lunes, 19 de febrero de 2018

CORTE CONSTITUCIONAL PROTEGE EL DERECHO A LA UNIDAD FAMILIAR DE UN PRESO EN HONG KONG


Cuando Iván Darío Gutiérrez Rojas llegó al aeropuerto de Hong Kong el 26 de junio de 2012, la policía lo detuvo y encontró en su maleta 600 gramos de cocaína. Desde ese día, el padre de familia de dos menores de edad se encuentra recluído en una cárcel a miles de kilómetros de su familia, cumpliendo una pena de 14 años de prisión. En noviembre de 2013, Gutiérrez emprendió una pelea judicial para regresar a Colombia a cumplir su pena. Pesa a que tenía la aprobación del gobierno chino para ser repatriado, las autoridades colombianas no aceptaron su petición. 

Sin embargo, la Corte Constitucional por fin escuchó su petición y en sentencia de 77 páginas, el alto tribunal consignó lo que se puede considerar como un precedente judicial en materia de repatriación de colombianos condenados en el exterior. La sala cuarta de revisión de tutelas de la Corte, compuesta por los magistrados Diana Fajardo, Carlos Bernal (quien salvó su voto) y Alberto Rojas, este último como ponente de la decisión, estudiaron el caso de Iván Darío Gutiérrez y concluyeron que el Ministerio de Justicia, la entidad que se encarga de estos casos, debe tener en cuenta la unidad familiar y los derechos de los niños a la hora de aprobar o negar la repatriación de un connacional condenado por fuera del país.

En este caso, Iván Darío Gutiérrez, después de pedirle al Ministerio de Justicia que aprobara su regreso al país y recibir durante más de tres años las negativas del gobierno para hacerlo, decidió darle poder a la Defensoría del Pueblo para que le ayudaran. Fue así como a su nombre y en el de sus dos hijos menores de edad, un defensor público presentó una tutela en contra del Ministerio de Justicia, el Inpec, la Comisión Intersectorial para el Estudio de las Solicitudes de Repatriación de Presos, el Consulado de Colombia en Hong Kong, el Ministerio de Relaciones Exteriores, entre otras.

En el recurso judicial, la Defensoría le pidió a la justicia que protegiera el derecho fundamental a la unidad familiar, la vida digna y al interés superior de los dos hijos de Iván Darío Gutiérrez. Como prueba de las afectaciones que ha vivido esta familia por cuenta de la condena que cumple Gutiérrez en Hong Kong, la Corte le pidió a la mamá de uno de los menores de edad que le explicara cuál era realmente su situación, y hasta revisó las redes sociales del otro de los niños involucrados en el caso.

La mujer, mamá de un niño de seis años, le relató al alto tribunal que desde que su pareja fue capturada en 2012, su familia cambió por completo. Ella, quien dependía económicamente de Gutiérrez, tuvo que conseguir trabajo para poder sostener a su hijo. “Conseguí trabajo en un restaurante de comida árabe en el barrio minuto de Dios en el turno de la noche el cual terminaba muy tarde en especial los fines de semana. La esposa del que era mi jefe en ese momento me hacía el favor de cuidar a mi hijo mientras yo trabajaba pero ella no podía todo el tiempo, aparte de eso mi angelito usa inhalador y me le estaba haciendo daño el frío de la noche”, relató la mujer.

Por la salud de su hijo, renunció al restaurante. “Al verme sin trabajo tomé la decisión de viajar para Aruba (que es donde me encuentro actualmente) en busca de nuevas y mejores oportunidades económicas. Fue muy difícil tener que viajar sola sin mi bebé teniendo que dejarlo al cuidado de mi mama. (…) Desde la partida de Iván Darío siempre he estado orando a Dios y conservando la esperanza que regrese pronto porque sus hijos y yo lo necesitamos tener cerca para volver a ser una familia”, le contó al alto tribunal.

El caso de esta familia llegó a la Corte Constitucional el 17 de abril de 2017 y los magistrados le llamaron la atención al Ministerio de Justicia y a la Comisión Intersectorial para el Estudio de las Solicitudes de Repatriación de Presos. En su decisión del pasado 4 de agosto, el alto tribunal le explicó a la cartera ministerial que, para decidir sobre la repatriación de colombianos en el exterior, no se puede limitar a cumplir con los criterios humanitarios que tradicionalmente han tenido en cuenta.

Según los documentos que estudió la corte, las repatriaciones se realizan cuando el preso o uno de sus familiares padece una enfermedad grave, si el condenado se encuentra en estado de invalidez o tiene más de 65 años. Para los magistrados, estos requisitos son discrecionales y relativos “porque tal y como lo ha sostenido esta corporación, no pueden existir facultades discrecionales y absolutas en un Estado de Derecho”.

“Para la sala resulta desproporcionado que las entidades accionadas recomienden y resuelvan las solicitudes de repatriación con base en una discrecionalidad absoluta, siguiendo la aplicación irrestricta de unos criterios humanitarios (enfermedad grave, invalidez y vejez), sin discernir sobre otros argumentos -razonables y proporcionales- que también son susceptibles de proteger los derechos constitucionales fundamentales”, dice la sentencia de la Corte Constitucional, haciendo referencia al derecho y especial protección que tienen los niños a tener una vida digna y una familia.

De acuerdo con lo planteado por el alto tribunal, el derecho de los dos hijos de Iván Darío Gutiérrez a estar rodeados de su familia debe estar por encima de cualquier otro derecho que en este caso se pudiera considerar. “En el caso concreto existe una clara afectación al derecho fundamental a la unidad familiar, así como al principio de interés superior de los menores Luis y María*, el cual prevalece sobre todo lo demás, visto que a sus 7 años de edad, pese a requerir inhalador no cuenta con el cuidado, amor y afecto directo de sus padres, al encontrarse su padre en una cárcel en Hong Kong y su madre en Aruba”, dice la Corte en su sentencia.

Además de ordenarle a la Comisión Intersectorial para el Estudio de las Solicitudes de Repatriación de Presos que emita un nuevo concepto al Ministerio de Justicia, le advirtió al director del Inpec que, si se llega a aprobar la repatriación, Iván Darío Gutiérrez debe ser recluido en una cárcel que esté cercana a sus hijos. Pero además, la Corte Constitucional en su sentencia le recordó a todos los jueces y autoridades del país su responsabilidad a la hora de proteger a las familias colombianas que se pueden ver afectadas cuando uno de sus miembros se encuentra privado de la libertad. Son ellos, dice el alto tribunal, quienes deben proteger a la familia.

*Nombres cambiados por protección a los niños involucrados en el caso.

Tomada de: El Espectador
INVESTIGACIÓN CONTRA URIBE ENREDA A SU HERMANO Y A LUIS ALFREDO RAMOS


Miles de llamadas, decenas de testimonios y documentos hacen parte de las pruebas recaudadas en el expediente con el que la Corte Suprema de Justicia archivó una denuncia que el expresidente Álvaro Uribe hizo en el 2012 contra el senador Iván Cepeda, señalándolo de crear un “cartel de falsos testigos” para supuestamente vincularlo con paramilitares.

En la decisión, la Corte determinó que Cepeda no manipuló las declaraciones de Juan Guillermo Monsalve y Pablo Hernán Sierra, y que los testimonios que obtuvo de esos exparamilitares, en los que señalan a los Uribe Vélez de conformar supuestamente el Bloque Metro en la finca Guacharacas (Antioquia), de su propiedad, fueron obtenidos en una labor legítima como integrante de la comisión de derechos humanos del Congreso. 

Pero las repercusiones del fallo de la Corte van más allá de la investigación que ese alto tribunal llevará contra Uribe por la presunta manipulación de testigos contra Cepeda, y que por primera vez podría tener un mayor avance que los casos que ha llevado la Comisión de Acusaciones o el mismo alto tribunal contra el expresidente. 

La Corte también trasladó las grabaciones y testimonios a tres investigaciones: los casos contra Uribe, su hermano Santiago Uribe y el exgobernador de Antioquia Luis Alfredo Ramos, quienes tienen procesos por presuntos vínculos con paramilitares. 

En el caso de Álvaro Uribe, la Corte recordó que desde diciembre del 2014 no hay ninguna decisión en el radicado 45.110 –proceso que, según fuentes, está en manos del magistrado Gustavo Malo, investigado por la Comisión de Acusación por el escándalo del ‘cartel de la toga’–. 

Por eso, el alto tribunal le ordenó a ese despacho rendir un informe para conocer en qué va la investigación de ese caso, iniciado por una denuncia de Jesús María Valle Jaramillo –asesinado en 1998–, en la cual denunció “las presuntas omisiones de la Gobernación de Antioquia en la masacre del corregimiento de La Granja en junio de 1996”. También por una denuncia de Iván Cepeda contra Uribe, en la cual adjuntó los testimonios de Sierra y Monsalve. 

El segundo caso en el que se compulsaron copias es en el de Santiago Uribe, quien tiene un proceso en el juzgado primero penal del Circuito Especializado de Antioquia por la supuesta creación del grupo de ‘los 12 Apóstoles’, por lo que se le sindicaron los delitos de concierto para delinquir y homicidio agravado. 

A ese proceso la Corte remitió las declaraciones del exparamilitar Alexánder Amaya Vargas, quien aseguró que nunca ha hablado con Iván Cepeda y que jamás le hizo comentarios al coronel Pedro Manuel Benavides para que supuestamente declarara en contra de Santiago Uribe sobre ‘los 12 Apóstoles’. 

Según le dijo Amaya a la Corte, nadie le hizo ofrecimientos para testificar en contra de los Uribe y, por el contrario, “él fue el primero en destapar en 1996 la conformación de esa agrupación y sus integrantes”. 

La Corte califica las declaraciones del coronel Benavides de “inconsistentes”, pues aseguró que se había enterado por el mayor Juan Carlos Meneses (testigo clave contra Santiago Uribe y condenado a 27 años por el homicidio del líder Camilo Barrientos) de la supuesta compra de testigos por parte de Cepeda. Para la Corte, sus afirmaciones no son creíbles porque Benavides asegura haberse enterado de esos ofrecimientos en el 2009, cuando Cepeda ni siquiera era senador.

El tercer caso enredado es el de Luis Alfredo Ramos, quien está libre pero tiene un proceso en el alto tribunal por supuestos vínculos con paramilitares.

El alto tribunal entrevistó a Carlos Enrique Areiza Arango, exparamilitar que testificó contra Ramos y luego se retractó. 

Tras esas diligencias, el alto tribunal ordenó investigar las conductas del Fiscal de la Unidad de Falsos Testigos y del juez 16 penal del Circuito de Medellín, por el “cuestionable preacuerdo con Areiza por el delito de falso testimonio”, en el cual se aceptó su retractación en lo dicho contra Ramos y por el que le dieron tres años de cárcel.

Areiza le dijo a la Corte que estaba en prisión domiciliaria por ese preacuerdo, pues supuestamente el fiscal “le propuso que si no aceptaba ese delito, le imputaba el de extorsión, por el que, al igual que el de falso testimonio, lo denunció la defensa de Ramos. Entonces terminó aceptándolo para preservar su vida y reiteró sus temores frente a su seguridad”, dijo la Corte y ordenó que se le brinde protección. 

Según la Corte, ese preacuerdo se basó en pruebas de manifestaciones de terceros y no en el contenido de las supuestas declaraciones falsas de Areiza. Y, en otra diligencia, Areiza le dijo a la Corte que sentía temor de declarar “porque venía siendo objeto de amenazas en la cárcel a raíz de su declaración contra Luis Alfredo Ramos”. 

La Corte también ordenó investigar la presunta falsedad en una carta que supuestamente Areiza envió a esa corporación y en la que decía que Cepeda le había hecho ofrecimientos a cambio de declarar contra Ramos y los Uribe. Según la Corte, el documento, que para la Fiscalía y el juez fue prueba de la retractación de Areiza, “no se dio en el juicio y bajo la gravedad de juramento” sino que llegó por un correo cuya autoría Areiza desmintió ante el alto tribunal.

Tomada de:El tiempo
SUPERTRANSPORTE ORDENA CIERRE Y MULTA A EMPRESA DUEÑA DE EMBARCACIÓN ACCIDENTADA EN GUATAPÉ EN 2017


El pasado 25 de junio de 2017 la embarcación ‘El Almirante’ se hundió en el embalse de Guatapé con 167 personas a bordo, nueve de ellas fallecieron y cerca de 20 resultaron heridas.

Según indicó en un comunicado la Superintendencia de Puertos y Transporte, declaró responsable a la empresa H.J Vallejo – Asobarcos Guatapé por el accidente.

“El fallo determinó que la embarcación no cumplía con las condiciones de seguridad exigidas por la normatividad vigente, luego de comprobar que la tripulación no se les suministró chalecos a todos los pasajeros que iban a bordo ni tampoco expidió los respectivos tiquetes de viaje, como obliga la norma”, señala la entidad.

Por tal motivo, la superintendencia en primera instancia ordenó el cierre de la empresa y le impuso una multa de 520 millones de pesos.

Señala también que, según el informe realizado por la Dirección General Marítima (Dimar), la embarcación no cumplía con las normas técnicas requeridas. 

“(…) lo que permite inferir que “(…) el siniestro ocurrido con “El Almirante” se debió a la pérdida de fuerza de boyancia ocasionada por la ruptura del sector de popa del pontón de babor y el desprendimiento del pontón de estribor (…)”, indicó. 

Tomada de: RCN

sábado, 17 de febrero de 2018

“LOS ABOGADOS SERÁN DETERMINANTES EN ESTA NUEVA Y COMPLEJA ETAPA DE CONSTRUCCIÓN DE PAZ” MINISTRO GIL BOTERO



Durante la lección inaugural de clases de primer semestre de la Facultad de Derecho de la Universidad Javeriana (sede Cali), el ministro de Justicia y del Derecho, Enrique Gil Botero, en compañía de la viceministra de Promoción de la Justicia, Marcela Zuluaga, dialogó con los estudiantes y futuros abogados de Colombia sobre los retos que tienen como profesionales, pues serán los encargados de una nueva generación de la administración de justicia para responder a las nuevas e inmensas necesidades del país.

Desde el 2015, el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Educación han venido trabajando, en conjunto con las universidades del país, en una propuesta determinante relacionada con el mejoramiento de la calidad de los programas de Derecho del país. Esto con el objetivo de definir criterios objetivos y claros para la obtención y renovación del registro calificado que posiciona programas académicos de educación superior.

“No importa la rama del Derecho que escojan o desde qué sectores vayan a ejercer la profesión, cada actuación que ustedes, futuros abogados, realicen, será determinante para el funcionamiento de la administración de justicia y, por tanto, para la consolidación y estabilización de la paz”, comentó Gil Botero.

Este proyecto de resolución espera no solo facilitar el trabajo a los evaluadores y la inspección y vigilancia del Estado, sino que también busca permitir que las instituciones evaluadas reconozcan sus metas con mayor claridad y superarán los mínimos establecidos. Ese esfuerzo hará del registro calificado una garantía de igualdad.

El jefe de la cartera finalizó su intervención invitando a los estudiantes a transformar y mejorar el sistema de justicia. “Ustedes, como dueños de su propio proceso de aprendizaje, tienen hoy la oportunidad de aprovechar su paso por la universidad para desarrollar su capacidad crítica y enfocar sus carreras hacia la transformación social. No se limiten a lo puramente técnico, valoren también la interdisciplinariedad y las herramientas que la universidad les brinda para ampliar su conocimiento”, puntualizó.
COLEGIOS NO PUEDEN CASTIGAR CON MALOS TRATOS A LOS ALUMNOS: CORTE CONSTITUCIONAL 


La Corte Constitucional recordó que las instituciones educativas tienen prohibido imponer sanciones que sean crueles, humillantes o degradantes a los estudiantes, y que conlleven a un maltrato físico o psicológico. 

"La Sala aclara que sí puede haber sanciones, sobre todo de hechos graves que pongan en riesgo el desarrollo integral y armónico de otras niñas y otros niños. Estas sanciones deben ser efectivas y pedagógicas, pero nunca violentas e injustas", dice un fallo de tutela.

El alto tribunal también aseguró que promover, justificar o preservar el uso de expresiones racistas en los colegios desconoce los derechos a la igualdad y puede constituir un trato degradante. Así mismo, recordó que la Constitución prohíbe la discriminación por razones de raza, género, origen étnico, color, idioma, religión, convicción u opinión política, entre otras condiciones. 

La Corte agregó que la educación de los niños indígenas debe ser respetuosa por su tradición, historia, cosmovisión, lenguaje y la cultura de sus comunidades. 

El pronunciamiento se dio al revisar una tutela de los padres de 10 menores indígenas que afirmaron que sus hijos estaban siendo maltratados en el interior del Centro Educativo Eductivo Eustasio, en el Meta, que funciona como internado. 

Aunque el Secretariado Arquidiocesano de Pastoral Social Cáritas en Villavicencio le había pedido a la Corte desestimar la tutela, considerando que los hechos ya se habían superado porque el sacerdote Amaurys Antonio Aviléz Otero, -una de las personas contra las que se elevó la denuncia por maltrato- ya había sido apartado del cargo y fue citado para rendir descargos, la Corte finalmente decidió estudiar el caso. 

Según el tribunal, aunque ya hay un proceso disciplinario y penal contra el sacerdote implicado en los hechos se debía continuar con la tutela para proteger los derechos fundamentales de los niños del internado. 

En el caso de los menores, la Corte Constitucional dijo que "es claro que bajo el orden constitucional vigente, el maltrato infantil no es un medio al alcance de persona o institución alguna para lograr algún objetivo por más justificado que esté, por ejemplo ante la gravedad de una conducta de un niño en determinado contexto".

También recordó que "el castigo corporal como medida de corrección, en sí mismo, implica una forma de violencia física en contra de los menores que desconoce el derecho a la dignidad humana. De esa forma, la libertad de cátedra de los profesores dentro de la cual se encuentra el deber de corrección, encuentra límites muy precisos, como lo son los derechos fundamentales de los niños y niñas". 

Tomada de: El Tiempo

viernes, 16 de febrero de 2018

COLOMBIA, INQUIETA POR PARTICIPACIÓN DE VENEZOLANOS EN ATAQUES DEL ELN



Mientras el presidente de Ecuador, Lenín Moreno, le ratificó este jueves en Pereira al presidente Juan Manuel Santos la disposición de su gobierno a mantener a su país como sede de los diálogos con el Eln, desde esa misma ciudad –donde se llevó a cabo ayer el VI Gabinete Binacional–, el ministro de Defensa colombiano, Luis Carlos Villegas, reveló que le manifestó oficialmente al Gobierno venezolano su preocupación porque, en territorio de ese país, esa guerrilla está planeando ataques que está ejecutando en Colombia.

A través de una llamada, aprobada por el presidente Santos, el ministro Villegas enumeró a su homólogo de Venezuela, general Vladimir Padrino, una serie de hechos que evidencian cómo el Eln usa como retaguardia estratégica el otro lado de la frontera, así como la utilización de ciudadanos del país vecino en acciones terroristas. 

Villegas reveló este jueves que él pidió la comunicación con Padrino en la mañana del miércoles y que esta se concretó en la noche. “Le manifesté (a Padrino) nuestra preocupación por la participación creciente de ciudadanos venezolanos en acciones de la delincuencia común y organizada asociada a numerosos delitos contra la propiedad, la libertad, y en muertes violentas –dijo Villegas–(...). Inclusive se le señaló la relación que han encontrado las autoridades con la bomba contra la estación de policía en Barranquilla: a los detenidos se les ha encontrado relación con sujetos, direcciones y teléfonos en territorio venezolano”. 

El ataque con explosivos a la estación del barrio San José en Barranquilla, ocurrido el 27 de enero y reivindicado por el Eln, provocó la muerte de seis uniformados y dejó al menos 40 heridos. 

Otro hecho expuesto por el ministro fue la muerte de dos venezolanos el domingo, cuando se activó la carga explosiva que instalaban en un puente en la vía Cúcuta-Pamplona en medio del ‘paro armado’ del Eln. “Sus identificaciones venezolanas fueron incautadas por la Policía. Igualmente, se incautó una tercera cédula de un venezolano que huyó”, agregó Villegas. Y resaltó que “tanto en la frontera de Norte de Santander como en Arauca, la preocupación es muy grande porque en el llamado ‘paro armado’ de los pasados días pudimos comprobar que miembros del Eln colombianos y venezolanos ejecutaron acciones tanto terroristas como armadas contra la población”. 

Padrino recibió la información “con interés” y propuso una reunión binacional de seguridad en algún sitio de la frontera, aunque no quedó definida una fecha. Según el ministro, con el presidente Santos y la canciller María Ángela Holguín analizarán “cómo y cuál será el mejor momento para hacer esa reunión”.

Tomada de: El tiempo
POLO DEMOCRÁTICO PROHÍBE A SUS MILITANTES PARTICIPAR EN LA CONSULTA DEL 11 DE MARZO


La militancia que, en el pasado, tuvo el exalcalde de Bogotá, Gustavo Petro, dentro del partido Polo Democrático sigue arrastrando consigo todo tipo de rezagos, peleas internas sin saldar y, por supuesto, fieles adeptos al actual líder del movimiento político Progresistas. Asuntos que, evidentemente, han venido resquebrajando la unidad interna de la colectividad que hoy preside Álvaro Argote, pero cuyo líder más reconocido es el senador Jorge Enrique Robledo.

¿Qué ocurrió? Desde que el exalcalde Petro anunció su intención de participar de la contienda electoral para los comicios presidenciales de mayo, muchos de sus antiguos seguidores en el Polo anunciaron su respaldo. Más aún, al ver su crecimiento en las encuestas que, al día de hoy, lo posicionan como el más opcionado para convertirse en el sucesor del presidente Juan Manuel Santos.

De hecho, en las últimas horas, se conoció que un grupo de 15 ediles, integrantes del Polo, acompañarán la candidatura de Petro y, más aún, pretenden participar de la consulta que se llevará a cabo el 11 de marzo, en la que competirá el exmandatario de Bogotá y el exalcalde de Santa Marta, Carlos Caicedo. Entre ellos, se encuentran los ediles de Usaquén, San Cristóbal, Teusaquillo, Puente Aranda, Calendaria, Usme y La Calendaria.

Ello provocó, de inmediato, la reacción en la dirigencia del Polo, al punto de prohibirles a sus militantes acudir a las urnas ese día para apoyar a un aspirante con el que no se haya establecido una alianza formal. En pocas palabras, el partido tendrá que apoyar a Sergio Fajardo, dirigente del movimiento Compromiso Ciudadano.

“(El Polo) ha orientado a nuestra militancia, directivos y voceros elegidos en las corporaciones públicas a no intervenir en las consultas que algunas organizaciones han convocado para el 11 de marzo de 2018”, señala el comunicado conocido este jueves, firmado por Argote y por el secretario general del Polo, Gustavo Triana.

Sin duda, se trata de una controversial decisión que tendrá repercusiones en la misma Coalición Colombia compuesta, además del Polo, por la Alianza Verde y Compromiso Ciudadano. El motivo es evidente, y es que la candidatura de Fajardo podría perder importantes adeptos, con fuerte caudal electoral, para endosárselos a Petro. Y de esa discusión no quedó exenta la Alianza Verde.

Tomada de: El espectador