miércoles, 18 de julio de 2018

CAPTURADO JUEZ QUE HABRÍA TRAMITADO DE FORMA IRREGULAR HÁBEAS CORPUS EN FAVOR DE EDINSON PERLAZA OROBIO, PRESUNTO NARCOTRAFICANTE COLADO EN LISTADO DE LAS FARC


En el día de ayer fue capturado en el Palacio de Justicia de Buenaventura, Valle del Cauca, Fernando Gutiérrez Urrego, juez Sexto Civil Municipal de esa ciudad portuaria.

Según la evidencia recaudada, Gutiérrez Urrego habría emitido una decisión irregular en el marco de un Hábeas Corpus para favorecer la libertad de Edinson Perlaza Orobio.

En proceso que se adelanta por la justicia de los Estados Unidos, Perlaza Orobio es investigado por el delito de tráfico de narcóticos y fue solicitado en extradición el 28 de julio de 2016 por la Corte del Distrito Sur de Florida (Estados Unidos). Tres meses después, la Fiscalía ordenó su captura, la cual se hizo efectiva el 23 de octubre de ese mismo año en el municipio de Girardot (Cundinamarca). Fue recluido en la cárcel la Picota de Bogotá, donde permanece.

La Corte Suprema de Justicia el pasado 14 de marzo, avaló la extradición de Perlaza Orobio al verificar que no era un miembro de las FARC, sino que se trataba de un integrante de una organización de delincuencia común, a pesar de haber sido propuesto como guerrillero.

El Tribunal Superior de Guadalajara de Buga dejó sin efectos el Hábeas Corpus interpuesto por Edinson Perlaza Orobio, por virtud de una tutela presentada por la Fiscalía General de la Nación, con el fin de evitar que este quedara en libertad.

Al juez Gutiérrez Urrego se le imputó el delito de prevaricato por acción y un juez de control de garantías de Buenaventura le impuso medida privativa de la libertad en establecimiento carcelario.
ACUERDO ENTRE PAÍSES PARA REDUCIR LA CORRUPCIÓN VENEZOLANA


Colombia, México, Panamá y Estados Unidos se reunieron en Cartagena de Indias para acordar una asociación entre ellos con motivo de recibir mayor cooperación internacional a cambio de brindar información sobre algunos funcionarios presuntamente involucrados en actos corruptos de Venezuela. Además, los países participantes aseguraron ofrecer sus redes de apoyo para combatir este delito. 

Según altos funcionarios de las carteras económicas de estos cuatro países, Nicolás Maduro, presidente de Venezuela, tiene en un régimen represivo a su país en el que “usa alimentos y ayuda humanitaria como arma para el control social”, por lo que los funcionarios reconocieron la importancia de la cooperación internacional para combatir las redes de financiación ilícitas que respaldan dicho régimen.

Mauricio Cárdenas, ministro de Hacienda de Colombia, aseguró que el objetivo de las reuniones es entender la situación del pueblo venezolano, comprender que los venezolanos están pasando hambre a expensas de la corrupción del régimen.

Adicionalmente, Cárdenas afirmó que además del seguimiento a la problemática de alimentos en Venezuela, hay otras líneas de investigación que son preliminares y están asociadas a la corrupción como lavado de activos. 

Esta, es la cuarta reunión del grupo de la coalición de países y se espera que el próximo encuentro, aún sin fecha establecida, sea en Washington y se cuente con el apoyo de España y Argentina.
RECHAZO COLECTIVO POR HOMICIDIO DE LÍDERES 


Luego de los asesinatos presentados en las últimas semanas a líderes sociales, tres organizaciones manifestaron rechazo frente a estos hechos.

El pasado martes, la Organización de Naciones Unidas (ONU) se manifestó en contra del asesinato de Ibes Trujillo, líder social en el municipio de Caloto (Cauca). Mediante su cuenta de twitter la organización mencionó: “Repudiamos el homicidio de Ibes Trujillo, quien fue desaparecido el pasado 10 de Julio y cuyo cuerpo sin vida fue encontrado hoy en Suárez (Cauca)”. 

De igual manera, la Unidad de Víctimas del Gobierno se unió a la voz de protesta mencionando el rechazo y condenando el homicidio de Trujillo por medio de la misma red social. 
Por otra parte, el Grupo de Cooperantes en Colombia, una organización de coordinación e interlocución entre distintas embajadas y agencias con las instituciones del Gobierno, también rechazó los crímenes cometidos a defensores de derechos humanos y expresó su preocupación debido al aumento de estos homicidios ocurridos en las últimas semanas. 

Recordemos que Ibes Trujillo era fiscal del Consejo Comunitario Cuenca Rio Timba Marilópez y miembro de Conafro y Marcha Patriótica, fue secuestrado el pasado 10 de Julio por tres personas que llegaron a su vivienda en el municipio de Suárez y lo retuvieron junto a otro hombre, que posteriormente fue liberado e informó el hecho.
EN 2018 EL SECTOR JUSTICIA SE HA FORTALECIDO GRACIAS A LA GESTIÓN DE RECURSOS DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL


En lo que va corrido de 2018, el Ministerio de Justicia y del Derecho ha desarrollado múltiples actividades con el fin de obtener recursos de la cooperación internacional. Ha gestionado con países y organismos multilaterales para fortalecer esta labor, que se refleja en avances hacia la paz y la reconciliación en Colombia. 

En enero del presente año, la cartera de Justicia logró el apoyo de la Embajada de Suecia para la financiación del proyecto 'La cuantificación del daño social en los actos de corrupción'. Fueron recursos por $231.000.000, operados por la Fundación Panamericana para el Desarrollo (FUPAD).

En marzo tuvo lugar en la capital de Bolívar el I Encuentro Iberoamericano de Política Criminal, en el que ministros de Justicia de Iberoamérica firmaron la 'Declaración de Cartagena'. El evento, que contó con el respaldo del Ministerio de Justicia y del Derecho y el impulso de la Secretaría General de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos (COMJIB), estableció los lineamientos y bases de los principios de política criminal en la región. 

Entre septiembre de 2017 y junio de 2018 se ejecutaron las actividades restantes del 'Proyecto de Cooperación Sur-Sur' con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Argentina. El resultado: una guía binacional que recopila los principales resultados del intercambio de experiencias en cuanto a centros de acceso a la justicia y centros de mediación, arbitraje y amigable composición. 

Y en mayo de 2018 se firmaron tres documentos clave para asegurar la sostenibilidad de la estrategia de los Sistemas Locales de Justicia. Esto con el apoyo de la cooperación internacional y el Departamento Nacional de Planeación, como paso necesario en el proceso de adhesión de Colombia a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
SENTENCIAS DE PROCESOS CIVILES DEBEN DICTARSE EN UN AÑO: CORTE SUPREMA


Salvo interrupción o suspensión del proceso por causa legal, los jueces civiles están perentoriamente obligados a emitir sentencia, de primera o única instancia, durante el término del año contado a partir de la notificación al demandado.

Así lo determinó la Corte Suprema de Justicia, al advertir que el hito o momento inicial para el cómputo del término de un año, establecido por el artículo 121 del Código General del Proceso para proferir el fallo de primera instancia, comienza a correr objetivamente desde la notificación del auto admisorio de la demanda al enjuiciado, sin salvedad alguna en caso de reforma o sustitución por parte del demandante.

Según el pronunciamiento de la Sala de Casación Civil de la Corporación, emitido al conceder un amparo de tutela, el plazo para dictar sentencia es objetivo y no admite modificación, en armonía con las garantías de acceso a la administración de justicia que traduce la necesidad de definición de los litigios sin dilaciones indebidas.

A juicio de la Corte, el Código General del Proceso impone al sistema judicial “la obligación de dictar sentencia en un lapso perentorio, al margen de las circunstancias que rodeen el litigio e, incluso, de las vicisitudes propias de la administración de justicia, desde su punto de vista institucional”.

Lo anterior teniendo en cuenta que las normas procesales son de orden público, de obligatorio cumplimiento y en ningún caso pueden ser derogadas, modificadas o sustituidas por los funcionarios o particulares.

A juicio de la Corte, la estipulación de plazos perentorios para la resolución de los litigios deriva de la necesidad de dar cumplimiento a los diferentes tratados internacionales que ha suscrito Colombia, entre ellos el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, respecto a los plazos razonables para que la justicia actúe, mandato que por su relevancia debe ser extensivo a los asuntos de naturaleza civil.