lunes, 21 de mayo de 2018

CONSEJO DE ESTADO RECHAZÓ DEMANDA CONTRA CANDIDATURA DE GUSTAVO PETRO



el Magistrado Alberto Yepes de la Sección Quinta del Consejo de Estado, rechazó la demanda presentada por un ciudadano contra la candidatura presidencial de Gustavo Petro.

El demandante pretendía evitar que el candidato pudiera participar en los comicios del 27 de mayo de 2018, pues argumentaba, que se encontraba incurso en una inhabilidad, por las conductas que cometió cuando era militante del movimiento M-19 y que según él, no le habían sido amnistiadas, ni indultadas. Sin embargo, el doctor Yepes rechazó la demanda, pues desde la perspectiva electoral, la inscripción de un candidato no es susceptible de control judicial, por no ser un acto definitivo.

En consecuencia, el Magistrado Yepes Barreiro, explicó que no era posible presentar demanda contra la inscripción del candidato, debido a que los reproches respecto a sus calidades para ejercer como Presidente de la República, únicamente, podrían ser estudiados por el juez electoral, solamente en el caso de que el candidato Gustavo Petro fuera declarado electo y contra su designación se presentara una demanda electoral; situaciones que no han ocurrido.
HIJOS DE CRIANZA GOZAN DE IGUALES DERECHOS: CORTE SUPREMA



No solo los hijos que comparten lazos de consanguinidad integran la familia, también la conforman los hijos de crianza y se les reconocen los mismos derechos patrimoniales que a los naturales.

La familia, según lo señaló la Corte Suprema de Justicia, “no solo se constituye por el vínculo biológico o jurídico, sino también a partir de las relaciones de hecho o de crianza, edificadas en la solidaridad, el amor, la protección, el respeto, en fin, en cada una de las manifestaciones inequívocas del significado ontológico de familia”.

A juicio de la Sala de Casación Civil, al no haber una única clase de familia, ni tampoco una forma exclusiva para constituirla, ésta no solo está compuesta por los padres, hijos, hermanos, abuelos y parientes cercanos, sino también por los hijos de crianza con quienes a pesar de no existir lazos de consanguinidad, sí se han generado relaciones de afecto y apoyo.

Por lo tanto, dado el reconocimiento jurisprudencial otorgado a las familias de crianza, se les reconocen derechos patrimoniales a quienes la integran.

Así lo precisó la Corte la Corte Suprema de Justicia, al tutelar los derechos al debido proceso, igualdad y acceso a la administración de justicia de una mujer que demanda ante la jurisdicción de familia que sean reconocidos como sus padres de crianza a quienes asumieron el rol de ser sus “verdaderos padres” desde que tenía tres años de edad y con quienes compartió lazos de afecto, solidaridad, protección y todo lo que un hijo requiere, “siendo -según argumenta- una verdadera hija, retribuyendo el amor brindado, y ahora cuidándolos en su vejez”.

Si bien la Sala, en el caso estudiado, no aduce que la pretensión de la demandante deba ser acogida por el juzgado contra el cual entabló la acción de tutela, al momento de dictar la sentencia, “sí destaca la existencia de múltiples decisiones judiciales que evidencian una situación sensible en el devenir humano, que por lo menos amerita dar curso a la demanda, con independencia de la resolución final”.
Nos permitimos publicar la columna de opinión de Daniel coronel periodista de la revista semana:



EL REPARTO

Hay nuevos indicios de que el sistema judicial colombiano actuó de manera corrupta para favorecer los intereses del empresario Carlos Mattos en su pleito contra la compañía automotriz Hyundai. El tema es especialmente sensible. Primero, porque desborda los límites de un proceso civil para entrar en el campo criminal. Y segundo, porque el actual fiscal general, Néstor Humberto Martínez, era el abogado de Carlos Mattos en algunos aspectos de este pleito que se desarrolló en varios despachos judiciales.

Esta semana, la Fiscalía anunció la captura del ingeniero Edwin Enrique Angulo Martínez. De acuerdo con el comunicado oficial, el ingeniero Angulo “sería el autor material de las supuestas anomalías detectadas en el caso Hyundai”.

En medio de las últimas festividades de Navidad y Año Nuevo, cuando tradicionalmente las noticias pasan desapercibidas, la Fiscalía informó que le imputaría cargos a tres funcionarios judiciales por “alterar el reparto de asignación de denuncias y demandas”.

Según el comunicado, los tres imputados son Dagoberto Rodríguez Niño, oficial mayor del Juzgado Sexto Civil del Circuito de Bogotá; Edwin Fabián Macías Castañeda, quien también ha sido funcionario de ese despacho judicial; y otro empleado de la rama llamado Wilmar Andrey Casas Mendoza.

Las “supuestas anomalías” de las que habla la Fiscalía consistirían en la manipulación del sistema que maneja –en teoría aleatoriamente– la asignación de los casos a los diferentes jueces. En el caso concreto del pleito de Carlos Mattos contra Hyundai Corporation lo que investigan es cómo fue alterado el sistema para que el caso fuera asignado al Juzgado Sexto Civil del Circuito.

Lo que pasó de ahí en adelante es muy llamativo y ha sido denunciado en esta misma columna. Los trámites que convenían a los intereses del señor Mattos transcurrían de manera sorprendentemente ágil y en cambio otros, que lo favorecían menos, iban a paso de tortuga. (vínculo: Sobre ruedas)

El martes 15 de marzo de 2016 fue radicada la demanda de la empresa de Mattos contra Hyundai por el abogado Juan Ignacio Gamboa. Al otro día el caso fue asignado al Juzgado Sexto Civil del Circuito de Bogotá, cuyo titular era el juez Reinaldo Huertas.

A pesar de la complejidad del proceso, al juez le bastaron dos días para estudiar y admitir la demanda. Así lo declaró en auto del viernes 18 de marzo.
Solo diez días hábiles después, el miércoles 6 de abril, el diligente juez Huertas decretó una medida cautelar que le ordenó a Hyundai vender sus carros en Colombia exclusivamente a través de la empresa del señor Carlos Mattos.

Las notificaciones marcharon a toda máquina, el 11 de abril estaba oficialmente informada la Superintendencia de Industria. Sin embargo, el juez –tan eficiente en otras cosas– olvidó la dirección de la demandada Hyundai y terminó enviando el oficio solo a Hyundai, Seúl, Corea, confiando en que la mala noticia les llegaría temprano o tarde.

Al otro día, el laborioso juez fue a Alciautos con una tula llena de plata y se compró un bello Mazda 3, color rojo místico con asientos de cuero, que pagó con plata en efectivo: casi 73 millones de pesos, un billete sobre otro.

Un raro ataque de prosperidad que no correspondía ni con su asignación oficial, ni con las cuantiosas deudas de más de 277 millones a cuyo pago tenía que destinar más de la mitad de su sueldo mensual.

Cuando esta columna contó los hechos, el juez, que no había querido hablar conmigo, le explicó a La W que a él le gustaba manejar su plata en efectivo: libras esterlinas, dólares y pesos.

A pesar de las evidencias y la explicación, al juez Reinaldo Huertas, a diferencia de sus subalternos, no le han imputado cargos.

La Fiscalía tampoco ha llamado a preguntarle por estos hechos al poderoso empresario Carlos Mattos, beneficiario directo de la decisión del juez, y quien tuvo al hoy fiscal Néstor Humberto Martínez como uno de sus abogados en el pleito contra Hyundai.

Tomada de: Semana
PROTECCIÓN DE DERECHOS DE MUJER Y EQUIDAD DE GÉNERO, AÚN A MEDIAS



La Personería de Bogotá determinó que no hay una implementación clara y actualización de la política pública para proteger los derechos de la mujer ni equidad de género en la ciudad y los mecanismos existentes tampoco se activan o funcionan adecuadamente.

En Colombia, entre 2014 y 2016, se registraron 2.211 feminicidios, de los cuales el 12,57% (278) ocurrieron en Bogotá. En el Distrito, en esos años, por violencia intrafamiliar se presentaron 31.063 casos. En violencia sexual se registran unos 3.000 delitos por año, el 85% de las víctimas son mujeres, siendo las niñas de 0 y 17 años las de mayor riesgo.

Pese a este panorama las mesas de trabajo interinstitucional realizadas por el Ministerio Público Distrital para conocer y analizar las rutas de atención para las mujeres víctimas de violencias evidenciaron el desconocimiento de la oferta institucional. Tampoco existe claridad sobre los espacios intersectoriales de coordinación y articulación de los diferentes actores del tema de violencia contra las mujeres.

Todo a medias

Las directivas de entidades que son parte del Sistema Distrital de Protección para Mujeres Víctimas de Violencia (SOFIA) no acuden y delegan en funcionarios sin poder decisorio. Se debe realizar la difusión de rutas de atención de violencia contra las mujeres, a través de la instalación del botón de enlace en las páginas web de las entidades, sin embargo, se comprobó de 74 entidades sólo 29 lo incluyeron en sus sitios web. Además, no se trata de rutas sino de portafolios de servicios.

Las Comisarías de Familia que funcionan en horario nocturno y los fines de semana no cuentan con los equipos interdisciplinarios completos, además, por la falta de personal y recursos logísticos no realizan el seguimiento oportuno y eficaz a las medidas de protección.

Las mujeres alojadas en las Casas Refugio, una vez terminan el proceso de acogida al no contar, en su mayoría, con redes de apoyo social o familiar, no se les puede hacer seguimiento al sistema de vulnerabilidad. La atención prestada por las profesionales se realiza sin enfoque diferencial y de género, y no se aplica ningún instrumento que permita a las profesionales valorar el riesgo de las mujeres víctimas del conflicto armado.

En el Consejo Distrital de Política Social, durante los años 2016 y 2017, no se trató el tema de violencia contra las mujeres ni se rindió informes sobre el Plan de Igualdad y Oportunidad para la Equidad de Género (PIOEG) en ninguna de las sesiones convocadas.

No hay una ruta clara de empleabilidad y emprendimiento que garanticen el acceso real a oportunidades laborales para las mujeres víctimas de violencia.

El Sistema de Alertas de la Secretaría de Educación para disminuir la violencia contra las mujeres menores de 18 años no opera adecuadamente. No hay medidas de la Secretaría para lograr que los docentes alimenten oportunamente el sistema.

Los Consejos Locales de Seguridad de Mujeres no se reunieron las cuatro veces al año que establece la norma, durante el 2016. Se presentaron dificultades para registrar el estado del presupuesto sensible al género en cada una de las 20 localidades, por falta de un instrumento que permita recolectar y evidenciar dicha información. Los registros muestran que los avances no son suficientes en los derechos fundamentales.

*Vida y violencia

Entre 2014 y 2016, hubo 278 homicidios de mujeres en Bogotá, que representa el 12,57% de los ocurridos en el país. El 85% de las víctimas de violencia sexual son mujeres.

*La paz y la convivencia 

Hasta el primer trimestre de 2018, el Registro Único de Víctimas identificó en el Distrito 351.870 personas afectadas por el conflicto armado, de ellas, 179.315 mujeres.

*Salud

En 2014, el 94,7% de las mujeres se encontraban afiliadas al sistema de salud. El 74,1% de las afiliadas están adscritas al régimen contributivo, el 23,1% al régimen subsidiado. Sin embargo, el acceso a los servicios de salud se encuentra muy limitado. El 58% de la población femenina mayor de 40 años no se había practicado una mamografía, y el 82% de las mujeres mayores de 15 años no se habían practicado exámenes de detección de VIH.

*Trabajo

Las localidades en las que las mujeres participan en menor medida en el mercado laboral son Puente Aranda con 50,6% y Kennedy con 52,3%, y donde más participan es en Chapinero 59,8% y Suba 58,56%. Para el 2017, la participación de las mujeres en el campo laboral es del 54,4%, en comparación con el 74,6% que registra el DANE para los hombres.

*Hábitat y vivienda digna

En el 2014, de 2.437.996 hogares, el 38,1% tiene jefatura femenina. De estos hogares el 42,4% tiene una vivienda propia pagada, el 6,9% aún la están pagando y el 45,2% en arriendo, subarriendo o leasing. Además, el 70,7% de los hogares con jefatura femenina se encuentran en lugares considerados inseguros como Rafael Uribe Uribe y Usme.

*Cultura y comunicación

La encuesta Bienal de Culturas 2015 indica que el 41,5% de las mujeres no tienen acceso a internet en sus hogares, el 64,7% no tiene acceso a internet en su lugar de trabajo o estudio, el 81% no tiene habilidades de hablar, leer o escribir bien otro idioma diferente al español.

*Educación 

En los títulos de educación superior se mantienen los roles de género, predominando las mujeres en las áreas de ciencias de la salud (76% de los títulos otorgados), ciencias de la educación (70%), economía, administración, contaduría y afines (61%). 

*Participación y representación

La cuota de género en corporaciones públicas no cumple lo establecido en la ley, pese a que el porcentaje del 41,2% para la Cámara de Representantes en 2015-2018 ha sido el más alto. En el Concejo de Bogotá de 45 escaños, se eligen entre 8 a 10 concejalas, de 20 localidades sólo seis son alcaldesas y de las JAL el 22% son mujeres.
EL EXTRADITADO POR ERROR QUE LLEVA 15 AÑOS ESPERANDO REPARACIÓN



El 28 de mayo del 2003, el nombre de Nelson Vargas Rueda apareció en titulares de noticias como el primer integrante de las Farc extraditado a Estados Unidos.

Hoy, 15 años después, el Consejo de Estado estudia una demanda en la que le reconocería una indemnización por los cuatro años y medio que estuvo detenido injustamente, pues la justicia estadounidense encontró que el hombre detenido y llevado ante una corte del distrito de Columbia no era realmente el guerrillero conocido con el alias de Marrano.

Vargas fue señalado por un ciudadano argentino que vivía en Saravena, Arauca, de ser el guerrillero responsable del secuestro y homicidio de los indigenistas estadounidenses Terence Freitas, Ingrid Washinawatok y Laheenae Gay en febrero de 1999, cuando realizaban un trabajo con la comunidad u’wa de ese departamento.

Un año después, Vargas, quien se dedicaba al comercio de plátano, fue detenido y acusado por supuestamente estar detrás del crimen y ser uno de los hombres más cercanos al jefe guerrillero del frente 10 de las Farc, ‘Grannobles’, quien dio la orden para matar a Freitas, Washinawatok y Gay.

El proceso judicial empezó en marzo del año 2000, cuando fue presentado ante un juez de Arauca por los delitos de rebelión, secuestro extorsivo y hurto calificado agravado. El 8 de mayo del 2003, después del aval de la Corte, y el Ministerio del Interior y de Justicia, el entonces presidente Álvaro Uribe Vélez firmó la extradición para que Vargas compareciera en el país norteamericano por los delitos de concierto para cometer homicidio, ayuda y facilitamiento de un acto delictivo, como decía el indictment. 

Los hechos por los que fue acusado Vargas le valieron que un juez de Miami pidiera la pena de muerte, pese a que el tratado entre Colombia y Estados Unidos impide que los ciudadanos extraditados sean sometidos a ese castigo. 

Luego de 13 meses de juicio, la Corte de Columbia lo absolvió pues no encontró pruebas de que fuera el guerrillero; de hecho la única evidencia en su contra era el testimonio de Leonardo José Rodríguez, cuya esposa había tenido una relación sentimental con Vargas.

Ese mismo sustento quedó consignado en el fallo que expidió en el 2005 el juzgado colombiano. “Esta judicatura entra a valorar entonces el testimonio de Leonardo Rodríguez Calderón, el cual apunta a que este fue producto de los celos que en ese momento sentía al ver que la mujer que era su esposa hasta hacía muy poco, ya no hacía parte de su vida, por lo que al tener el altercado con su excompañera, momentos después es que decide acudir ante las autoridades a hacer imputaciones directas en contra de Vargas Rueda, su interés en este caso no era el de colaborar con la justicia sino de provocar un daño al acá acusado”, se lee en la decisión.

Incluso en el expediente están consignados informes de las autoridades con testimonios de los exguerrilleros Wellington Moreno Castaño y Adonais Acero Liones que dijeron entonces que Nelson Vargas no era el ‘Marrano’, que ni siquiera se parecía físicamente y que de hecho el nombre del guerrillero era Gildardo González.

Su familia se movilizó durante ese tiempo para probar su inocencia recogiendo firmas, invitando a declarar a los habitantes de El Botalón (Tame), donde residía, y a los proveedores de su negocio de plátano, pero el proceso siguió adelante.

Lo más grave, es que mientras Vargas estuvo detenido en la cárcel Modelo de Bogotá, a donde fue trasladado primero –y luego a La Picota y a Cómbita por su supuesta peligrosidad– perdió la pierna derecha.

En medio de los tiroteos y revueltas que experimentó la Modelo entre los años 1998 y el 2001 y en el que se calcula murieron y desaparecieron más de 100 personas Vargas recibió un disparo. El día que sucedió la revuelta estuvo durante tres horas sin atención médica, y tras 20 días hospitalizado y con un diagnóstico de gangrena le amputaron la pierna.

Por la omisión de protección que sufrió Vargas mientras estuvo detenido, ya ganó una demanda de reparación directa y recibió una indemnización por esos hechos; sin embargo, hoy espera que el Estado lo repare por los cuatro años y medio que estuvo preso, de hecho desde el año pasado el proceso está en un despacho del Consejo de Estado listo para fallo, pero la Corte no se pronuncia.

El 10 de mayo del 2008, el Ejército reportó la muerte del verdadero ‘Marrano’ en un combate ocurrido entre las poblaciones de La Tunia y El Recreo, en límites de los departamentos de Meta y Caquetá.

En la ropa del guerrillero encontraron dos cédulas, una colombiana a nombre de Carlos Julio Ávila y otra venezolana con el número 80448717.

Tomada de: El tiempo
¿EL MAGISTRADO ALBERTO ROJAS SE VA O SE QUEDA?



la permanencia del magistrado Alberto Rojas Ríos en la Corte Constitucional ha sido una batalla de años que este jueves llegará a su fin. Desde su elección, en abril de 2013, los vericuetos legales del asunto le han significado una salida temporal y luego, gracias a otro recurso, la restitución de su silla. No es un tema menor, pues ese tribunal, guardián de la Carta Política, decide los temas más sensibles para el país, como la normatividad que debe darle soporte legal al proceso de paz.

El Congreso escogió a Rojas de terna formulada por el Consejo de Estado, y su elección prosperó en medio de múltiples controversias. Hubo desde acusaciones de evasión de impuestos hasta descalificaciones porque supuestamente era ficha incondicional de poderosos contratistas y del gobierno. Rojas logró sortear el viento en contra y entró a reemplazar al magistrado Humberto Sierra Porto.

Pero cuando apenas llevaba un año en el puesto, la Sección Quinta del Consejo de Estado declaró nula su designación con el argumento de que la terna violaba el reglamento de ese tribunal. Como consecuencia se produjo la súbita salida de Rojas de la corte, pero contraatacó de inmediato. Y para sorpresa de todos, la Sección Segunda del Consejo de Estado falló a su favor una tutela en mayo de 2015, con lo que revocó la decisión anterior. Rojas logró ponerse de nuevo la toga, pero la restitución fue luego controvertida ante la Corte Constitucional. Por eso, sus compañeros magistrados dirán la última palabra.

Hace un par de semanas, los siete magistrados habilitados para el asunto discutieron el caso de Rojas. Las fuerzas están decantadas así: la magistrada Gloria Stella Ortiz presentó una ponencia que favorece los argumentos del fallo que sacó a Rojas, y con ella se alinearon dos magistrados, Luis Guillermo Guerrero y Carlos Bernal. Del otro lado –convencidos de que Rojas debe continuar– están cuatro togados: Antonio José Lizarazo, Cristina Pardo, Alejandro Linares, José Fernando Reyes. La magistrada Diana Fajardo no participa porque está impedida, y por razones obvias también lo está Rojas.

Para que haya una decisión se requieren mínimo cinco votos, y por eso la corte tuvo que acudir a dos conjueces. Se trata de la decana de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, Catalina Botero, y el investigador Juan Ramón Martínez. Ellos, al sumarse a alguna de las fuerzas, decidirán la suerte de Rojas.

Varias personas conocedoras del mundillo judicial pronostican que el conjuez Martínez votará con el grupo que respalda la permanencia de Rojas. De ser así, este sector alcanzaría los cinco votos decisorios. De Botero se sabe que desde hace dos semanas está estudiando no solo la ponencia, sino todo el expediente. El próximo jueves será el día decisivo, y hasta que no haya los cinco votos, nada está definido. Por eso, en el gobierno, en la justicia especial para la paz (JEP), en círculos académicos y en un sector de la propia corte, preocupa que una eventual salida de Rojas pueda significar una mayor dificultad para la aprobación de las leyes y demás instrumentos necesarios para reglamentar el acuerdo de paz. En varios momentos el voto del magistrado Rojas ha definido esos asuntos. Si ese voto seguro se enreda, le surgiría otro lío a la ya muy complicada agenda de la paz en la corte.

Por eso, más de uno, empezando por el propio magistrado en vilo, cuenta las horas que faltan para que la corte defina el caso. De momento, el pronóstico parece halagüeño para Rojas –a quien le faltan tres años para concluir su periodo–. Pero en los días restantes cualquier sobresalto podría reacomodar las fuerzas. El magistrado ha liderado casos

– para unos, valientes y para otros, cuestionables– como los de Cerro Matoso, Santurbán, las madres comunitarias y Fidupetrol. Por donde menos se piense, puede saltar la liebre. Si algo caracteriza al caso Rojas, es que las sorpresas han abundado.

Tomada de: Semana