SUSPENDEN EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO EN CONCURSO DE LA PROCURADURÍA
El Consejo de Estado le ordenó a la Procuraduría General de la Nación que se abstenga de realizar la evaluación del desempeño laboral a quienes participaron y ganaron el concurso para proveer cargos en esa entidad y se encuentran en periodo de prueba.
La decisión fue adoptada por la Sección Segunda, Subsección A, con ponencia del magistrado Gabriel Valbuena Hernández, al resolver la solicitud de medida cautelar presentada por un particular, la cual pretendía suspender el proceso de calificación o evaluación de desempeño de las personas que pasaron el concurso para proveer los cargos de carrera de procuradores judiciales I y II.
Según el demandante, en la actualidad no existe una reglamentación en la entidad que establezca cuáles son los aspectos que deben ser calificados, cuál debe ser el método de evaluación y con cuáles recursos cuentan las personas para controvertir la calificación que se le dé al desempeño de sus funciones.
La Sala estudió el caso y encontró procedente suspender la evaluación de desempeño laboral mientras se falla de fondo la demanda de nulidad que cursa contra la Resolución 040 de 2015, que reglamentó la convocatoria del proceso de selección para proveer cargos de carrera de procuradores judiciales.
El auto de la decisión explica que si no se decreta la medida cautelar y posteriormente se declara la nulidad de dicha resolución, las personas que hayan superado la evaluación e ingresen al sistema de carrera administrativa no podrían verse afectados con la decisión porque ya tendrían consolidada su situación jurídica.
"Está situación pone en evidencia la necesidad de suspender dicho trámite administrativo (evaluación del desempeño laboral) a fin de conjurar la situación expuesta y asegurar el cumplimiento de la sentencia", indica el auto de decisión.
En los próximos días la Corporación se pronunciará sobre la acumulación de todas las demandas que cursan en distintos despachos contra la Resolución 040 de 2015, para luego definir fecha y hora de la audiencia inicial. Cabe precisar que esta decisión no afecta la continuidad de las personas que están en proceso de calificación de su desempeño laboral.
La decisión fue adoptada por la Sección Segunda, Subsección A, con ponencia del magistrado Gabriel Valbuena Hernández, al resolver la solicitud de medida cautelar presentada por un particular, la cual pretendía suspender el proceso de calificación o evaluación de desempeño de las personas que pasaron el concurso para proveer los cargos de carrera de procuradores judiciales I y II.
Según el demandante, en la actualidad no existe una reglamentación en la entidad que establezca cuáles son los aspectos que deben ser calificados, cuál debe ser el método de evaluación y con cuáles recursos cuentan las personas para controvertir la calificación que se le dé al desempeño de sus funciones.
La Sala estudió el caso y encontró procedente suspender la evaluación de desempeño laboral mientras se falla de fondo la demanda de nulidad que cursa contra la Resolución 040 de 2015, que reglamentó la convocatoria del proceso de selección para proveer cargos de carrera de procuradores judiciales.
El auto de la decisión explica que si no se decreta la medida cautelar y posteriormente se declara la nulidad de dicha resolución, las personas que hayan superado la evaluación e ingresen al sistema de carrera administrativa no podrían verse afectados con la decisión porque ya tendrían consolidada su situación jurídica.
"Está situación pone en evidencia la necesidad de suspender dicho trámite administrativo (evaluación del desempeño laboral) a fin de conjurar la situación expuesta y asegurar el cumplimiento de la sentencia", indica el auto de decisión.
En los próximos días la Corporación se pronunciará sobre la acumulación de todas las demandas que cursan en distintos despachos contra la Resolución 040 de 2015, para luego definir fecha y hora de la audiencia inicial. Cabe precisar que esta decisión no afecta la continuidad de las personas que están en proceso de calificación de su desempeño laboral.