martes, 16 de mayo de 2017

Casa por cárcel a Santofimio, condenado por el magnicidio de Galán


“Pablo, mátalo”. Según Jhon Jairo Velásquez Vásquez alias Popeye, esas fueron las palabras con las que el dirigente político del Tolima Alberto Santofimio Botero, le pidió al jefe del cartel de Medellín, Pablo Escobar, asesinar al candidato presidencial Luis Carlos Galán Sarmiento. Por el testimonio del jefe de sicarios, el exministro de justicia fue condenado a 24 años de prisión. Desde el 2011 está recluido en la cárcel La Picota, pero en las próximas horas será trasladado a su casa, luego de que un juez de Bogotá le concediera ese beneficio.

El proceso de Santofimio es uno de los más largos en la justicia. Fue sentenciado en primera instancia por un juez que lo encontró culpable de aliarse con el cartel de Medellín para cometer el magnicidio que conmocionó al país en agosto de 1989. el candidato presidencial del Nuevo Liberalismo alán fue asesinado en plena plaza pública de Soacha mientras adelantaba un acto proselitista. 

Sin embargo, el Tribunal de Cundinamarca lo absolvió años más tarde por duda razonable. En el 2011, cuando la Corte Suprema de Justicia recibió el proceso en casación, dictó una nueva orden de captura y lo encontró culpable, en calidad de coautor, del crimen de Galán. Lo condenaron por los delitos de homicidio con fines terroristas en concurso con lesiones personales y concierto para delinquir.


La clave de la sentencia contra Santofimio fueron los testimonios de ‘Popeye’ quien dijo presenciar reuniones de Santofimio con Escobar, y del asesinado exsenador Carlos Oviedo Alfaro. Este último confesó que Pablo Escobar le dio detalles, en la cárcel de La Catedral, de cómo sucedieron los hechos.

EN FIRME, PRIMER FUNCIONARIO DE LA JEP


La curva de solicitudes de libertad condicional y de amnistía de iure va en ascenso. El acuerdo de paz con las Farc dejó una gran puerta abierta en materia de interpretación acerca de quiénes pueden ser los destinatarios de los beneficios de la justicia transicional, por lo que el número de colombianos que busquen acogerse a esa nueva jurisdicción aún es incalculable. 

La preocupación de los jueces y magistrados que tienen que aplicar las normas creadas en el marco de la paz no es menor. Están concentrados interpretando con lupa los por menores de estas con el fin de definir quiénes pueden quedar en libertad y quiénes no por hechos cometidos en el marco del conflicto armado. 

Por ello, por lo menos para el sector de la justicia, el Comité de Escogencia que está conformado por cinco juristas de las más altas calidades, acaba de dar uno de los primeros pasos. Después de varias semanas de espera ratificaron a Néstor Raúl Correa como Secretario Ejecutivo de la Jurisdicción Especial para la Paz. 

El exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura llevaba ejerciendo funciones temporales desde el 26 de enero. De hecho, como encargado comenzó a firmar las primeras actas donde avala la libertad condicional de guerrilleros y agentes de Estado. 

Y aunque se trata de una bendición inicial que tendrá posteriores controles en la Jurisdicción Especial, casos como el del exministro de Salud Diego Palacio le costó una polvareda política por cuenta de haber hecho afirmaciones sobre los términos en que este se acogía a las reglas de paz.

CONDENAN AL ISS POR CONTAGIO CON VIH EN TRANSFUSIÓN DE SANGRE


El Consejo de Estado condenó al Instituto Nacional de Seguros Sociales (ISS) a pagar más de 1.300 millones de pesos como mecanismo para resarcir el daño causado a una pareja de esposos que contrajo VIH, tras una transfusión sanguínea a la que se sometió uno de los integrantes del matrimonio.

El fallo de reparación directa, que fue emitido por la Sección Tercera, con ponencia del magistrado Carlos Alberto Zambrano Barrera, le impuso a la entidad demandada el deber de dar publicidad al contenido de esta providencia durante seis meses, lo que la obliga a incluir en el contenido de los sitios web bajo su dominio el contenido de esta providencia, con reserva de los nombres de las víctimas. Esto como garantía de no repetición. 

Los acontecimientos que motivan esta condena se produjeron en abril de 1991, cuando uno de los demandantes fue trasladado de urgencias a un hospital del ISS en Cúcuta (Norte de Santander), luego de haber sufrido varias heridas con arma cortopunzante. 


Gracias a una cirugía y a una transfusión de sangre que se le practicó en su momento, el accionante pudo recuperarse de sus dolencias y retomar sus actividades diarias. Ignorando su condición de VIH positivo, el hombre contrajo nupcias en 1993 con la misma mujer con quien convive en la actualidad y que resultara infectada también por virtud de la relación marital.