jueves, 28 de junio de 2018

VAR, EL ÁRBITRO ASISTENTE EN LA COPA DEL MUNDO


En el partido Colombia – Senegal, donde Colombia resultó victoriosa por la ventaja de un gol, el videoarbitraje asistido hizo presencia para corregir un penalti señalado a favor del equipo africano por una presunta falta cometida en el área por Dávinson Sánchez sobre Sadio Mané.

En el minuto 16, Juan Guillermo Cuadrado entregó de manera errónea el balón. Esto provocó que Mané ingresara al área a lo que Sánchez reaccionó rápidamente para recuperar el balón, causando que el jugador de Senegal cayera al suelo.

En este momento, el árbitro de Serbia, Mirorad Mazic, afirmó que la falta cometida ameritaba una pena máxima (penalti). Sin embargo, los jugadores colombianos aseguraban que Sánchez había recuperado correctamente el balón.

Por suerte para los jugadores colombianos y sus respectivos hinchas, el juez central fue llamado por el VAR para que revisara la jugada desde las pantallas de la sala principal, segundos después el árbitro corrigió su decisión y el partido continuó sin contratiempos.

Pero, ¿qué es el VAR?

El sistema de videoarbitraje VAR (video assistant referee), es un apoyo audiovisual que se brinda a los árbitros durante los partidos para verificar que se cumpla con los parámetros reglamentarios del juego. El reglamento oficial del sistema VAR establece cuatro situaciones en las que el árbitro puede repasar en vídeo incluso durante el partido y sin solicitar un ‘tiempo fuera’:
• Goles: Una de las funciones principales de los asistentes de vídeo es ayudar al árbitro a determinar y verificar que no se haya producido alguna infracción que impida conceder el gol, como por ejemplo faltas o fueras de juego.

• Penaltis: Este sistema garantiza que no se tomen decisiones erróneas en cuanto a la señalización o no de un penalti.

• Tarjetas rojas: De igual manera, evita que se tome decisiones injustas o equivocadas referentes a las infracciones y posteriores expulsiones de los jugadores o el jugador.

• Confusión de identidad: En caso de que el árbitro sancione o expulse al jugador equivocado por una falta que no cometió, el VAR debe informar al árbitro para que sancione al jugador correcto.

El funcionamiento del VAR es simple, el árbitro y los asistentes de apoyo del sistema, se conectan por un dispositivo inalámbrico que permite una comunicación constante entre ellos. Los asistentes ven el partido en unos computadores de la sala del VAR, donde pueden identificar con facilidad algún error del árbitro o infracción de los jugadores.

Cuando el árbitro pita una falta, anuncia un penal o sanciona con tarjeta a algún jugador pero el VAR tiene dudas de ello, el árbitro tiene libertad de creer en la versión del VAR o parar el partido para él mismo revisar las grabaciones y basado en eso, poder tomar la decisión correcta. Este proceso no debe tardar más de dos minutos.
A CONCILIACIÓN PROYECTO QUE REGLAMENTA LA JEP.


La plenaria del Senado aprobó en su totalidad el articulado del proyecto que regula el procedimiento de la Justicia Especial para la Paz, con varias modificaciones, por lo cual tendrán que ser conciliadas con la Cámara de Representantes para que la iniciativa pase a sanción presidencial.

Inicialmente el senador Roy Barreras resumió el informe de la subcomisión, en donde se aprobó un bloque de artículos que no presentaron modificación, luego un segundo grupo con modificaciones acordadas en la subcomisión y finalmente quedaron pendientes dos artículos para ser dirimidos en votación por el pleno del Senado.

La mayor modificación se centró en el artículo 53 sobre extradición, presentado por la senadora Paloma Valencia en el sentido de que la JEP no practique pruebas "por cuanto una vez la JEP haya comparado fechas pasará a la Corte suprema y ella practicará las pruebas para avalar la extradición, nos parece excesivo que dos entes practiquen pruebas".

Así mismo advirtió la congresista que "esto no perjudica a los que ya se hayan sometido. Lo que se busca es garantizar que aquellas personas que incumplan los acuerdos, que se mantengan en el delito, sean efectivamente extraditados y no tengamos dilaciones injustificadas. Si se practicarán pruebas, pero las hará la Corte Suprema de Justicia".

Este artículo modificado fue aprobado con 31 votos por el si, y 14 por el no, quedando así el texto definitivo:

Art 53 Extradición. La Sección de Revisión verificará que los hechos a los que se refiere la solicitud de extradición sean posteriores a la firma de los acuerdos. No podrá practicar pruebas.

En ningún caso la JEP podrá pronunciarse sobre el fondo del asunto ni sobre la responsabilidad de quien fuere solicitado en extradición.

La siguiente modificación presentada por la senadora Paloma Valencia se refiere a un artículo nuevo que versa sobre seguridad jurídica de las Fuerzas Militares. La creación de una sala especial para juzgar a los integrantes de la fuerzas pública.

Según la legisladora Valencia "los procesos de los miembros de las fuerzas militares efectivos y retirados iniciarán o continuarán una vez exista un procedimiento aprobado por la ley, mientras tanto los que se hayan acogido a la JEP seguirán contando con los beneficios. El gobierno y el congreso tendrán 18 meses para presentar y aprobar dicho procedimiento". Este artículo nuevo fue aprobado con 27 votos por el si y 18 por el no.

El texto de proyecto deberá ser conciliado con el aprobado por la Cámara de Representantes para unificarlo y poder ser enviado a sanción presidencial.
EL CASO KOREMATSU: LA DECISIÓN QUE AÚN AVERGÜENZA A LA CORTE SUPREMA DE EE.UU.


Es una mancha oscura en la historia de la Corte Suprema de Estados Unidos. Una decisión vergonzosa, reconocida múltiples veces como un error, pese a lo cual ha mantenido su vigencia legal desde 1944 hasta ahora.

Se le conoce como el caso Korematsu versus Estados Unidos y ha vuelto a ser motivo de polémica tras la decisión que tomó el martes el máximo tribunal estadounidense de considerar como legal el veto migratorio aprobado por el presidente Donald Trump para ciudadanos de cinco países de mayoría musulmana: Irán, Libia, Siria, Yemen y Somalia.

En esta nueva sentencia, aprobada por una mayoría de 5 votos a 4, el magistrado ponente John Roberts aprovechó la ocasión para declarar como "anulada" la decisión del caso Korematsu.

"(La sentencia) Korematsu estaba seriamente mal el día que se decidió, ha sido anulada en la corte de la historia y, para ser claros, no tiene cabida legal bajo la Constitución", dijo Roberts.

No es la primera vez que una autoridad estadounidense rechaza esta sentencia que autorizó el confinamiento en campos reclusión de todos los ciudadanos japoneses, así como de los estadounidenses de origen japonés durante la II Guerra Mundial.

Años más tarde, el ahora fallecido magistrado Antonin Scalia se refirió al caso Korematsu como uno de los errores más tristemente célebres de la Corte Suprema, junto a la decisión en el caso Dred Scott, ocurrida en los años previos a la Guerra Civil, cuando el tribunal negó la libertad y la ciudadanía a los esclavos negros que llegaban a los estados libres.

Pese a todos estos rechazos, esta antigua sentencia también ha recuperado actualidad debido a la comparación trazada en su voto disidente por la magistrada Sonia Sotomayor entre la decisión sobre el veto migratorio y el caso Korematsu.

Tomada de: BBC