viernes, 27 de abril de 2018

'‘LEGITIMIDAD DEL ESTADO EN UNA FRONTERA DE SABANA ECUATORIAL’, LIBRO SOBRE LA CONSTRUCCIÓN PARA LA PAZ



El pasado 26 de abril se llevó a cabo en la Filbo, el lanzamiento del libro                   ‘Legitimidad del Estado en una frontera de sabana ecuatorial’, escrito por Wilson Hernando Ladino Orjuela, magister en Gobierno y administración pública del Instituto de Investigaciones Ortega y Gasset. 

A través de su obra, Ladino busca ampliar el conocimiento de los lectores sobre la legitimidad del estado colombiano y la construcción del futuro del país en un marco de paz.

Wilson Ladino mencionó que Colombia está invadida de corrupción y que el Estado Gubernamental se apropia de las entidades públicas, e invitó a los lectores a conocer el panorama que se vive en la frontera y generar conciencia sobre la falta de dominio de Colombia en el territorio fronterizo con Ecuador, en la región de Vichada. 

De igual manera, aseguró que el país no supera el modelo ni la dominación patrimonial española.
Para mayor información sobre esta obra y su autor, los interesados pueden visitar el pabellón 3, piso 2, stand 125 o ingresar a la página www.esapoficial.com

Redacción, Periódico El Jurista

'FALLO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL PERMITE LA EXTENSIÓN DE PENSIONES A HIJOS DE CRIANZA


Aquellas personas como nietos, hijastros o hasta sobrinos por quienes responda un cotizante, pueden ser herederos de la jubilación.

Los hijos de crianza, aquellas personas por cuyo sustento responde una persona diferente a sus padres, como tíos o abuelos, pueden heredar la pensión de sus acudientes en caso de que estos fallezcan y sean menores de edad o estén en condición de discapacidad, así lo dictó la Corte Constitucional mediante la revisión de una tutela.

Hasta ahora la pensión sólo se heredaba en casos específicos, “tiene derecho a la pensión del sobreviviente la (el) cónyuge o la (el) compañero permanente. En concurrencia con los hijos acceden los padres”, explicó Iván Jaramillo, investigador del observatorio laboral de la Universidad del Rosario.

Sin embargo ahora la Corte Constitucional extendió a los hijos de crianza este beneficio, es decir, que si una persona es criada por su abuelo y este fallece, podrá reclamar la pensión siempre y cuando sea menor de edad o esté en condición de discapacidad. 

“Colpensiones hace caso a lo que dicen los jueces, a lo que dice la ley. Colpensiones se dedica a resolver las decisiones que toma la Corte Constitucional”, manifestó Mauricio Olivera, presidente de Colpensiones. 

Tomada: Noticias RCN