miércoles, 30 de mayo de 2018

INTERINIDAD EN SALA DISCIPLINARIA DE JUDICATURA AFECTA SU LEGITIMIDAD


La Corporación Excelencia para la Justicia y Dejusticia le pidieron al Ministerio de Justicia y al Consejo Superior de la Judicatura que tramiten de forma urgente la regulación que se necesita para convocar a los magistrados que deben conformar el nuevo órgano disciplinario de la Rama Judicial. 

"La Rama Judicial necesita tener un sistema disciplinario transparente, legítimo y estable, no uno en provisionalidad y en transición indefinida", dice la comunicación de estas organizaciones en las que hacen la solicitud. 

Aunque la Comisión Nacional de Disciplina Judicial fue creada hace tres años por la Reforma al Equilibrio de Poderes, y fue de lo poco que se salvó de esa ley tras el examen de la Corte Constitucional, aún no ha entrado a operar. 

Esa entidad debía reemplazar a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, que es la que se encarga de investigar disciplinariamente a los funcionarios judiciales, y que ha seguido operando en interinidad y con magistrados que superaron el tiempo de su periodo porque el nuevo órgano no ha sido creado. 

La nueva Comisión de Disciplina Judicial no ha sido creada porque hubo errores en la reglamentación para elegir a sus miembros, lo que llevó a que el Consejo de Estado anulara esa convocatoria a comienzos de este año. 

Por eso, a pesar de que desde hace por lo menos dos años debía entrar en operación esta Comisión, los magistrados no han sido convocados ni elegidos. "El proceso está paralizado porque hace falta que el Congreso expida una ley que reglamente la convocatoria para elegir a sus miembros", dicen las ONG. 

Como el nuevo órgano no existe, la Sala Disciplinaria de la Judicatura está en interinidad con el agravante de que la mayoría de sus magistrados están en provisionalidad y algunos con su periodo constitucional vencido.

Así, cinco de los siete magistrados de la Sala Disciplinaria son provisionales y los dos restantes que están en propiedad (el presidente Pedro Alonso Sanabria, y la vicepresidenta Julia Emma Garzón) tienen el periodo vencido y llevan casi 10 años ejerciendo el cargo, cuando el tope máximo es de 8 años. 

"Esto afecta la legitimidad de la Sala que sigue siendo la máxima autoridad disciplinaria de los jueces", dicen las ONG judiciales. 

Por estas razones la Corporación Excelencia para la Justicia y la ONG Dejusticia se unieron para pedirle al Minjusticia y al Consejo Superior de la Judicatura que tramiten ante el Congreso la regulación que debe dar las pautas para convocar a los nuevos magistrados "lo más pronto posible e informar sobre los avances realizados en este tema". 

También le solicitaron al Congreso que "active su iniciativa legislativa y regule este asunto con urgencia". 

Según la Corporación Excelencia en la Justicia y Dejusticia este órgano es muy importante "porque conoce de las faltas disciplinarias e impone sanciones en el sistema judicial. Estas faltas pueden ser incumplimientos de los deberes legales y actuaciones irregulares o ilícitas, que incluyen conductas asociadas a actos de corrupción y comportamientos antiéticos o desleales". 

Este órgano, además, puede imponer sanciones como multas, la suspensión del cargo, la destitución e inhabilidades para ejercer cargos públicos por un tiempo determinado, según el caso. 

Tomada de: El Tiempo
COMISIÓN ARCHIVÓ PROCESO CONTRA SANTOS POR CASO ODEBRECHT


El pleno de la Comisión de Acusación decidió archivar el proceso que se adelanta contra el presidente Juan Manuel Santos, por el escándalo de Odebrecht, tras no encontrar méritos en el caso de la supuesta financiación de sus campañas en 2010 y 2014.

La Comisión de Acusación logró hacer quórum para que se pudiera tomar la decisión sobre la ponencia del representante investigador del caso, Nicolás Guerrero, en la que argumenta que no hay méritos para que se inicie un juicio de indignidad contra el presidente Santos. 

Se espera que el representante Álvaro Hernán Prada, denunciante de este proceso, presente el recurso de reposición contra la decisión.

De acuerdo a la ponencia de archivo se debe “declarar la extinción de la acción disciplinaria por prescripción del investigado, doctor Juan Manuel Santos Calderón, por las razones expuestas en el presente auto”, en el caso de la campaña Santos Presidente 2010.

Según el informe de ponencia, en el caso de la campaña presidencial de 2014, no se encontró evidencias para declarar una falta disciplinaria y “en consecuencia se ordena el archivo definitivo de lo actuado”.

El representante Nicolás Guerrero, investigador del caso, aclaró que la decisión que se tomó es eminentemente disciplinaria y sobre las actuaciones únicamente del presidente Juan Manuel Santos.

El representante Guerrero recordó que sobre este caso existen varias líneas de investigación que se llevan en otras instancias judiciales, “por ejemplo en lo que tiene que ver con las decisiones que están tomando otras autoridades judiciales especialmente con el caso de Roberto Prieto, pero en la Comisión de Acusación se estaba llevando acabo la investigación previa con lo que tenía que ver con la presunta infiltración de recursos por parte de Odebrecht y la responsabilidad directa de la forado constitucional que es el Presidente de la República“

“En el caso de la campaña Presidencial de 2010 los hechos se pusieron en conocimiento en 2017 en la Comisión y ya ahí entra a actuar la prescripción del caso”, reiteró el congresista.

Tomada de: RCN radio. 
PRECISAN INHABILIDADES PARA ALCALDES DESIGNADOS


El Consejo de Estado advirtió que quienes sean designados alcaldes para suplir las faltas temporales o absolutas del titular del cargo no están sometidos a todas las inhabilidades previstas en el artículo 37 de la Ley 617 de 2000.

Con ponencia del consejero Carlos Enrique Moreno Rubio, la Sección Quinta precisó los alcances de las prohibiciones aplicables a quienes acceden al cargo en virtud del nombramiento hecho con motivo de la vacancia temporal o definitiva del cargo.

La corporación destacó que respecto de quienes son designados para llenar  las faltas temporales o absolutas en el curso del periodo constitucional, la Ley Estatutaria 1475 de 2011 introdujo un cambio significativo en materia de inhabilidades para el cargo.

Explicó que al hacer la remisión al artículo 37 de la Ley 617 de 2000, en el caso de los alcaldes encargados o designados, la nueva regulación de la Ley 1475 de 2011 únicamente contempló como inhabilidades aquellas previstas en los numerales 1, 4 y 5.

Esto implica que las inhabilidades establecidas en los restantes numerales de la norma, es decir 2 y 3, fueron excluidas en su aplicación a quienes vayan a ser encargados o designados alcaldes para llenar las vacantes ocurridas en el cargo.

La corporación señaló que esas dos (2) causales de inhabilidad y las demás fijadas en el artículo 37 de la Ley 617 de 2000 siguen vigentes para quienes aspiran a ser alcaldes en los procesos de elección por voto popular.

Este criterio sobre la restricción de las inhabilidades para quienes son designados fue adoptado por la Sección Quinta al confirmar una sentencia que negó las pretensiones contra el nombramiento del alcalde del municipio de Pamplona, Norte de Santander, demandado por la supuesta inhabilidad derivada de la celebración de un contrato con el municipio durante el año anterior a la designación.
FISCAL PIDE A LOS INDÍGENAS NASA LA LIBERACIÓN INMEDIATA DE FUNCIONARIO DEL CTI 


En la mañana de este miércoles 30 de mayo, en el municipio de Suarez (Cauca) fue secuestrado el funcionario del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), Leonel Mora Beltrán, tras operativo realizado por las autoridades donde incautaron varios kilos de clorhidrato de cocaína y se dio captura en fragancia a supuesto indígena perteneciente a la comunidad Nasa.

El fiscal general de la Nación, Néstor Humberto Martínez, solicito al Gobernador de la comunidad Nasa que disponga de manera inmediata la entrega del funcionario. Al igual informo que la comunidad indígena estaría solicitando un canje para la liberación de este.

“Luego de la incautación del clorhidrato y la captura en flagrancia, fueron objeto nuestros funcionarios y miembros del Ejército de una verdadera asonada. Como resultado, en este momento se encuentra secuestrado un funcionario del CTI, Leonel Mora Beltrán. Los señores de la comunidad, del resguardo indígena, plantean a la Fiscalía hacer un canje”, dijo Néstor Humberto Martínez.
FISCALÍA ENTREGA INFORMES SOBRE CONDUCTAS COMETIDAS POR LAS FARC-EP A LA JEP


Hoy 30 de mayo, la Justicia Especial para la Paz (JEP) llevo a cabo una rueda de prensa en la cual participó el fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez y la presidenta de la JEP Patricia Linares.

Durante los dos últimos años la Fiscalía se dio a la tarea de recopilar información de las acciones ilegales del desmovilizado grupo de las FARC-EP, la cual fue entregada en 16 informes que se suman a la jurisdicción y las organizaciones de víctimas y derechos humanos. entre ellos entregaban información de la Unión Patriótica y el Centro Nacional de Memoria Histórica.

Al igual informaron que la justicia va en camino a la reconciliación, ya que los excombatientes de las FARC-EP han aportado a la verdad plena y a la jurisdicción.

La Fiscalía seguirá mostrando procesos de incautación de activos e invita a los grupos armados a relatar su versión de los hechos, los cuales serán verificados por medio de un estudio evaluativo.

martes, 29 de mayo de 2018

ADVIERTEN RIESGOS POR MODELO COMO SE PIENSA RECUPERAR GALEÓN SAN JOSÉ


Un estudio técnico interdisciplinario hecho por la Universidad de Antioquia encontró una serie de consecuencias negativas en la recuperación de los restos del Galeón San José, por lo menos de la forma como hoy se plantea.

El documento expone los riesgos y es el resultado de una solicitud hecha por la Procuraduría General de la Nación en abril de 2018. Este evidencia los altos niveles de afectación que supondría para el patrimonio de la Nación, el hecho de rescatar los vestigios arqueológicos de la embarcación, hundida por piratas ingleses en el mar Caribe, cerca de Cartagena, en el año 1708. 
Aunque la decisión de extraer del fondo del océano las piezas del barco se tomó para recuperar parte importante del patrimonio cultural del país, el estudio muestra que el modelo de contratación a partir de una Alianza Público Privada (APP), que el gobierno busca adoptar a través del Ministerio de Cultura, es inadecuado.

Según el estudio, los 69 millones de dólares que vale la recuperación de los vestigios no se cubrirían con recursos públicos, sino con dineros del sector privado. Esto pone en peligro el patrimonio, pues el valor cultural quedaría a merced de las expectativas de ganancia económica de los inversionistas. Se piensa que los hallazgos, en oro y plata, tienen un valor de 320 millones de dólares.

Si bien la Constitución Nacional estipula que los bienes que hacen parte del patrimonio arqueológico son propiedad de la Nación y están por fuera del mercado, si lo que se logre recuperar no se considera de esa manera, advierte el documento, el Estado podría perder esa riqueza.

"Desde la Universidad de Antioquia hemos considerado necesario realizar un análisis en perspectiva del proceso actual de contratación que contempla la extracción, venta y especulación financiera de los vestigios del Galeón San José; llamando la atención a las autoridades nacionales, a los entes de control y el público en general, acerca de los riesgos que por cuenta de esta decisión corre el país y su patrimonio cultural”, se lee en el informe.

Los expertos solicitaron evaluar la situación. "Hacemos un llamado categórico al actual gobierno para que reconsidere y cancele dicho proceso de contratación".

Otro punto por el cual el grupo de profesores e investigadores llamaron la atención tiene que ver con los procesos posteriores a la extracción de los restos del Galeón San José. Una vez las piezas de la embarcación dejen de estar a unos 600 metros de la superficie marina y sean extraídos con alta tecnología, es necesario idear un plan de conservación, investigación y difusión para protegerlas.

El afán extractivo y mercantilista que rodea el asunto pone en peligro el patrimonio que, hasta ahora, permanece sumergido en las aguas caribeñas, pero que podría convertirse en un tesoro perdido.

Tomada de: El Tiempo
JOSÉ ROBERTO PRIETO, EXGERENTE DE LA CAMPAÑA SANTOS PRESIDENTE, A LA CÁRCEL


El juzgado 45 de garantías de Bogotá acaba de enviar a la cárcel a José Roberto Prieto, exgerente de la campaña Santos Presidente, por el supuesto lobby que realizó ante la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) para lograr una adición al contrato Ruta del Sol III. Esa concesión quedó en 2010 a cargo de Yuma Concesionaria S.A., liderada por la empresa Impregilo Spa sucursal de Colombia, y la adición en la que habría influido Prieto fue la relacionada con la construcción del puente Plato. Además, por su presunto conocimiento de los dineros que entraron a la campaña del entonces candidato Juan Manuel Santos de parte de Odebrecht.

“Estos elementos y estas hipótesis permiten establecer que, en efecto, el señor Roberto Prieto Uribe estaba en la capacidad de direccionar y de dirigir una serie de actos o actuaciones orientadas a que los testigos (…) logren variar su versión”, sostuvo el juez, quien, además, manifestó que Prieto podría obstruir a la justicia al ocultar o destruir información para favorecer sus intereses. Igualmente, el juez citó las interceptaciones realizadas al móvil de Prieto, en donde notaba un supuesto interés en modificar las versiones y eliminar pruebas que lo podrían comprometer. 

De acuerdo con el ente investigador, la gestión como intermediario habría estado condicionada a que los estudios y diseños del puente Plato quedaran a cargo de la empresa Consultores Unidos S.A., del empresario Eduardo Zambrano, como efectivamente ocurrió. Por esta gestión, según la investigación, el exgerente de la campaña Santos habría recibido un soborno de $650 millones, cobrados por medio de una factura supuestamente ficticia expedida por la empresa Megaland S.A.S. 

En este caso, el expresidente de la ANI, Luis Fernando Andrade, rechazó que el presunto lobby de Prieto haya sido esencial para a aprobar la decisión y que, en cambio, se tomó con base en “en conceptos externos y decisiones colegiadas” y bajo parámetros legales. No obstante, el juez manifestó que efectivamente Prieto sí habría influenciado a Andrade para que lograr la adjudicación del contrato para favorecer a la firma Consultores Unidos.

Por otro lado, las investigaciones de la Fiscalía también evidenciarían un supuesto conocimiento sobre los aportes de Odebrecht a la campaña de entonces candidato presidencial Juan Manuel Santos. Al respecto, el ente investigador aseguró que la multinacional brasileña pagó US$450.000 a María Fernanda Valencia, entonces candidata a la Cámara de Representantes a través de la empresa Impressa Group “con las indicaciones que le hiciera Roberto Prieto”. Esta empresa, creada por Valencia en asocio con su exesposo Otto Rodríguez, recibió la asesoría de la firma panameña Mossack Fonseca. 

En interrogatorio, Otto Rodríguez mencionó, entre otras cosas, que habló directamente con Prieto, con quien cuadró la logística para el pago de unos afiches. El contrato, dijo el exesposo de Valencia, se hizo de manera verbal –porque en el campo de la política los acuerdos verbales son normales– y acordó la elaboración de dos millones de afiches. El ente investigador le cuestionó a Prieto que haya dicho a varias autoridades que no sabía nada de los afiches cuando, en realidad, sí estaba enterado. Por ejemplo, tomó la declaración bajo juramento que el exgerente de la campaña rindió el 24 de mayo de 2017 ante la Procuraduría, en donde expresó que no sabía nada de los aportes a la campaña de hoy mandatario.

Como prueba, la Fiscalía también tiene la declaración de Eduardo José Zambrano, en la que declaró que Prieto lo llamaba para darle instrucciones sobre lo que debían declarar los brasileños sobre la campaña presidencial. “El indiciado elabora un documento y en un sobre cerrado se lo entrega a Zambrano para que este lo haga llegar a Eleuberto Antonio Martorelli”, sostuvo la Fiscalía. “Ciertamente a todas luces las actividades realizadas por el aquí indiciado fueron claramente dirigidas a obstaculizar la tarea de la justicia”, agregó. La Fiscalía y la Procuraduría apelaron la decisión, mientras que la defensa de Prieto apeló la decisión tomada por el juez.

Tomada de: El Espectador