sábado, 17 de febrero de 2018

“LOS ABOGADOS SERÁN DETERMINANTES EN ESTA NUEVA Y COMPLEJA ETAPA DE CONSTRUCCIÓN DE PAZ” MINISTRO GIL BOTERO



Durante la lección inaugural de clases de primer semestre de la Facultad de Derecho de la Universidad Javeriana (sede Cali), el ministro de Justicia y del Derecho, Enrique Gil Botero, en compañía de la viceministra de Promoción de la Justicia, Marcela Zuluaga, dialogó con los estudiantes y futuros abogados de Colombia sobre los retos que tienen como profesionales, pues serán los encargados de una nueva generación de la administración de justicia para responder a las nuevas e inmensas necesidades del país.

Desde el 2015, el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Educación han venido trabajando, en conjunto con las universidades del país, en una propuesta determinante relacionada con el mejoramiento de la calidad de los programas de Derecho del país. Esto con el objetivo de definir criterios objetivos y claros para la obtención y renovación del registro calificado que posiciona programas académicos de educación superior.

“No importa la rama del Derecho que escojan o desde qué sectores vayan a ejercer la profesión, cada actuación que ustedes, futuros abogados, realicen, será determinante para el funcionamiento de la administración de justicia y, por tanto, para la consolidación y estabilización de la paz”, comentó Gil Botero.

Este proyecto de resolución espera no solo facilitar el trabajo a los evaluadores y la inspección y vigilancia del Estado, sino que también busca permitir que las instituciones evaluadas reconozcan sus metas con mayor claridad y superarán los mínimos establecidos. Ese esfuerzo hará del registro calificado una garantía de igualdad.

El jefe de la cartera finalizó su intervención invitando a los estudiantes a transformar y mejorar el sistema de justicia. “Ustedes, como dueños de su propio proceso de aprendizaje, tienen hoy la oportunidad de aprovechar su paso por la universidad para desarrollar su capacidad crítica y enfocar sus carreras hacia la transformación social. No se limiten a lo puramente técnico, valoren también la interdisciplinariedad y las herramientas que la universidad les brinda para ampliar su conocimiento”, puntualizó.
COLEGIOS NO PUEDEN CASTIGAR CON MALOS TRATOS A LOS ALUMNOS: CORTE CONSTITUCIONAL 


La Corte Constitucional recordó que las instituciones educativas tienen prohibido imponer sanciones que sean crueles, humillantes o degradantes a los estudiantes, y que conlleven a un maltrato físico o psicológico. 

"La Sala aclara que sí puede haber sanciones, sobre todo de hechos graves que pongan en riesgo el desarrollo integral y armónico de otras niñas y otros niños. Estas sanciones deben ser efectivas y pedagógicas, pero nunca violentas e injustas", dice un fallo de tutela.

El alto tribunal también aseguró que promover, justificar o preservar el uso de expresiones racistas en los colegios desconoce los derechos a la igualdad y puede constituir un trato degradante. Así mismo, recordó que la Constitución prohíbe la discriminación por razones de raza, género, origen étnico, color, idioma, religión, convicción u opinión política, entre otras condiciones. 

La Corte agregó que la educación de los niños indígenas debe ser respetuosa por su tradición, historia, cosmovisión, lenguaje y la cultura de sus comunidades. 

El pronunciamiento se dio al revisar una tutela de los padres de 10 menores indígenas que afirmaron que sus hijos estaban siendo maltratados en el interior del Centro Educativo Eductivo Eustasio, en el Meta, que funciona como internado. 

Aunque el Secretariado Arquidiocesano de Pastoral Social Cáritas en Villavicencio le había pedido a la Corte desestimar la tutela, considerando que los hechos ya se habían superado porque el sacerdote Amaurys Antonio Aviléz Otero, -una de las personas contra las que se elevó la denuncia por maltrato- ya había sido apartado del cargo y fue citado para rendir descargos, la Corte finalmente decidió estudiar el caso. 

Según el tribunal, aunque ya hay un proceso disciplinario y penal contra el sacerdote implicado en los hechos se debía continuar con la tutela para proteger los derechos fundamentales de los niños del internado. 

En el caso de los menores, la Corte Constitucional dijo que "es claro que bajo el orden constitucional vigente, el maltrato infantil no es un medio al alcance de persona o institución alguna para lograr algún objetivo por más justificado que esté, por ejemplo ante la gravedad de una conducta de un niño en determinado contexto".

También recordó que "el castigo corporal como medida de corrección, en sí mismo, implica una forma de violencia física en contra de los menores que desconoce el derecho a la dignidad humana. De esa forma, la libertad de cátedra de los profesores dentro de la cual se encuentra el deber de corrección, encuentra límites muy precisos, como lo son los derechos fundamentales de los niños y niñas". 

Tomada de: El Tiempo