SANCIÓN POR INTERPONER MÁS DE 120 TUTELAS POR LOS MISMOS HECHOS
Con multa de tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes sancionó la Corte Suprema de Justicia a un ciudadano quien ha interpuesto más de 120 acciones de tutela, sustentadas en los mismos hechos, las cuales han sido rechazadas.
Se trata de Jorge Eduardo Rubiano quien, según la decisión, ha incurrido en un “obstinado e inconcebible abuso de la acción de tutela”, que va en contravía de la naturaleza de dicho mecanismo constitucional, por lo que su pretensión fue rechazada por la Sala de Casación Laboral del máximo tribunal de la justicia ordinaria que ya había decidido sobre el asunto materia de la acción judicial.
“De acuerdo con lo anterior, es evidente que entre la acción de tutela que fue resuelta por esta Corporación, el 8 de junio de 2016, las que han sido rechazadas y la que ahora se vuelve a presentar por el tutelante, existe identidad de partes, de objeto y de pretensiones, realidad que no se desdibuja por el sólo hecho de que el accionante altere el orden de los hechos o haga más minucioso su relato a medida que incrementa el número de acciones instauradas”, señala el fallo.
La Corte Suprema de Justicia enfatizó que se considera que este tipo de conductas son temerarias al ser presentada la misma acción de amparo en varias oportunidades o en dos o más despachos judiciales sustentándolas con los mismos fundamentos fácticos y jurídicos, lo que afecta principios como la economía procesal, la eficacia, la eficiencia y la lealtad procesal, entre otros.
Así mismo origina varios pronunciamientos judiciales respecto a un mismo asunto lo que entorpece el aparato judicial.
Se trata de Jorge Eduardo Rubiano quien, según la decisión, ha incurrido en un “obstinado e inconcebible abuso de la acción de tutela”, que va en contravía de la naturaleza de dicho mecanismo constitucional, por lo que su pretensión fue rechazada por la Sala de Casación Laboral del máximo tribunal de la justicia ordinaria que ya había decidido sobre el asunto materia de la acción judicial.
“De acuerdo con lo anterior, es evidente que entre la acción de tutela que fue resuelta por esta Corporación, el 8 de junio de 2016, las que han sido rechazadas y la que ahora se vuelve a presentar por el tutelante, existe identidad de partes, de objeto y de pretensiones, realidad que no se desdibuja por el sólo hecho de que el accionante altere el orden de los hechos o haga más minucioso su relato a medida que incrementa el número de acciones instauradas”, señala el fallo.
La Corte Suprema de Justicia enfatizó que se considera que este tipo de conductas son temerarias al ser presentada la misma acción de amparo en varias oportunidades o en dos o más despachos judiciales sustentándolas con los mismos fundamentos fácticos y jurídicos, lo que afecta principios como la economía procesal, la eficacia, la eficiencia y la lealtad procesal, entre otros.
Así mismo origina varios pronunciamientos judiciales respecto a un mismo asunto lo que entorpece el aparato judicial.
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