viernes, 17 de noviembre de 2017

GOBIERNO INSISTE EN QUE ARTÍCULO DE JEP CONTRA ABUSADORES DE LAS FARC ES INCONSTITUCIONAL


El Gobierno nacional buscará que se caiga el artículo aprobado en el Senado durante el debate de la ley estatutaria de la JEP, que eleva las penas para los que sean hallados responsables de abuso sexual contra menores de edad.

El ministro del Interior, Guillermo Rivera, dijo que esto va en contravía de la Constitución y de lo que se acordó en La Habana.

Nos parece que ese artículo es inconstitucional porque lo que hace es plantear un régimen ordinario de sanciones frente a un modelo especial transicional sancionatorio que es el que establece la JEP”, señaló.

“Quedamos con la senadora Maritza Martínez de revisar este artículo de cara al debate que se hará la próxima semana en la Cámara”, añadió.

La propuesta está encaminada a que los desmovilizados que sean culpables de abuso sexual contra menores, tengan penas de 16 a 30 años y no de 5 a 8 años como lo contempla la Jurisdicción Especial de Paz.

Otros legisladores advierten que ese artículo podría ser tumbado por la Corte Constitucional cuando haga el examen de la ley estatutaria de la JEP.
CORTE DE LA HAYA ACEPTA DOS CONTRADEMANDAS DE COLOMBIA A NICARAGUA


La Corte Internacional de Justicia (CIJ), con sede en La Haya, aceptó dos contrademandas presentadas por Colombia a Nicaragua en el litigio que los dos países mantienen en el mar Caribe, informó hoy la Cancillería colombiana.

Esta decisión, que en la práctica significa que por primera vez en 16 años de controversia Nicaragua pasa a ser el demandado y Colombia el demandante, fue tomada este miércoles en el caso que lleva ese tribunal desde noviembre de 2013 por supuestas violaciones de derechos soberanos y espacios marítimos en el mar Caribe.

"La decisión de la Corte se da en respuesta a las objeciones de Nicaragua a las contrademandas presentadas por Colombia", señaló la cancillería en un comunicado en el que destacó que al admitirlas la Corte analizará las reclamaciones colombianas.

Los dos países mantienen un litigio por los límites en el mar Caribe pese a que en noviembre del 2012 la CIJ redefinió la frontera marítima entre ambos, un fallo que afecta principalmente al archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, el principal territorio insular colombiano.

Las reclamaciones colombianas se basan en que "Nicaragua ha violado los derechos de pesca artesanal de los habitantes del archipiélago, en particular de la comunidad raizal, para acceder y explotar sus bancos de pesca tradicionales" agrega el comunicado.

"Nicaragua ha expedido un decreto contrario al derecho internacional relacionado con los puntos y líneas de base a partir de los cuales mide sus espacios marítimos en el mar Caribe, buscando adjudicarse de forma unilateral áreas marinas en detrimento de Colombia", añade el texto.

Según la Cancillería, al aceptar la dos contrademandas de Colombia "la Corte ha reconocido que la población del archipiélago es una protagonista principal y aceptó que sus derechos históricos de pesca deben ser considerados en el marco del proceso".

Además, considera que pueden existir "irregularidades" en las normas nicaragüenses, lo cual será "examinado con más detalle".

El Gobierno colombiano aseguró que seguirán siendo parte de sus argumentos de defensa los asuntos que ha planteado "en relación con las obligaciones internacionales sobre la protección del medioambiente marino en la región del mar Caribe, así como la importancia de preservar el hábitat de los habitantes del archipiélago".

En la zona está la Reserva de la Biosfera Seaflower, declarada así por la Unesco en el año 2000 y que, con 250.000 kilómetros cuadrados de mar, supone el 10 % del Caribe, un área de gran biodiversidad marina que el Gobierno colombiano protege.

"El Gobierno colombiano aún no conoce el texto completo de la providencia, sin embargo ya fue notificado de la decisión adoptada por la Corte", concluye el comunicado.

En septiembre pasado Colombia presentó ante la CIJ la respuesta a la demanda que hace cuatro años instauró Nicaragua para que se le conceda una plataforma continental extendida en el mar Caribe.
Nos permitimos dar a conocer comunicado de prensa de La Defensoria del Pueblo emitido en las ultimas horas:


La Defensoría del Pueblo se permite informar a la opinión pública y a los medios de comunicación:

1. La Defensoría del Pueblo tuvo la oportunidad de intervenir en el trámite del Acto Legislativo 01 de 2017, tanto en el Congreso de la República como en el proceso de revisión ante la Corte Constitucional. En estas instancias se resaltó la importancia de la creación del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición –SIVJRNR- como una herramienta efectiva para materializar e incorporar al ordenamiento jurídico el punto 5 del Acuerdo Final y como presupuesto indispensable para la construcción de una paz estable y duradera.

2. La Entidad manifestó que las modificaciones a la estructura orgánica de la Constitución introducidas por la reforma no constituyen una hipótesis de sustitución y precisó que el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición –SIVJRNR- desarrolla los postulados y principios reconocidos en la Carta Política, al establecer mecanismos judiciales y extrajudiciales de justicia transicional que se encuentran interconectados y que tienen como propósito la consecución de la paz, la búsqueda de la verdad, la justicia y la satisfacción de los derechos de las víctimas.

3. No obstante lo anterior, la Defensoría llamó la atención sobre algunos puntos de la reforma como: 

a. La creación de una sala sui generis para decidir sobre la selección de las tutelas que se interpongan en contra de la JEP.
b. El establecimiento de unos criterios concurrentes para determinar la existencia del mando y control efectivo del superior militar o policial sobre los actos de sus subordinados. 
c. La exclusión de la acción de repetición y llamamiento en garantía a los miembros de la Fuerza Pública. 

Algunos de ellos no fueron objeto de pronunciamiento por parte de la sentencia y a juicio de la Defensoría del Pueblo ello requerirá de un esfuerzo interpretativo de los jueces de la JEP fiel a los principios y estándares del derecho internacional de los derechos humanos. 

4. La Defensoría del Pueblo celebra la decisión de la Corte Constitucional de avalar la creación del SIVJRNR y establecer una serie de condicionamientos que no solo resultan razonables sino que permiten despejar dudas respecto del funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz. La decisión de la Corte clarifica las condicionalidades a las que se encuentran expuestos quienes van a rendir cuentas ante el Sistema Integral, con lo cual se pondera de forma acertada dos fines concurrentes de la terminación del conflicto armado por la vía dialogada: la plena satisfacción de los derechos de las víctimas y la reincorporación a la vida civil de los excombatientes.

5. Finalmente, la Defensoría alienta a todos los órganos estatales a que, así como la Corte Constitucional lo hizo, se ejerza de manera vigorosa el mandato constitucional y legal para llevar a buen puerto la implementación del Acuerdo de Paz.
CONFIRMADO: LEY SECA EL DOMINGO POR CONSULTA LIBERAL


El próximo domingo 19 de noviembre habrá elecciones. Puede que la mayoría de los colombianos no lo tenga presente, pero el Partido Liberal convocó a la ciudadanía para definir quién será su candidato presidencial para las elecciones del 2018. El exministro Juan Fernando Cristo y el ex negociador de paz en La Habana, Humberto de la Calle, se disputan la candidatura.

Y cómo toda jornada electoral, habrá Ley Seca. Así lo señala la legislación vigente. Solo será en las cabeceras municipales, donde la Registraduría y el propio Partido Liberal acordaron instalar las mesas de votación.

Hay que recordar que para estos comicios, similares a los que en otras democracias se considera elecciones primarias, se redujeron en más de la mitad los gastos operativos (pasó de 85.000 millones a 35.000 millones) entre otras porque no se dispuso habilitar todos los puestos de votación establecidos para las elecciones de Congreso y Presidente del próximo año.

Aparte de esta controversia, en las últimas horas surgió una nueva por cuenta de la ley seca, pues en principio el Gobierno contemplaba que rigiera a partir del sábado, lo que generó malestar especialmente entre el gremio de los comerciantes que se verían afectados por la medida, pues sobre todo licoreras, bares, discotecas, o establecimientos nocturnos perderían un fin de semana de ventas.

Como las expectativas de participación en la consulta no son altas, el propio Partido Liberal calcula (y espera) que sean 500.000 personas las que acudan a las urnas en todo el país, el Gobierno modificó el horario de restricción. Y hasta los propios precandidatos se manifestaron en contra de la medida.

Finalmente el Gobierno dispuso que la ley seca por la consulta liberal solo se aplicará durante 24 horas, desde el domingo a las 6:00 de la mañana, dos horas antes de abrirse las urnas, hasta el lunes a las 6:00 de la mañana. 

El Decreto precisa que los gobernadores y alcaldes podrán ampliar el periodo de ley seca para prevenir posibles alteraciones del orden público.

Además, ordena a las autoridades militares adoptar las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos para el porte de armas en todo el territorio nacional, desde las 6:00 a.m. del sábado 18 hasta las 6:00 a.m. del lunes 20 de noviembre, sin perjuicio de las respectivas autorizaciones especiales.

Así mismo, los gobernadores y alcaldes podrán restringir la circulación de vehículos automotores, embarcaciones y motocicletas, o decretar el toque de queda, durante el periodo que se estime conveniente, como medida de prevención frente a posibles alteraciones del orden público.

El Decreto también contiene disposiciones sobre Consejos Regionales de Seguridad, información sobre orden público, acompañante para votar y sanciones.