A LA DERIVA, GUERRILLERO ENFERMO, CAPTURADO Y PEDIDO EN EXTRADICIÓN
Julio Enrique Lemos Moreno fue capturado cuando se dirigía de una zona veredal a un centro médico en Medellín para tratar una hepatitis B. La Corte Suprema asegura que su captura no es ilegal pues todavía no existe la JEP.
A la tensión por el fallo de la Corte Constitucional que limitó el uso del ‘fast track’ en el Congreso, se suma otro frente de discordia en el proceso de paz: la extradición. El 25 de febrero, mientras los primeros guerrilleros se movilizaban a las zonas veredales para su concentración y entrega de armas, en un operativo de la Policía y la Fiscalía fue capturado Julio Enrique Lemos Moreno, más conocido en el frente 58 con el alias de ‘Nader’.
la Fiscalía reconoce que el artículo 72 de la JEP dice que “no se podrá conceder la extradición ni tomar medidas de aseguramiento con fines de extradición”. Sin embargo, el ente investigador el 4 de mayo aseguró que es claro que para ser aplicada esta disposición requiere la expedición de una norma legal, lo cual no ha ocurrido. Desde entonces, guarda hermetismo con la solicitud del guerrillero.
Ante la falta de un pronunciamiento de la Fiscalía frente a su petición de libertad, la defensa de ‘Nader‘ acude a una figura paralela, un Habeas Corpus, para insistir en su salida de la cárcel. Sin embargo, la decisión tomada por el magistrado Eyder Patiño indica que desconoce si existe principio de subsidiariedad que rige este mecanismo. Además dice que no por estar postulado a la JEP, la restricción de la libertad es arbitraria, pues como el trámite se adelantó conforme a la ley.
En consecuencia, Lemos Moreno continuará privado de la libertad, por lo menos mientras una interpretación jurídica nueva llena este vacío en la aplicación de la justicia especial. Lo delicado en este caso, es que corre contra el tiempo porque entre tanto su trámite de extradición, también continúa.
A la tensión por el fallo de la Corte Constitucional que limitó el uso del ‘fast track’ en el Congreso, se suma otro frente de discordia en el proceso de paz: la extradición. El 25 de febrero, mientras los primeros guerrilleros se movilizaban a las zonas veredales para su concentración y entrega de armas, en un operativo de la Policía y la Fiscalía fue capturado Julio Enrique Lemos Moreno, más conocido en el frente 58 con el alias de ‘Nader’.
la Fiscalía reconoce que el artículo 72 de la JEP dice que “no se podrá conceder la extradición ni tomar medidas de aseguramiento con fines de extradición”. Sin embargo, el ente investigador el 4 de mayo aseguró que es claro que para ser aplicada esta disposición requiere la expedición de una norma legal, lo cual no ha ocurrido. Desde entonces, guarda hermetismo con la solicitud del guerrillero.
Ante la falta de un pronunciamiento de la Fiscalía frente a su petición de libertad, la defensa de ‘Nader‘ acude a una figura paralela, un Habeas Corpus, para insistir en su salida de la cárcel. Sin embargo, la decisión tomada por el magistrado Eyder Patiño indica que desconoce si existe principio de subsidiariedad que rige este mecanismo. Además dice que no por estar postulado a la JEP, la restricción de la libertad es arbitraria, pues como el trámite se adelantó conforme a la ley.
En consecuencia, Lemos Moreno continuará privado de la libertad, por lo menos mientras una interpretación jurídica nueva llena este vacío en la aplicación de la justicia especial. Lo delicado en este caso, es que corre contra el tiempo porque entre tanto su trámite de extradición, también continúa.
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