La Sala Octava de Revisión de Tutela de la Corte Constitucional, determinó que la Administración Distrital, en cabeza de la Secretaria de Educación de Bogotá, vulneró el derecho a la educación inclusiva y a la igualdad de una joven en situación de discapacidad que desde el año dos mil catorce (2014), no ha podido continuar con sus estudios, porque perdió el cupo en el Colegio República de Bolivia. La Corte dio un plazo de cinco días para que se garantice un cupo escolar a la joven en una institución educativa adecuada y que cuente con la infraestructura para atender su discapacidad cognitiva leve.
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