sábado, 2 de diciembre de 2017

PROCURADURÍA DESTITUYÓ E INHABILITÓ POR 18 AÑOS AL EXALCALDE DE IBAGUÉ


La Procuraduría  sancionó con destitución e inhabilidad por 18 años al alcalde de Ibagué Luis Hernando Rodríguez Ramírez (2012 – 2015), por las irregularidades presentadas en la construcción de los escenarios destinados para los Juegos Deportivos Nacionales de 2015.

La Procuraduría Primera Delegada para la Contratación Estatal determinó que el entonces funcionario no realizó el debido control y vigilancia de las obras en construcción, remodelación y adecuación de los distintos coliseos donde se efectuarían las justas deportivas, lo que ocasionó que las sedes quedaran inconclusas y en condiciones que no resultaban adecuadas, útiles y aprovechables.

Para la Procuraduría esa actuación de Rodríguez Ramírez ocasionó un detrimento al municipio y a la comunidad, que a la fecha no cuentan con escenarios deportivos para la práctica de deportes, comportamiento con el que violó el principio de responsabilidad.

La Procuraduría reprochó el desapego del entonces alcalde frente a las obligaciones adquiridas, que le obligaban a dar instrucciones, directrices, órdenes y hasta, incluso, asumir personal y directamente las facultades contractuales. Al no hacerlo, violó el principio de responsabilidad y lesionó la confianza que los ciudadanos depositan en las autoridades.

Por ese hecho, el órgano de control calificó su conducta como una falta gravísima cometida a título de culpa gravísima, que según el artículo 48 del Código Disciplinario Único establece como sanción la destitución, en virtud del numeral 44 de la Ley 734 de 2002.

Rodríguez Ramírez también fue hallado responsable disciplinariamente por violación al derecho de petición, al no responder de manera oportuna a las solicitudes de información realizadas por Coldeportes frente al avance de las obras, peticiones que el funcionario ignoró a pesar de contar con la información que era solicitada.

Por ese hecho, la Procuraduría calificó su comportamiento como una falta grave cometida a título de culpa gravísima, que de acuerdo con los artículos 35 (numeral 8) y 44 del Código Disciplinario Único establece como sanción la suspensión en el ejercicio del cargo.
SENTENCIA ABSOLUTORIA A FAVOR DE EXCONGRESISTA ZULEMA JATTIN


Mediante sentencia del 30 de noviembre del presente año, la Sala de Casación Penal absolvió a la excongresista Zulema Del Carmen Jattin Corrales de los cargos que le fueron formulados como presunta autora de los delitos de celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros.

Los hechos se remontan a los meses finales del año 2004 y a los de principios de 2005, cuando Jattin Corrales, en su condición de presidente de la Cámara de Representantes para ese entonces, suscribió tres “convenios interadministrativos” con la Universidad de Cartagena para remodelar las instalaciones de la comisión cuarta, mejorar el sonido e iluminación de dicha comisión y la interventoría de contratos de mantenimiento.

En el proceso se demostró que los “convenios interadministrativos” se cumplieron a satisfacción, por lo cual en la acusación se reparó en la formalidad de los convenios y no en el resultado de los mismos.

La Corte consideró que para la época de celebración de los convenios entre entidades públicas eran inaplicables las prohibiciones que introdujo la Ley 1150 de 2007 y por lo mismo estimó que Jattin Corrales muy posiblemente actuó con el convencimiento de que podía suscribir “convenios con entidades públicas” sin las exigencias que se imponen cuando se contrata con particulares.

La Sala encontró que esa era una opción admisible teniendo en cuenta la legislación vigente en esa época y la absolvió al considerar que se generaba una duda insalvable en relación con la legalidad de la alternativa que seleccionó, basada en conceptos de asesores externos y del equipo jurídico de la Corporación.

En cuanto al delito de peculado por apropiación, consistente en haberle pagado a la universidad $ 8.058.907.00 de pesos más de lo que un tercero podía cobrar por mejorar la iluminación y el sonido de dicha corporación, la Sala consideró que no existía evidencia de que esa suma de dinero la haya empelado la Universidad en sus objetivos misionales. Tampoco que haya sido desviada a favor de terceros. Por duda, entonces, se absolvió por dicho delito.

viernes, 1 de diciembre de 2017

HASTA EL PRÓXIMO AÑO SE DECIDIRÁ EL FUTURO DE MALO EN LA CORTE


Al aceptarle la incapacidad por 20 días, que presentó el magistrado Gustavo Malo, investigado por el Cartel de la Toga, la sala plena de la Corte Suprema tuvo que dejar para el próximo año el proceso que les permitiría relevarlo de sus funciones.

Esto porque solamente puede adelantarlo si está en sus funciones y es escuchado por todos.

La sala estaba a la espera de que se le terminara la licencia que tomó desde hace tres meses para defenderse, o a que acudiera a extenderla por unos meses más.

Sin embargo, presentó la excusa médica, que termina el 19 de diciembre, coincidiendo así con el inicio de la vacancia judicial.

En ese sentido, hasta el 11 de enero, cuando regresen, abordarían la discusión nuevamente.
CAEN DOS TESTAFERROS DE LAS FARC


Este jueves la Fiscalía capturó a dos empresarios señalados de ser testaferros de las Farc durante más de 2 décadas.

Se trata de Hernando Falla Duque y Ricardo Falla Ferro, quienes a través de la compra de fincas, casas, locales comerciales, oficinas y sociedades, habrían legalizado dineros producto de actividades ilícitas del entonces Bloque Sur y la columna 'Teófilo Forero'.

Los empresarios tuvieron mantuvieron vínculos con las Farc desde los años 80 y son señalados de ocultar el dinero de esa exguerrilla.

De acuerdo a las autoridades, Falla Duque, conocido con el alias de ‘Gan Gan’, habría movido 2.5 billones de pesos que nunca fueron reportados a la DIAN. 

Las capturas fueron en Bogotá y en Neiva (Huila). Los empresarios recibirán los cargos de lavado de activos, enriquecimiento ilícito, concierto para delinquir y financiación del terrorismo.
ASÍ SE MODIFICARÁ EL PAGO DE IMPUESTOS PARA MOTOCICLISTAS


Después de cumplir la etapa de socialización con gremios y autoridades de tránsito, el Ministerio de Transporte expidió, de acuerdo con ley de rodamiento 488/98, la nueva resolución que fija la base gravable para los vehículos en 2018.

En el caso de las motos, las que están obligadas a pagar el impuesto son aquellas que estén por encima de los 125 centímetros cúbicos. Y este año, en aquellos casos en donde la desactualización de la base gravable sea mayor con referencia al precio de mercado, el ajuste deberá hacerse de forma gradual por los próximos cuatro años. Para ello, en el 2018 el ajuste comenzará con la aplicación del 30 por ciento del avalúo comercial.

“De las 7, 7 millones de motos que existen en Colombia, 5,1 millones están exentas de este impuesto ya que tienen un cilindraje inferior a 125 cm3”, manifestó el ministro de Transporte, Germán Cardona.

Para los vehículos, el porcentaje máximo de incremento de la base gravable con referencia al 2017 será de aproximadamente 3,9 por ciento, correspondiente al valor de inflación de los últimos 12 meses y esto aplicará solo en caso de que la base gravable se encuentre desactualizada.

“Del total de las líneas de vehículos existentes, 13.548, el 67 por ciento bajarán el valor de su base gravable y el 33 por ciento deberán ajustar su valor hacia arriba, acercándolo al valor comercial”, expresó Cardona.

Para la actualización de las bases gravables vigencia 2018, se aplicaron metodologías incluidas en las normas nacionales e internacionales de valuación, por medio de las cuales se identificaron los valores comerciales reales de los vehículos en el país.
POR EXCUSA MÉDICA, LA CORTE NO PODRÍA RELEVAR DE SUS FUNCIONES AL MAGISTRADO MALO


Hoy, cuando se estaba a la expectativa por la posible petición del magistrado Gustavo Malo para que se ampliara la licencia que tomó hace tres meses y que vence este viernes, sorprendió la presentación de una excusa médica que se extiende hasta el próximo 19 de diciembre por una cirugía que le van a practicar.

Esta fecha coincide con el inicio de la vacancia judicial, por lo que lo más probable es que hasta enero, cuando regresen, se estaría discutiendo si se le aplica el nuevo reglamento interno que permite que lo releven de sus funciones por estar investigado por el Cartel de la Toga.

Por esto, la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia convocó una Sala Plena extraordinaria para establecer si el magistrado Fernando Bolaños lo sigue reemplazando.

La sala se está realizando desde las 2:30 de la tarde el día de hoy.
AVALAN EN DOBLE INSTANCIA LA PÉRDIDA DE INVESTIDURA


Actualmente, los procesos de pérdida de investidura de los congresistas los conoce, en única instancia, el Consejo de Estado. La nueva ley permite una división orgánica al interior del Alto Tribunal, de modo que se crea una sala para tramitar estos casos en primera instancia y, en segunda, irían a la Sala Plena.

Este jueves, la Plenaria del Senado aprobó el informe de conciliación del Proyecto de Ley que fija la doble instancia en pérdida de investidura para congresistas, radicado por el Ministerio de Justicia el pasado 2 de mayo, y cuyo objetivo principal es adaptar el ordenamiento jurídico colombiano a la Convención Americana de Derechos Humanos y al Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos que la establecen como garantía judicial para todas las personas.

Para el Ministro Gil Botero este proyecto de ley no debe entenderse como una dádiva para los congresistas, puesto que no existe justificación para que senadores y representantes estén por fuera del ámbito de protección de la Constitución en esta materia. “Es una gran valía tener doble instancia. Esto no es un regalo, es un derecho y una garantía. La doble instancia no sólo es un derecho constitucional, sino que es un principio. Debemos aplicarlo en materia de pérdida de investidura para congresistas. Esto es parte de un requerimiento de las instancias internacionales y de la misma Constitución", aseguró el Minjusticia.

Para ser ley de la República a este proyecto de ley le resta la aprobación de la conciliación en la Plenaria de la Cámara de Representantes