores y hay mucha integración por fuera de estas. Sí hay un proceso de integración financiera, pero hay un reto enorme en armonizar tratamientos legales, tributarios, los cambios de monedas e, incluso, hay un proyecto en determinar un estándar legal que sea satisfactorio a los cuatro países.

¿Cómo se hacen los negocios hoy en día si no hay una regulación igual? 
Hoy, la mayoría de los negocios se hace con contratos bajo la ley de Nueva York que tiene cláusulas para responder en Estados Unidos, eso pasa en un contrato de un banco colombiano con una empresa peruana, pero no se hace ni con la ley de Perú ni con la de Colombia y ahí hay un reto para los abogados.

¿Qué tanto se ha trabajado en ese aspecto? 
Yo diría que de parte del Gobierno no se ve avance. Está la Alianza Pacífico como proceso de integración y una voluntad política, pero claramente el que avanza más rápido es el sector privado y lo hace en la medida en que hay un negocio o algo tangible que justifique hacer la transacción. Ahí entramos nosotros, cuatro firmas legales que somos eficientes donde estamos y vemos el proceso de regionalización donde debemos acompañar a nuestros clientes y tratamos de generar un know how. El solo poder decirle a una empresa peruana que va a expandirse en Colombia que, en determinado tema, se puede hacer lo que se hace en Perú, es un gran paso.

¿Cómo ve los movimientos del sector legal en temas como fusiones, socios extranjeros, entrada de otras firmas, qué dinámica trae esto? 
Hay muchos movimientos y es un proceso global de internacionalización de las firmas, las empresas se unen entre sí para crear grupos más grandes con mayor alcance geográfico. Hoy, cualquier firma de servicios legales que busque un buen posicionamiento del mercado, necesita una estrategia internacional. Hay dos tipos de estrategias: una es tener una presencia tangible en nuevos países y ciudades, y la otra, es cuando hay firmas que dicen: no quiero presencia, pero sí una relación muy profunda con una o dos firmas que a ellos les genere confianza y características que ellos buscan. Entonces, la presencia de las firmas globales en Bogotá también se ve en Lima, Santiago y México.

¿Cuáles son las áreas con mayor crecimiento y las de mayor potencial? 
Construcción es un área que sigue creciendo. Nosotros vamos a contar la experiencia de financiación de la segunda línea del metro de Lima como ejemplo para lo que viene del metro de Bogotá. Yo pensaría que el tema tributario es muy importante, la integración, también el área financiera, el movimiento de personas donde las empresas necesitan que sus empleados se muevan de un país a otro y eso es derecho laboral. Tecnología y protección de datos tienen también potencial.

¿Cuál es la hoja de ruta de Affinitas? 
En los próximos dos años Afiinitas quiere consolidarse como el referente de los servicios legales en Latinoamérica manteniendo cada firma su independencia, pero trabajando mucho en la conectividad de las cuatro firmas y la capacidad como si fuéramos una sola. Ese es el plan de los próximos dos años. Nosotros creemos que hay un enorme espacio y que las grandes firmas globales que están en nuestros países reconozcan esta capacidad que tenemos nosotros.

Antecedentes

Affinitas reúne a cuatro firmas legales de los países miembros de la Alianza Pacífico que son: Miranda & Amado en Perú, Gómez-Pinzón en representación de Colombia, Mijares Angoitia Cortes y Fuentes de México y Barros & Errázuriz en Chile. Según su secretario ejecutivo, “Affinitas se ha posicionado como la red más prominente de la región por la relevancia de las firmas que la integran”.
POLÉMICA EN LA CORTE CONSTITUCIONAL POR EXPRESIÓN “LOS ALIMENTOS SE DEBEN DESDE LA PRIMERA DEMANDA”


Natalia Lorena Morales y José Manuel Monterrosa demandaron ante la Corte Constitucional la expresión “Los alimentos se deben desde la primera demanda”, estipulada en el Artículo 421 del Código Civil, asegurando que esta frase vulnera los derechos a la dignidad humana, a la igualdad, a tener una familia y a todos los demás derechos fundamentales relacionados con los niños, niñas y adolescentes.

Según la demanda presentada, los artículos de la Carta Política que estarían siendo vulnerados, son el 1°, 13, 42, 43, 44, 93 y 95, esto según los demandantes, quienes consideran que la norma supone que los menores de edad tienen necesidad y derecho de recibir alimentos a partir de una demanda interpuesta por el tutor correspondiente contra su progenitor, más no desde el momento de su nacimiento.

De igual manera, los demandantes aseguran que esta expresión ignora la especial protección constitucional que recae sobre ellos, además del razonamiento de que la responsabilidad de los padres en cuanto a todas las necesidades del menor inicia desde el mismo momento de la existencia del niño o niña.

Los remitentes de la demanda cuestionan este ordenamiento jurídico, puesto que para ellos es injustificada esta expresión y lo que realmente genera es un tipo de premio al padre irresponsable, ya que según la norma, su deber inicia al momento de la demanda por alimentos. 

La demanda presentada ante la Corte Constitucional concluye con la argumentación de los demandantes, donde aseguran que si esta normativa se mantiene con el ordenamiento cuestionado, implicaría la legitimación de una especie de violencia económica.

Finalmente, Morales y Monterrosa solicitaron la declaratoria de inexequibilidad de la expresión acusada.
UN EMPLEADO DE CONFIANZA NO RECIBE PAGO DE HORAS EXTRAS, PERO SÍ DE DOMINICALES


Esta modalidad de cargo tiene derecho al pago de recargo dominical y festivo

A la hora de conseguir trabajo hay momentos en que el empleador le dice que el cargo que ofrece es el de un empleado de confianza a lo que usted seguramente le da una mayor importancia pero rara vez sabe en realidad qué significa ser un trabajador de confianza y qué tiene o no derecho.

Según el artículo 32 del Código Sustantivo del Trabajo, un trabajador de dirección, confianza y manejo se refiere a aquellos que “son representantes del empleador y como tales lo obligan frente a sus trabajadores además de quienes tienen ese carácter según la ley, la convención o el reglamento de trabajo, las siguientes personas: Las que ejerzan funciones de dirección o administración, tales como directores, gerentes, administradores (…) y quienes ejercitan actos de representación con la aquiescencia expresa o tácita del empleador;”

De esta manera se puede decir que el trabajador de confianza es el representante laboral del empleador frente a los demás trabajadores de inferior jerarquía, por ostentar funciones y características especiales.

Según José Luis Cortés Perdomo, socio de Cortés, Romero & Asociados, el Código Sustantivo del Trabajo establece que los trabajadores de dirección, confianza y manejo están excluidos de la regulación de la jornada máxima legal, por lo anterior no tienen derecho al pago de horas extras.

Sin embargo, Cortés explicó “respecto al pago de dominicales y festivos, no se establece una exclusión en el pago de estos conceptos, por lo cual, los trabajadores de dirección, confianza y manejo tienen derecho al pago del recargo dominical y festivo en caso de laborar en tales jornadas”.

Vale la pena aclarar que los únicos trabajadores en Colombia que están exentos del pago por concepto de dominicales y festivos son aquellos que han pactado como remuneración el salario integral, “toda vez que en este tipo de salarios se compensan de antemano el valor de prestaciones, recargos y beneficios tales como el correspondiente al trabajo nocturno, extraordinario o al dominical y festivo”, explicó.

Ghilmar Borrero, socio de Cardona Rivera Abogados aseguró que “respecto del horario, este cargo implica el desarrollo de actividades que requieren de una jornada de trabajo mayor o menor a la legalmente establecida, razón que explica la excepción al cumplimiento de la jornada máxima legal”.

Otra aclaración importante con respecto al cargo es que sus funciones están dirigidas no solo a realizar tareas administrativas, sino que coordinan las diferentes actividades dentro de la empresa, tienen el manejo del personal y gozan de la confianza de los empleadores, sin embargo, es importante aclarar que no siempre los trabajadores de dirección, confianza y manejo desempeñan cargos administrativos.

Por eso la recomendación es prestar atención a las condiciones del contrato antes de firmar y si está de acuerdo con las reglas puede aceptarlo.

Tomada de: Asuntos Legales