lunes, 19 de febrero de 2018

NEUTRALIZAN A PRESUNTO CABECILLA DEL CLAN DEL GOLFO EN ANTIOQUIA


Unidades de la Policía neutralizaron en las últimas horas, en el municipio de Tarazá (Antioquia), a Donaldo Antonio Mercado González, alias Polocho o el Viejo, presunto cabecilla del Clan del Golfo en el bajo Cauca antioqueño.

Alias Polocho o el Viejo, desmovilizado del Bloque Catatumbo de las AUC, comenzó su trayectoria criminal como guerrillero del EPL, luego ingresó a grupos paramilitares, abandonó los beneficios de la Ley de Justicia y Paz y pasó a la organizacion criminal de Don Mario, hoy Clan del Golfo.

Contra Mercado González había una circular Roja de Interpol, tenía cinco órdenes de captura vigentes y una sentencia condenatoria por el asesinato de un investigador del CTI de la Fiscalía y la masacre de 4 personas en Bolombolo (Antioquia).

Tomada de: RCN 
´PABLO ESCOBAR ECUATORIANO´ NO SERÁ EXTRADITADO


Gundisalvo Rodríguez abogado de la defensa de Edison Washington Prado Álava alias ´Pablo Escobar ecuatoriano´, le informo a el periódico El Jurista que información publicada en días pasados por algunos medios de comunicación en la cual se expone la firma del presidente Juan Manuel Santos aprobando la extradición del ciudadano ecuatoriano es falsa.

Lo cual lo ratifica con el comunicado enviado por parte del Ministerio de Justicia oficina Asuntos Internaciones en la cual le solicitan a su defensa acercarse para realizar la notificación personal.

“El presidente ni nadie ha firmado alguna resolución de extradición de mi defendido, es más lo que si les puedo adelantar en este momento es que tenemos un pronunciamiento de las Naciones Unidas referente al proceso de paz en el cual esta involucrado el ciudadano ecuatoriano” afirmo la defensa.
CAMBIOS EN CÚPULA DE LA POLICÍA EN MEDIO DE ESCÁNDALO POR ACOSO


En medio de un fuerte llamado de atención en el que acentuó el tema del respeto a la mujer y al buen trato a los subalternos, durante la cumbre de comandantes de la Policía Nacional que se realizó el pasado sábado, fuentes le confirmaron que el director de la Institución, general Jorge Hernando Nieto, notificó al grupo de oficiales los cambios en la cúpula y en direcciones.

Como director de la Inspección General nombró al general Carlos Enrique Rodríguez González.

Sin embargo, unas horas después hubo un cambió al respecto, debido a que el general Rodríguez –el único oficial activo de la Policía investigado por el asesinato de Luis Carlos Galán, por una posible desviación de la investigación– renunció a su nuevo nombramiento.

De inmediato, el general Nieto nombró en la inspección al mayor general Óscar Atehortúa Duque, quien viene de ser el director de Sanidad y a quien en el remezón se le había encomendado la Dirección de Talento Humano. La Dirección de la Policía explicó que el nombramiento del general Rodríguez González se había dado respetando su presunción de inocencia y tras valorar su hoja de vida.

De la Dirección Antinarcóticos fue responsabilizado el general Fabián Laurence Cárdenas Leonel, y en la Dirección de Sanidad, el general Henry Armando Sanabria Cely.

Para Bienestar Social enviaron al general, sacerdote Silverio Ernesto Suárez Hernández. En la Escuela de Cadetes de Policía General Santander, la brigadier general Juliette Giomar Kure Parra, la primera mujer en asumir este cargo.

En la Región Dos de la Policía estará el general Norberto Mujica Jaime. Y en la Oficina de Planeación, el general Ramiro Alberto Riveros Arévalo.

El nuevo comandante de la Policía Metropolitana de Tunja será el coronel Carlos Fernando Triana Beltrán, y en la Metropolitana de Neiva estará el coronel Nelson Quiñones Manchola. A la Policía de Magdalena llega el coronel Fáber Dávila Giraldo y al Cauca, el coronel Fabio Alexánder Rojas García.En la Policía del Atlántico fue designado el coronel Henry Orlando Jiménez y en Bolívar, el coronel Guillén Alexánder Amaya Olmos.

Tomada de: El tiempo
JUAN GUILLERMO VILLEGAS NEGÓ QUE HAYA MANIPULADO TESTIGOS


Juan Guillermo Villegas negó haber participado en un supuesto plan para manipular testigos contra el senador Iván Cepeda.

Villegas, según la Corte Suprema de Justicia, habría intervenido testigos para involucrar al senador Iván Cepeda en la conformación de un supuesto cartel de falsos testigos para que declararán en contra del ex presidente Álvaro Uribe sobre la creación de grupos paramilitares en Antioquia.

“Las llamadas mencionadas en procedencias, más las que se citarán enseguida, dejan al descubierto que Juan Guillermo Villegas Uribe, y otros, han intervenido testigos para involucrar al doctor Iván Cepeda en la conformación de un supuesto cartel de falsos testigos, cuando lo que parece ocurrir es lo contrario”, dice la Corte.

Frente a estos señalamientos Villegas respondió a Caracol Radio "Es que simplemente yo he estado ahí como telefonista, digámoslo así. Yo en ningún momento estoy en ningún delito frente a esos fallos que la Corte ha anunciado".

Es de anotar que por este caso el Supremo ordenó que se investigue al senador Álvaro Uribe por la supuesta manipulación de falsos testigos.

Tomada de: Caracol

“MIENTRAS NO HAYA NEGOCIACIÓN CON EL ELN, ELLOS TIENEN CUENTAS CON LA JUSTICIA”: MINDEFENSA


El ministro Villegas recalcó que el despliegue operativo y táctico de las Fuerzas Militares y de Policía, así como el uso de sus herramientas de investigación e inteligencia han dejado exitosos resultados contra el Eln.

“Todo lo que en Colombia es importante para el Eln ha sido dado de baja, detenido o tiene una operación vigente, la más reciente contra alias ‘Tista’, presuntamente vinculado con el Frente Urbano de Guerra Nacional, además, presuntamente vinculado con el atentado de hace un año en La Macarena (Bogotá) que dejó policías muertos. Además, este sujeto que presuntamente tuvo que ver con la bomba de Barranquilla no estaba en el radar de la opinión pública pero representaba una gran amenaza”.

De igual manera recordó que en las últimas semanas fue detenido cuando entraba a Bogotá, el jefe del Frente de Guerra Central del Eln; se refirió a la neutralización del jefe del Batallón Héroes y Mártires, a la muerte en una operación militar del líder de las ‘fuerzas especiales del Eln’, entre otros.

“Tenemos una lista parcial con 114 integrantes de esa guerrilla neutralizados en lo que va del año 2018. Eso representa el 8 por ciento de su fuerza armada”, sostuvo.

Sobre la reunión con el ministro de Defensa de Venezuela, general Vladimir Padrino, afirmó que fue él quien propuso este encuentro para tratar estos asuntos de seguridad y “hacer intercambios de información” de la situación del Eln.

“Lo que estamos pidiendo de las autoridades venezolanas es acción, para impedir que el Eln esté en esa movilidad de planear y ejecutar desde territorio venezolano, acciones en nuestro país. Eso es una obvia condición de la vecindad”, afirmó Villegas.

Fue enfático en reiterar que “mientras no haya una negociación con el Eln, esas personas tienen cuentas pendientes con la justicia, y que aquellos a quienes se les suspendieron las órdenes de captura, tienen una labor que hacer en la negociación, y si esa negociación no avanza esas órdenes reviven o se expiden nuevas, como hizo la Fiscalía General de la Nación”.
CORTE CONSTITUCIONAL PROTEGE EL DERECHO A LA UNIDAD FAMILIAR DE UN PRESO EN HONG KONG


Cuando Iván Darío Gutiérrez Rojas llegó al aeropuerto de Hong Kong el 26 de junio de 2012, la policía lo detuvo y encontró en su maleta 600 gramos de cocaína. Desde ese día, el padre de familia de dos menores de edad se encuentra recluído en una cárcel a miles de kilómetros de su familia, cumpliendo una pena de 14 años de prisión. En noviembre de 2013, Gutiérrez emprendió una pelea judicial para regresar a Colombia a cumplir su pena. Pesa a que tenía la aprobación del gobierno chino para ser repatriado, las autoridades colombianas no aceptaron su petición. 

Sin embargo, la Corte Constitucional por fin escuchó su petición y en sentencia de 77 páginas, el alto tribunal consignó lo que se puede considerar como un precedente judicial en materia de repatriación de colombianos condenados en el exterior. La sala cuarta de revisión de tutelas de la Corte, compuesta por los magistrados Diana Fajardo, Carlos Bernal (quien salvó su voto) y Alberto Rojas, este último como ponente de la decisión, estudiaron el caso de Iván Darío Gutiérrez y concluyeron que el Ministerio de Justicia, la entidad que se encarga de estos casos, debe tener en cuenta la unidad familiar y los derechos de los niños a la hora de aprobar o negar la repatriación de un connacional condenado por fuera del país.

En este caso, Iván Darío Gutiérrez, después de pedirle al Ministerio de Justicia que aprobara su regreso al país y recibir durante más de tres años las negativas del gobierno para hacerlo, decidió darle poder a la Defensoría del Pueblo para que le ayudaran. Fue así como a su nombre y en el de sus dos hijos menores de edad, un defensor público presentó una tutela en contra del Ministerio de Justicia, el Inpec, la Comisión Intersectorial para el Estudio de las Solicitudes de Repatriación de Presos, el Consulado de Colombia en Hong Kong, el Ministerio de Relaciones Exteriores, entre otras.

En el recurso judicial, la Defensoría le pidió a la justicia que protegiera el derecho fundamental a la unidad familiar, la vida digna y al interés superior de los dos hijos de Iván Darío Gutiérrez. Como prueba de las afectaciones que ha vivido esta familia por cuenta de la condena que cumple Gutiérrez en Hong Kong, la Corte le pidió a la mamá de uno de los menores de edad que le explicara cuál era realmente su situación, y hasta revisó las redes sociales del otro de los niños involucrados en el caso.

La mujer, mamá de un niño de seis años, le relató al alto tribunal que desde que su pareja fue capturada en 2012, su familia cambió por completo. Ella, quien dependía económicamente de Gutiérrez, tuvo que conseguir trabajo para poder sostener a su hijo. “Conseguí trabajo en un restaurante de comida árabe en el barrio minuto de Dios en el turno de la noche el cual terminaba muy tarde en especial los fines de semana. La esposa del que era mi jefe en ese momento me hacía el favor de cuidar a mi hijo mientras yo trabajaba pero ella no podía todo el tiempo, aparte de eso mi angelito usa inhalador y me le estaba haciendo daño el frío de la noche”, relató la mujer.

Por la salud de su hijo, renunció al restaurante. “Al verme sin trabajo tomé la decisión de viajar para Aruba (que es donde me encuentro actualmente) en busca de nuevas y mejores oportunidades económicas. Fue muy difícil tener que viajar sola sin mi bebé teniendo que dejarlo al cuidado de mi mama. (…) Desde la partida de Iván Darío siempre he estado orando a Dios y conservando la esperanza que regrese pronto porque sus hijos y yo lo necesitamos tener cerca para volver a ser una familia”, le contó al alto tribunal.

El caso de esta familia llegó a la Corte Constitucional el 17 de abril de 2017 y los magistrados le llamaron la atención al Ministerio de Justicia y a la Comisión Intersectorial para el Estudio de las Solicitudes de Repatriación de Presos. En su decisión del pasado 4 de agosto, el alto tribunal le explicó a la cartera ministerial que, para decidir sobre la repatriación de colombianos en el exterior, no se puede limitar a cumplir con los criterios humanitarios que tradicionalmente han tenido en cuenta.

Según los documentos que estudió la corte, las repatriaciones se realizan cuando el preso o uno de sus familiares padece una enfermedad grave, si el condenado se encuentra en estado de invalidez o tiene más de 65 años. Para los magistrados, estos requisitos son discrecionales y relativos “porque tal y como lo ha sostenido esta corporación, no pueden existir facultades discrecionales y absolutas en un Estado de Derecho”.

“Para la sala resulta desproporcionado que las entidades accionadas recomienden y resuelvan las solicitudes de repatriación con base en una discrecionalidad absoluta, siguiendo la aplicación irrestricta de unos criterios humanitarios (enfermedad grave, invalidez y vejez), sin discernir sobre otros argumentos -razonables y proporcionales- que también son susceptibles de proteger los derechos constitucionales fundamentales”, dice la sentencia de la Corte Constitucional, haciendo referencia al derecho y especial protección que tienen los niños a tener una vida digna y una familia.

De acuerdo con lo planteado por el alto tribunal, el derecho de los dos hijos de Iván Darío Gutiérrez a estar rodeados de su familia debe estar por encima de cualquier otro derecho que en este caso se pudiera considerar. “En el caso concreto existe una clara afectación al derecho fundamental a la unidad familiar, así como al principio de interés superior de los menores Luis y María*, el cual prevalece sobre todo lo demás, visto que a sus 7 años de edad, pese a requerir inhalador no cuenta con el cuidado, amor y afecto directo de sus padres, al encontrarse su padre en una cárcel en Hong Kong y su madre en Aruba”, dice la Corte en su sentencia.

Además de ordenarle a la Comisión Intersectorial para el Estudio de las Solicitudes de Repatriación de Presos que emita un nuevo concepto al Ministerio de Justicia, le advirtió al director del Inpec que, si se llega a aprobar la repatriación, Iván Darío Gutiérrez debe ser recluido en una cárcel que esté cercana a sus hijos. Pero además, la Corte Constitucional en su sentencia le recordó a todos los jueces y autoridades del país su responsabilidad a la hora de proteger a las familias colombianas que se pueden ver afectadas cuando uno de sus miembros se encuentra privado de la libertad. Son ellos, dice el alto tribunal, quienes deben proteger a la familia.

*Nombres cambiados por protección a los niños involucrados en el caso.

Tomada de: El Espectador
INVESTIGACIÓN CONTRA URIBE ENREDA A SU HERMANO Y A LUIS ALFREDO RAMOS


Miles de llamadas, decenas de testimonios y documentos hacen parte de las pruebas recaudadas en el expediente con el que la Corte Suprema de Justicia archivó una denuncia que el expresidente Álvaro Uribe hizo en el 2012 contra el senador Iván Cepeda, señalándolo de crear un “cartel de falsos testigos” para supuestamente vincularlo con paramilitares.

En la decisión, la Corte determinó que Cepeda no manipuló las declaraciones de Juan Guillermo Monsalve y Pablo Hernán Sierra, y que los testimonios que obtuvo de esos exparamilitares, en los que señalan a los Uribe Vélez de conformar supuestamente el Bloque Metro en la finca Guacharacas (Antioquia), de su propiedad, fueron obtenidos en una labor legítima como integrante de la comisión de derechos humanos del Congreso. 

Pero las repercusiones del fallo de la Corte van más allá de la investigación que ese alto tribunal llevará contra Uribe por la presunta manipulación de testigos contra Cepeda, y que por primera vez podría tener un mayor avance que los casos que ha llevado la Comisión de Acusaciones o el mismo alto tribunal contra el expresidente. 

La Corte también trasladó las grabaciones y testimonios a tres investigaciones: los casos contra Uribe, su hermano Santiago Uribe y el exgobernador de Antioquia Luis Alfredo Ramos, quienes tienen procesos por presuntos vínculos con paramilitares. 

En el caso de Álvaro Uribe, la Corte recordó que desde diciembre del 2014 no hay ninguna decisión en el radicado 45.110 –proceso que, según fuentes, está en manos del magistrado Gustavo Malo, investigado por la Comisión de Acusación por el escándalo del ‘cartel de la toga’–. 

Por eso, el alto tribunal le ordenó a ese despacho rendir un informe para conocer en qué va la investigación de ese caso, iniciado por una denuncia de Jesús María Valle Jaramillo –asesinado en 1998–, en la cual denunció “las presuntas omisiones de la Gobernación de Antioquia en la masacre del corregimiento de La Granja en junio de 1996”. También por una denuncia de Iván Cepeda contra Uribe, en la cual adjuntó los testimonios de Sierra y Monsalve. 

El segundo caso en el que se compulsaron copias es en el de Santiago Uribe, quien tiene un proceso en el juzgado primero penal del Circuito Especializado de Antioquia por la supuesta creación del grupo de ‘los 12 Apóstoles’, por lo que se le sindicaron los delitos de concierto para delinquir y homicidio agravado. 

A ese proceso la Corte remitió las declaraciones del exparamilitar Alexánder Amaya Vargas, quien aseguró que nunca ha hablado con Iván Cepeda y que jamás le hizo comentarios al coronel Pedro Manuel Benavides para que supuestamente declarara en contra de Santiago Uribe sobre ‘los 12 Apóstoles’. 

Según le dijo Amaya a la Corte, nadie le hizo ofrecimientos para testificar en contra de los Uribe y, por el contrario, “él fue el primero en destapar en 1996 la conformación de esa agrupación y sus integrantes”. 

La Corte califica las declaraciones del coronel Benavides de “inconsistentes”, pues aseguró que se había enterado por el mayor Juan Carlos Meneses (testigo clave contra Santiago Uribe y condenado a 27 años por el homicidio del líder Camilo Barrientos) de la supuesta compra de testigos por parte de Cepeda. Para la Corte, sus afirmaciones no son creíbles porque Benavides asegura haberse enterado de esos ofrecimientos en el 2009, cuando Cepeda ni siquiera era senador.

El tercer caso enredado es el de Luis Alfredo Ramos, quien está libre pero tiene un proceso en el alto tribunal por supuestos vínculos con paramilitares.

El alto tribunal entrevistó a Carlos Enrique Areiza Arango, exparamilitar que testificó contra Ramos y luego se retractó. 

Tras esas diligencias, el alto tribunal ordenó investigar las conductas del Fiscal de la Unidad de Falsos Testigos y del juez 16 penal del Circuito de Medellín, por el “cuestionable preacuerdo con Areiza por el delito de falso testimonio”, en el cual se aceptó su retractación en lo dicho contra Ramos y por el que le dieron tres años de cárcel.

Areiza le dijo a la Corte que estaba en prisión domiciliaria por ese preacuerdo, pues supuestamente el fiscal “le propuso que si no aceptaba ese delito, le imputaba el de extorsión, por el que, al igual que el de falso testimonio, lo denunció la defensa de Ramos. Entonces terminó aceptándolo para preservar su vida y reiteró sus temores frente a su seguridad”, dijo la Corte y ordenó que se le brinde protección. 

Según la Corte, ese preacuerdo se basó en pruebas de manifestaciones de terceros y no en el contenido de las supuestas declaraciones falsas de Areiza. Y, en otra diligencia, Areiza le dijo a la Corte que sentía temor de declarar “porque venía siendo objeto de amenazas en la cárcel a raíz de su declaración contra Luis Alfredo Ramos”. 

La Corte también ordenó investigar la presunta falsedad en una carta que supuestamente Areiza envió a esa corporación y en la que decía que Cepeda le había hecho ofrecimientos a cambio de declarar contra Ramos y los Uribe. Según la Corte, el documento, que para la Fiscalía y el juez fue prueba de la retractación de Areiza, “no se dio en el juicio y bajo la gravedad de juramento” sino que llegó por un correo cuya autoría Areiza desmintió ante el alto tribunal.

Tomada de:El tiempo
SUPERTRANSPORTE ORDENA CIERRE Y MULTA A EMPRESA DUEÑA DE EMBARCACIÓN ACCIDENTADA EN GUATAPÉ EN 2017


El pasado 25 de junio de 2017 la embarcación ‘El Almirante’ se hundió en el embalse de Guatapé con 167 personas a bordo, nueve de ellas fallecieron y cerca de 20 resultaron heridas.

Según indicó en un comunicado la Superintendencia de Puertos y Transporte, declaró responsable a la empresa H.J Vallejo – Asobarcos Guatapé por el accidente.

“El fallo determinó que la embarcación no cumplía con las condiciones de seguridad exigidas por la normatividad vigente, luego de comprobar que la tripulación no se les suministró chalecos a todos los pasajeros que iban a bordo ni tampoco expidió los respectivos tiquetes de viaje, como obliga la norma”, señala la entidad.

Por tal motivo, la superintendencia en primera instancia ordenó el cierre de la empresa y le impuso una multa de 520 millones de pesos.

Señala también que, según el informe realizado por la Dirección General Marítima (Dimar), la embarcación no cumplía con las normas técnicas requeridas. 

“(…) lo que permite inferir que “(…) el siniestro ocurrido con “El Almirante” se debió a la pérdida de fuerza de boyancia ocasionada por la ruptura del sector de popa del pontón de babor y el desprendimiento del pontón de estribor (…)”, indicó. 

Tomada de: RCN