Desde las 6:00 p. m. de este sábado empezará a regir la ley seca, como medida para garantizar la normalidad del orden público durante la jornada electoral de la segunda vuelta presidencia del domingo.
La prohibición y restricción en la venta y consumo de bebidas embriagantes se extenderá hasta las 6:00 a. m. del próximo lunes 18 de junio.
“Las infracciones a lo dispuesto (…) serán objeto de medidas correctivas por los alcaldes e inspectores de policía y comandantes de estación, subestación o centro de atención inmediata de la Policía Nacional”, señala el artículo 17 del decreto 847 de 2018.
La norma también recuerda que están prohibidas las reuniones de carácter político en el espacio público. Estas solo podrán llevarse a cabo en recinto cerrados.
Igualmente, señala que no se podrán usar celulares, cámaras fotográficas o de video Enel interior de los puestos de votación durante la jornada (entre las 8 a .m y 4 p. m.), a excepción de los medios de comunicación debidamente identificados.
No obstante, luego de cerradas las urnas los testigos electorales de las respectivas campañas podrán sacar los equipos y usarlos para el registro de las actas de escrutinio.
“A partir de las 4:00 p. m. inician los escrutinios y es responsabilidad de la organización electoral garantizar que los testigos ejerzan la vigilancia del proceso a través de las facultades otorgadas en la ley, para ello recibirán copia de las actas de escrutinio y podrán hacer uso de cámaras fotográficas o de video”, determina el decreto.
Tomada de: El Espectador
La prohibición y restricción en la venta y consumo de bebidas embriagantes se extenderá hasta las 6:00 a. m. del próximo lunes 18 de junio.
“Las infracciones a lo dispuesto (…) serán objeto de medidas correctivas por los alcaldes e inspectores de policía y comandantes de estación, subestación o centro de atención inmediata de la Policía Nacional”, señala el artículo 17 del decreto 847 de 2018.
La norma también recuerda que están prohibidas las reuniones de carácter político en el espacio público. Estas solo podrán llevarse a cabo en recinto cerrados.
Igualmente, señala que no se podrán usar celulares, cámaras fotográficas o de video Enel interior de los puestos de votación durante la jornada (entre las 8 a .m y 4 p. m.), a excepción de los medios de comunicación debidamente identificados.
No obstante, luego de cerradas las urnas los testigos electorales de las respectivas campañas podrán sacar los equipos y usarlos para el registro de las actas de escrutinio.
“A partir de las 4:00 p. m. inician los escrutinios y es responsabilidad de la organización electoral garantizar que los testigos ejerzan la vigilancia del proceso a través de las facultades otorgadas en la ley, para ello recibirán copia de las actas de escrutinio y podrán hacer uso de cámaras fotográficas o de video”, determina el decreto.
Tomada de: El Espectador