sábado, 7 de julio de 2018

HIEREN EN ATENTADO A BALA A JUEZ PENAL MUNICIPAL DE CONTROL DE GARANTÍAS


De acuerdo con las autoridades, el Juez penal municipal con funciones de control de garantías, Maicken Tapia Rodríguez, fue víctima de un atentado a bala.

El togado, adscrito al Circuito judicial de Barranquilla, había salido de una audiencia y cuando llegaba a su residencia, a la entrada de Puerto Colombia, le dispararon en varias ocasiones.

Una fuente de la Policía Judicial informó que el togado afortunadamente solamente fue rozado por un proyectil, en su brazo.

El servidor público del poder judicial se encuentra en observación en la Clínica Porto Azul, a donde fue remitido. Su estado es estable.

Tomada de: Zonacero 
​EX INTEGRANTES DEL SECRETARIADO Y ESTADO MAYOR DE LA FARC-EP COMPARECERÁN ANTE LA JEP


La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) convocó a diligencia de inicio de la etapa de reconocimiento de verdad, de responsabilidad y determinación de los hechos y conductas a los ex integrantes del Secretariado de las FARC-EP y del Estado Mayor Central de esa organización.Se inicia etapa de reconocimiento de verdad, de responsabilidad y determinación de los hechos y conductas con base en el informe No. 2 denominado "Retención ilegal de personas por parte de la Farc-EP", que entregó la Fiscalía General de la Nación a la JEP. 

-  AUTO 002
En el auto No.002 de 2018, la Sala de Reconocimiento decide avocar el conocimiento del Caso No. 001 con base en el informe No. 2 denominado "Retención ilegal de personas por parte de la Farc-EP", que recientemente entregó la Fiscalía General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz.   

- AUTO 003
Corrección del numeral 22, del inciso 3 de la orden segunda del Auto 002 de 2018, por medio del cual se avocó conocimiento del Caso No.001, a partir del Informe No.2 presentado por la Fiscalía General de la Nación, denominado "Retención ilegal de personas por parte de las Farc-EP".
LAS RAZONES DE LA CORTE PARA AVALAR LOS BENEFICIOS PARA MILITARES EN LA JEP


El decreto 706 de 2017 que permite que los militares que se sometan a JEP puedan quedar en libertad o que se suspendan las órdenes de captura recibió el visto bueno de la Corte Constitucional porque se trata de “medidas de naturaleza judicial”.

El tribunal tuvo en cuenta que los beneficios no tienen las condición de “autoamnistías”, es decir, no son una medida política “que se adoptan en contextos en los que no hay deliberación ni control político”; que no generan un marco de impunidad; que no se aplican de “manera incondicionada para encubrir a los victimarios de violaciones a los derechos humanos” y no impiden al acceso a la verdad.

Por el contrario, asegura, se trata de “un instrumento judicial transicional que opera a través del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición en el que lejos de consagrar un marco de impunidad, se propende por la reconstrucción de los hechos y la recuperación de la memoria histórica para develar la verdad y, a partir de ello, juzgar a los responsables de violaciones a los derechos humanos”.

Además, señala que se establece una relación de analogía “entre el tratamiento otorgado al grupo armado al margen de la ley FARC EP y los miembros de la Fuerza Pública, cuya aplicación está supeditada a un régimen de condicionalidades en el que bajo un acta de compromiso los beneficios pueden llegar a revocarse”.

Y agrega: “se trata de beneficios accesorios que versan sobre las medidas de aseguramiento y no sobre el proceso penal como tal, los cuales dependen en todo momento de la contribución efectiva a la verdad, la cual persigue fines constitucionales legítimos propios de un sistema de justicia transicional cuya finalidad principal reside en asegurar los derechos de las víctimas”.

Tomada de: Caracol