viernes, 6 de julio de 2018

REVOCAN LIBERTAD DE UN PARAMILITAR QUE QUERÍA BENEFICIOS DE LA JEP


Germán Ramírez Devia, alias 'Vaca Fiada', recibió la libertad condicionada por parte del Juzgado Penal del Circuito de Granada en Meta, el pasado 10 de abril de este año, argumentando que el proceso por la desaparición forzada del ciudadano Pedro Eduardo Gómez Porras, era competencia de la JEP.

Según el juez llevaba 5 años privado de la libertad, y los hechos ocurrieron en 1992 por lo que se cumplía con los requisitos exigidos para otorgar dicho beneficio. Pero la Procuraduría, apeló la decisión argumentando que tales condiciones se exigen solo para quienes no han hecho parte de una organización o grupo armado ilegal, y ese no era el caso de Ramírez dado a que pertenecía al Ejército Revolucionario Popular Antisubersivo de Colombia, Erpac, un grupo paramilitar.

El Tribunal Superior de Villavicencio revisó la apelación y concluyó efectivamente que no debía otorgársele ese beneficio, de hecho compulsó copias a la Sala Disciplinaria de la Judicatura en Meta para que se investiguen al juez.

"No se puede indicar que la conducta presuntamente cometida por Germán Ramírez Devia fue en razón a su colaboración o pertenencia con las Farc, por el contrario se advierte que se trató de un comportamiento cometido en virtud de su pertenencia a un grupo ilegal armado antagónico al referido, por tanto no puede ser sujeto de los beneficios", señaló.

Además el hombre sí había estado preso los 5 años, pero por otro proceso.
CONDENA CONTRA CAPITÁN DE CORBETA POR COMPLICIDAD EN MASACRE DE EL SALADO


Por no haber desplegado acciones militares como comandante de la Compañía Orca para detener la acción de los paramilitares en la masacre de El Salado y, en su lugar, contribuir a su realización, la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena impuesta al capitán de corbeta Héctor Martín Pita Vásquez.

La Sala de Casación Penal ratificó que Pita Vásquez y al parecer otros oficiales de la Primera Brigada de Infantería de Marina “permitieron el accionar violento de los grupos paramilitares que se tomaron durante varios días la población de El Salado y sus zonas aledañas, prestando de manera omisiva su concurso para ese cometido criminal, dejando de actuar conforme al mandato constitucional que les imponía contrarrestar las acciones lesivas que fueron ejecutadas durante ese tiempo”.

En la sentencia, que ratifica las decisiones del Tribunal Superior y el Juzgado Único Penal del Circuito Especializado de Cartagena de imponer 13 años de prisión contra el oficial como cómplice de homicidio agravado, la Corte reconstruyó los hechos de la masacre de El Salado que ocurrieron entre el 16 y el 21 de febrero del año 2000.

“En la tarde del 19 de febrero y después de ultimar a 38 personas, según la información recopilada por el CTI de la Fiscalía, los grupos paramilitares iniciaron su despliegue por las vías El Salado-vereda la Sierra, Zambrano, Canutalito y vereda El Balguero. Entretanto, el Capitán de Corbeta Héctor Martín Pita Vásquez, adscrito al Batallón de Contraguerrilla de Infantería de Marina, en su calidad de Comandante de la Compañía Orca, recibió la orden de operaciones para que se trasladara con su tropa a la zona de los acontecimientos y neutralizara la acción de los violentos.

“La Compañía Orca arribó a El Salado a las 6 de la tarde del 19 de febrero, poco después que los miembros de los grupos paramilitares abandonaran el lugar”. Sin embargo, “no desplegó ninguna acción militar tendiente a reprimir la acción de los violentos que a su paso por las áreas rurales aledañas a la población, cobraron la vida de Euclides Torres Zabala, Edgar Cohen Castillo, Ornedis Cohen Sierra, Eliseo Torres Sierra y Eduardo Torres Pérez, asesinados en distintas circunstancias y lugares el 21 de febrero, con la participación omisiva del Capitán Pita Vásquez”, consigna la providencia.

Para la Sala, quedó claro el incumplimiento del deber jurídico del capitán de corbeta de “impedir los resultados suficientemente conocidos, en tanto se encontraba a su alcance funcional contrarrestar las acciones desplegadas por los ofensores, quienes a partir de ese momento y en su retirada continuaron realizando conductas contra la vida de varios habitantes”.

La Corte rechazó el argumento respecto a la omisión de la persecución por la tropa militar comandada por Pita Vásquez. “No puede estar justificada en consideraciones tales como que ‘los bandidos tenían más de hora y media de haberse ido’, o que los militares llegaron a El Salado después de caminar muchos kilómetros, o que para ese momento estaban cansados o, en fin, que no tenían que seguir a los agresores ‘por montes y veredas oscuras’”, como lo planteó su defensa.

En el análisis del expediente, la Corte revalidó el testimonio del Infante de Marina Alfonso Enrique Benítez Espitia del 17 de marzo de 2000, ante un Juez Penal Militar, según el cual existió connivencia entre los militares y los grupos paramilitares para ejecutar las acciones en El Salado. El testigo, quien se desempeñaba como infante de marina adscrito a la compañía Orca liderada por el oficial, precisó que hubo disparos provenientes de los invasores que anunciaban su salida de El Salado, cuando la tropa militar se aproximaba.

Según el infante de marina, después de salir del corregimiento de El Salado, se encontraron con los efectivos paramilitares y en lugar de atacarlos y reducirlos, como era la consigna y su deber, departieron con ellos y discutieron sobre la coordinación de sus acciones.

La Corte advirtió, además, que la condición de lesa humanidad debe irradiar todas las conductas perpetradas en desarrollo de esta masacre. “Por lo tanto, corresponderá a la Fiscalía y a los funcionarios judiciales que actualmente estén conociendo de los delitos relacionados con la masacre de El Salado, hacer la declaratoria de crímenes de lesa humanidad sobre las conductas lesivas ejecutadas en desarrollo de la misma y en relación con todos los partícipes e intervinientes en su ejecución, respecto de quienes se estén adelantando los respectivos procesos y, también, sobre los que aún no son objeto de intervención pena

jueves, 5 de julio de 2018

EN UN MES SE IMPUTARÁN CARGOS A CARLOS MATTOS


El próximo 3 de agosto se realizará la audiencia de imputación de cargos, por el delito de cohecho, en contra del empresario Carlos Mattos, acusado de irregularidades en el trámite de una demanda de la firma Hyundai Colombia.

La Fiscalía anunció que Mattos deberá responder por el presunto pago de coimas a cambio de la manipulación del reparto judicial de la demanda con la que buscaba tener la exclusividad en la comercialización de carros de la marca coreana.

Sin embargo, el implicado encuentra en España y en su contra hay una circular azul de la Interpol. De no asistir a la audiencia, la Fiscalía solicitaría que se expida la circular roja o declararlo persona ausente.

El día de la audiencia, la Fiscalía pedirá que se ordene una medida de aseguramiento en contra de Mattos, por los cargos de cohecho y acceso abusivo al sistema informático.

Por este mismo caso fueron capturados funcionarios judiciales y los encargados de manejar el sistema de asignación de audiencias: Edwin Fabián Macías, auxiliar de juzgado, Orlando Ramírez Fuentes, jefe de sistemas de reparto y los técnicos de soporte, Andrey Patiño Rodríguez, Wílmer Casas Mendoza y Carlos Arturo Gómez.

Tomada de: RCN
FUERTES DECLARACIONES DE EXMAGISTRADO HERMES LARA SOBRE LA CONSULTA ANTICORRUPCIÓN 


En entrevista para La Hora de la Verdad, podcast a cargo de Fernando Londoño, el exmagistrado Hermes Lara expresó las razones por las que no está de acuerdo con la próxima consulta anticorrupción.

Lara explica que la Ley 1757 es la encargada de regular instrumentos de participación ciudadana como las votaciones para aprobar los puntos del proyecto de Ley Anticorrupción. Al igual, esta ley permite la participación a favor o en contra de las ponencias a organizaciones sociales.

Corjusticia, que es la corporación de jueces y magistrados a la que pertenece Lara, harán campaña por la abstención del proyecto, por lo que luego de un estudio presentaron al país ideas diferentes en relación con lo que debe ser la lucha anticorrupción. 

Según el exmagistrado, tanto el Congreso como Iván Duque, nuevo presidente de Colombia, han visto que esta consulta le puede servir al país. Sin embargo, asegura que quienes han visto los alcances de este proyecto de cerca, incluyéndolo, han llegado a la conclusión que “esto solo significa una pérdida enorme de dinero para el país de aproximadamente 350 mil millones de pesos y que además, es una mentira que pretende inducir al elector para que vote a favor”.

El razonamiento que hace sobre estas contundentes declaraciones es que la primera propuesta de la consulta anticorrupción que promete reducir el sueldo de los congresistas y altos funcionarios a 25 SMLMV, es solamente una ‘pregunta gancho’ pensada por los organizadores del proyecto para que las personas voten por el sí, pero que, según Lara, los votantes ignoran la complejidad de los problemas que esto podría ocasionar posteriormente. 

La entrevista donde Lara cuestiona cada propuesta de la consulta anticorrupción está disponible en el siguiente link: https://goo.gl/pG7qbF
UNIVERSIDADES DEBEN SATISFACER NECESIDADES DE ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD


La Corte Constitucional recordó que las universidades tienen que garantizar el derecho a la educación de personas con discapacidad, y adaptar sus políticas según las necesidades de sus estudiantes. Siempre tomando decisiones desde su autonomía universitaria.

Esto, por un caso en el que ordenó medidas adicionales en favor a una estudiante de la Universidad Pedagógica sede Tunja.

La estudiante tiene 46 años y sufre hipoacusia neurosensorial severa, por lo que no puede escuchar bien y ha tenido dificultades en sus clases aunque la universidad tiene una política de inclusión para personas en condición de discapacidad.

La Corte hizo un estudio de “satisfacción” y determinó que la universidad tendrá que implementar una plataforma de educación inclusiva que utilice los recursos didácticos y/o pedagógicos apropiados; pero también deberá garantizar que los intérpretes que le ayudan a entender lo que dicen los profesores, sepan realmente de los contenidos de su carrera de derecho; además deberá darle una identificación especial para que todos sepan que la estudiante requiere un sitio especial en cada clase, entre otra serie de cosas.

El director de Defensa al paciente, Francisco Castellanos, asegura que eso demuestra que no solo se requiere de adecuar la infraestructura física.

“Deben proveer sus instalaciones y su infraestructura de una manera adecuada a las necesidades no sólo físicas sino también de aprendizaje de las personas en condición de discapacidad. Esto es que no solamente basta con tener accesos con rampas sino que también deben tener todos los medios necesarios para que puedan recibir sus clases”, dice.

Tomada de: Caracol
“EN LOS ÚLTIMOS DÍAS NO HA RECIBIDO NI TRAMITADO NINGUNA SOLICITUD DE PERMISO DE SALIDA DEL PAÍS”: JEP


Luego de que la senadora Paloma Valencia, del Centro Democrático, expresara desde su cuenta de Twitter "¿Es verdad que con permiso de la JEP salieron del país 'Pablo Catatumbo' y 'Pastor Alape'?" pregunta que generó bastante polémica, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) se pronunció sobre el tema en su cuenta @JurisdiccPaz y aclaró que “en los últimos días no ha recibido ni tramitado ninguna solicitud de permiso de salida del país de Jorge Torres Victoria (Pablo Catatumbo) y Felix Antonio Muñoz Lascarro (Pastor Alape)”.

Al igual reitero lo expresado en el comunicado del pasado 3 de junio en el que aclaraba las competencias de la Jurisdicción para tramitar dichas solicitudes:

1. La Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tuvo competencia para otorgar permisos de salidas del país a ex integrantes de las Farc acreditados por el Alto Comisionado para la Paz hasta el 15 de enero de 2018, fecha de inicio de las funciones judiciales de la jurisdicción, ello con fundamento en Ley 1820 de 2016 y el Acto Legislativo No. 1 de 2017.

2. Desde el 15 de enero de 2018, con base en el artículo 5 del Decreto 2125 del 18 de diciembre de 2017, la Sala de Amnistía o Indulto asumió esa competencia. Dicho artículo establece: "Los integrantes de las FARC-EP que se encuentren acreditados por el Alto Comisionado para la Paz y que tengan medidas restrictivas para la salida del país, podrán salir del país previa autorización de la Jurisdicción Especial para la Paz".

3. En abril de 2018 la jurisdicción conoció de autorizaciones de salida del país expedidas por la Secretaría Ejecutiva después del 15 de enero de 2018, razón por la cual la Presidencia de la JEP expidió la Resolución No. 011, del 20 de abril, a través de la cual ratifica que esa función es exclusiva de la Sala de Amnistía o Indulto.
“LAS PERSONAS CONDENADAS TAMBIÉN SON SUJETOS DE DERECHOS; ESTO TIENE QUE VER CON EL NUEVO PAÍS QUE ESTAMOS CONSTRUYENDO”: PRESIDENTE SANTOS


En Yarumal (Antioquia), en los terrenos de lo que hoy se conoce como el Seminario Cristo Sacerdote, el Presidente de la República, Juan Manuel Santos Calderón, y el Ministro de Justicia y del Derecho, Enrique Gil Botero, conocieron de primera mano los avances que en cuanto a infraestructura registra la que próximamente será la nueva Colonia Agrícola de Mínima Seguridad. Según el mandatario de los colombianos, este centro de reclusión estaría listo en diciembre.

“Hemos querido hacer un gobierno progresista y de derechos porque nuestra Constitución Política es garantista. Los privados de la libertad no son ciudadanos de segunda categoría, también son de primera”, aseguró Santos, quien agregó que la paz se construye desde el corazón, “no con leyes, sino con actitudes y aceptando las diferencias”.

El jefe de Estado recordó que su Gobierno ha hecho un gran esfuerzo para reducir el hacinamiento, al crear cerca de 8.000 cupos adicionales. “Con esta colonia agrícola y con otro proyecto en Buga entregaremos 20.500 cupos al nuevo Gobierno”, anotó.

Este centro, en el que 1.328 internos tendrán la posibilidad de trabajar en proyectos agropecuarios mientras redimen sus penas, cuenta con 400.000 metros cuadrados. En 268.000 de ellos los privados de la libertad adelantarán actividades productivas agrícolas y pecuarias, y contarán con un espacio multifuncional en el que habrá talleres de confección, un establo para ganado y un centro de acopio de frutas y verduras.

“Quienes hoy pagan su deuda con la justicia en calidad de condenados y sindicados son sujetos de derechos; esto tiene que ver con el nuevo país que se estamos construyendo”, puntualizó Santos.
En Yarumal los privados de la libertad condenados por delitos de baja y mediana peligrosidad podrán resocializarse y rehabilitarse a través del trabajo. De esta manera el Gobierno Nacional busca seguir humanizando el sistema carcelario y mejorando las condiciones intramurales de los reclusos.

En la jornada de este miércoles, el Presidente, el Ministro Gil Botero y el Superintendente de Notariado y Registro, Jairo Alonso Mesa Guerra, entregaron 120 títulos urbanos de propiedad inmobiliaria. Esa es otra forma de construir paz. “Una persona con su título formalizado va a defender su propiedad”, aseguró Santos.

El jefe de Estado finalizó su intervención manifestando que se viene trabajando para que Colombia sea un país de propietarios, “para que los colombianos sean dueños y se acabe la incertidumbre jurídica. Debemos seguir luchando, pero todos unidos”.