ENFERMEDADES DE ALTO COSTO EN MENOR, EXONERACIÓN DE COPAGO Y CUOTA MODERADORA
La Sala Séptima de Revisión de la Corte Constitucional, amparó los derechos fundamentales a la salud, a la vida y a la integridad física de un menor que sufre una enfermedad huérfana y ordenó a la EPS SURA que de manera inmediata, asuma prestar los servicios de salud que en adelante requiera el menor, sin que le sean exigidos copagos o cuotas moderadoras por la atención médica que le sea brindada.
Igualmente, ordenó a la EPS que, siempre que haya lugar a su desplazamiento, autorice el traslado o viáticos correspondientes del menor y de su acompañante, desde su lugar de residencia hasta el lugar en el que deba acceder al tratamiento, exámenes y citas médicas.
Igualmente, ordenó a la EPS que, siempre que haya lugar a su desplazamiento, autorice el traslado o viáticos correspondientes del menor y de su acompañante, desde su lugar de residencia hasta el lugar en el que deba acceder al tratamiento, exámenes y citas médicas.
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