lunes, 3 de octubre de 2016

HAY UNA PRORROGA PARA EL PARO ASONAL JUDICIAL 

Pues hubo una prorroga en los acuerdos y dicen que si el gobierno no lo cumple en el 2017 cuando se realiza el reintegro de las actividades judiciales luego de  vacancia judicial probablemente habrá cese de actividades o paro en los juzgados y demás. 



El día de ayer 2 de Octubre fue un día importante para el futuro de Colombia, para ello no solo se contaron los votantes del país sino también del resto del mundo como lo fue en New York, Estados Unidos, donde los colombianos ejercieron su derecho al voto, tal ves por un SÍ o por un NO. Como se sabe, por mayoría de votos fue ganador el NO y nuevamente queda la incertidumbre de que va a pasar durante este proceso de diálogos y cual será su resultado. 

LAS OPCIONES DEL NO EN EL FALLO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL


Una de las opciones que planteo la corte constitucional en el fallo que le dio el SÍ al plebiscito para la paz, fue lo que se podría hacer en el caso de que el NO ganara la jornada electoral, como efectivamente sucedió.

La Corporación judicial aclaró que el objetivo del plebiscitó especial no era “someter a refrendación popular el contenido y alcance del derecho a la paz, sino solamente auscultar la voluntad del electorado sobre la decisión pública contenida en el acuerdo final”.

Por lo que aclaró en su decisión, que si el plebiscito no era aprobado, “el efecto es la imposibilidad jurídica de implementar el Acuerdo Final, comprendido como una política pública específica”. 

Esto es, que la desaprobación del Acuerdo Final “tiene incidencia únicamente respecto de la implementación de esa decisión de política pública en específico”. 

Advirtiendo para ello que se mantienen “incólumes las competencias de los diferentes órganos del Estado”, es decir la posibilidad de lograr nuevos acuerdos de paz o renegociarlos. 

“Entre ellas la facultad del presidente para mantener el orden público, incluso a través de la negociación con grupos armados ilegales, tendiente a lograr otros acuerdos de paz” precisa la sentencia. 

En ese punto advirtió la Corte que en caso de modificarse o lograrse un nuevo acuerdo, estos “podrán ser sometidos a refrendación popular si así lo decide el Ejecutivo y el Congreso”.  


FISCALÍA PROPONDRÁ REFORMA A LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO


Al parecer no ha sido muy efectiva la política de extinción de dominio que desde 2014 utiliza la justicia Colombia para arrebatarles los bienes a los delincuentes.

Cuando se promulgó la ley el entonces fiscal Eduardo Montealegre la defendió como una herramienta de alto valor para combatir a las organizaciones crimínales por donde más les duele, el bolsillo, las finanzas.

Ahora cuando no completan dos años de estrenar esa ley, la Fiscalía anuncia que en conjunto con el Gobierno le apostarán a una reforma que haga más efectiva la articulación de las autoridades y la acción contra los delincuentes.

Los asesores de la Fiscalía trabajan en la construcción del texto que pasará a revisión del Ministerio de Justicia y que llegará al Congreso para su discusión; la idea es acortar los tiempos para la ocupación y definición jurídica de los bienes que son objeto de extinción de dominio.


ASONAL ANUNCIA NUEVO PARO PARA LA SEGUNDA SEMANA DEL MES DE OCTUBRE 


El presidente de Asonal Judicial, Freddy Machado, confirmó que para el próximo 9 de octubre más de 40.000 trabajadores de la Rama Judicial iniciarán un paro indefinido ante los presuntos incumplimientos del Gobierno frente a la nivelación salarial que tienen los funcionarios del sector. 

De igual forma, el dirigente sindical aseguró que existen varios inconformismos relacionados con unas bonificaciones que el Gobierno ha venido entregando y que según los trabajadores, no cumplen con sus expectativas.

"Tenemos una mesa de negociación con el Gobierno, y Hacienda nunca ha ido a atender los asuntos económicos y presupuestales. Tenemos compromisos de gran relevancia que no se han tocado con la importancia que se debe", señaló el presidente de Asonal Judicial. 

En un documento publicado, el sector explica que las exigencias se relacionan con los recursos de la descongestión judicial, que podría dejar sin trabajo a muchos trabajadores en diciembre de 2014. 

Otro de los puntos que provocaron este anuncio es el proceso de la reestructuración de la Fiscalía General de la Nación y la falta de consulta de quienes están directamente implicados.

Ante este anuncio, las directivas de Asonal Judicial esperan tener una respuesta idónea del Gobierno para que haya un consenso y cumplimiento de los compromisos que se acuerden en la mesa que se adelantan.

viernes, 30 de septiembre de 2016

ONU DESIGNA A NÉSTOR CORREA COMO SECRETARIO DE JURISDICCIÓN ESPECIAL DE PAZ.


Luego de un largo proceso de conversaciones, llega el día en que el pueblo tiene que decidir, El jefe de la misión de Naciones Unidas en Colombia, Jean Arnault, que verificará el desarme y cese el fuego de las Farc tras la firma de los acuerdos de paz, escogió a Correa Henao para ser el secretario de la Jurisdicción Especial de Paz. 

Néstor Raúl Correa es abogado de la Universidad Bolivariana de Medellín, estudio derecho Administrativo, derecho Internacional Público y derecho Público en la Universite De Droit, D´Economie Et De Sciences Sociales Paris-Ii Pantheon-Sorbonne - D.S.U y tiene un diplomado de La Javeriana y American University en derecho de los negocios. 

Ha sido consulto de Naciones Unidas, ministerios, la Asamblea Nacional Constituyente, el Banco Mundial, la Defensoría del Pueblo y la Auditoría General.

NO EXISTEN EXCEPCIONES EN PROCEDIMIENTO PARA QUE EVIDENCIAS SEAN SOMETIDAS A CADENA DE CUSTODIA: CORTE SUPREMA.


En un fallo aclaratorio la Corte Suprema de Justicia determinó que aunque los problemas de cadena de custodia atañen a la valoración de la evidencia mas no a su legalidad, no significa que haya excepciones a la obligación constitucional y legal que tiene la Fiscalía General de la Nación de someter las evidencias físicas a los protocolos de cadena de custodia.

Tampoco para negar la trascendencia de los protocolos de recolección, embalaje, rotulación, etcétera, en la autenticación de evidencias físicas que puedan ser fácilmente suplantadas o alteradas; ni desconocer la importancia de la adecuada autenticación de las evidencias físicas en el proceso de determinación de los hechos en el proceso penal.

Así lo determinó el máximo tribunal de la justicia ordinaria en una sentencia de 12 años de prisión a la que condenó a un procesado por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años.

La Sala Penal hizo los reparos frente los errores en la valoración de evidencias físicas y el manejo indebido de las declaraciones anteriores al juicio oral, tanto las incorporadas como prueba como las que sólo se utilizaron para impugnar la credibilidad de los testigos.

“Durante el juicio oral no se demostró el cumplimiento de estos procedimientos, pues lo único que se aportó fue un comentario aislado de la perito en genética en el sentido de que los elementos fueron sometidos a cadena de custodia”, señala la decisión.

Agrega no se podía dar por sentado que las testigos suministraron datos que permitieran establecer que se trataba de los mismos elementos y que no hubieran sido cambiados, alterados  o manipulados desde el hallazgo hasta su presentación en juicio.

Finalmente la Corte Suprema recordó que la utilización de declaraciones anteriores al juicio oral con fines de impugnación constituye una de las herramientas que el ordenamiento jurídico le brinda a las partes para cuestionar la credibilidad de los testigos presentados por su antagonista y/o para restarle credibilidad al relato.