JÓVENES QUE CREEN EMPRESA SERÁN EXENTOS DE MATRÍCULA MERCANTIL
• Así lo estipula el Decreto 639 de 2017 expedido por Presidencia de la República, que busca un impulso para los jóvenes emprendedores entre 18 y 35 años.
• El beneficio también incluye la gratuidad de la primera renovación de la matrícula mercantil y será retroactiva a partir del 2 de mayo de 2016.
• Las empresas deben contar como máximo con 50 trabajadores y no superar activos totales por 5.000 SMMLV.
• La medida facilitará la creación de nuevas empresas por parte de los jóvenes y promoverá la formalización laboral.
La ministra del Trabajo, Clara López Obregón, firmó el Decreto 639 de 2017 por medio del cual se reglamenta el artículo 3 de la Ley 1780 de 2016, Ley Projoven y establece la exención del pago de la matrícula mercantil y la primera renovación para las pequeñas empresas jóvenes, que hayan iniciado su actividad económica principal a partir del 2 de mayo de 2016.
El Decreto se construyó entre los Ministerios del Trabajo; Comercio, Industria y Turismo; la Superintendencia de Industria y Comercio y las Cámaras de Comercio en cabeza de Confecamaras, con base en los aportes de la sociedad civil a través de los ejercicios de democracia participativa.
“Para acceder a los beneficios los emprendedores deberán acercarse a las Cámaras de Comercio donde recibirán orientación sobre el procedimiento y soportes que se deberán entregar. Las empresas que hayan registrado su matrícula mercantil, por primera vez después del 2 de mayo del 2016, podrán acceder de forma retroactiva a los beneficios si cumplen los requisitos establecidos por la Ley, en consecuencia, las Cámaras de Comercio deberán devolver a dichas empresas los dineros pagados por concepto de la matrícula mercantil”, puntualizó la alta funcionaria.
• Así lo estipula el Decreto 639 de 2017 expedido por Presidencia de la República, que busca un impulso para los jóvenes emprendedores entre 18 y 35 años.
• El beneficio también incluye la gratuidad de la primera renovación de la matrícula mercantil y será retroactiva a partir del 2 de mayo de 2016.
• Las empresas deben contar como máximo con 50 trabajadores y no superar activos totales por 5.000 SMMLV.
• La medida facilitará la creación de nuevas empresas por parte de los jóvenes y promoverá la formalización laboral.
La ministra del Trabajo, Clara López Obregón, firmó el Decreto 639 de 2017 por medio del cual se reglamenta el artículo 3 de la Ley 1780 de 2016, Ley Projoven y establece la exención del pago de la matrícula mercantil y la primera renovación para las pequeñas empresas jóvenes, que hayan iniciado su actividad económica principal a partir del 2 de mayo de 2016.
El Decreto se construyó entre los Ministerios del Trabajo; Comercio, Industria y Turismo; la Superintendencia de Industria y Comercio y las Cámaras de Comercio en cabeza de Confecamaras, con base en los aportes de la sociedad civil a través de los ejercicios de democracia participativa.
“Para acceder a los beneficios los emprendedores deberán acercarse a las Cámaras de Comercio donde recibirán orientación sobre el procedimiento y soportes que se deberán entregar. Las empresas que hayan registrado su matrícula mercantil, por primera vez después del 2 de mayo del 2016, podrán acceder de forma retroactiva a los beneficios si cumplen los requisitos establecidos por la Ley, en consecuencia, las Cámaras de Comercio deberán devolver a dichas empresas los dineros pagados por concepto de la matrícula mercantil”, puntualizó la alta funcionaria.
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