MANUALES DE CONVIVENCIA ESTUDIANTIL NO PUEDEN IMPONER PATRONES ESTÉTICOS
Las disposiciones contenidas en los manuales, reglamentos o pactos de convivencia de las instituciones educativas, que impongan patrones estéticos unificados, resultan restrictivas y excluyentes, no admisibles en el Estado Social de Derecho en el que la pluralidad, la diferencia y la multiplicidad de criterios son fines esenciales del orden constitucional. Así lo señaló la Corte Constitucional al conceder una acción de tutela a una estudiante de Octavo Grado, de una Institución Educativa en Hato Corozal, Casanare, a quien las directivas del Centro Educativo le prohibieron adoptar un peinado denominado “Californiano”.
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