NUEVA LEY DE SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO SE ESTÁ INCUMPLIENDO
Así lo denunció el senador Luis Fernando Velasco en carta al comandante del Ejército. No se estaría reconociendo la condición de remisos de muchos jóvenes y se estaría aplicando la fórmula antigua para liquidar el valor de la libreta.
Muchos se quejan de que en Colombia hay muchas leyes que han sido expedidas por el Congreso de la República, sancionadas por la Presidencia y que, al final, no se cumplen. Y eso parece estar pasando, al menos en parte, con la ley que modificó el servicio militar obligatorio, según una carta que le envió el senador liberal Luis Fernando Velasco, ponente de la iniciativa en su paso por el Capitolio, al comandante del Ejército, mayor general Alberto José Mejía Franco, en la que denuncia que ha recibido distintas comunicaciones por parte de ciudadanos que afirman tener dificultades para acceder al beneficio de la amnistía y complicaciones en el cumplimiento de lo expedido en la norma.
“Durante el trámite en el Senado de la Ley 1861 de 2017 que regula el servicio militar obligatorio, como ponente incluí algunas disposiciones que buscan promover que los colombianos resuelvan su situación militar. Entre ellas, un régimen de transición para que los remisos que cumplan los requisitos puedan obtener su libreta militar con el pago de $110.000 (amnistía), así como el rediseño de una fórmula que disminuye los costos de la cuota de compensación”, señala Velasco en la misiva.
Sin embargo, advierte el congresista, ha recibido denuncias por parte de jóvenes y padres de familia en las que le dan a conocer situaciones que claramente configuran el incumplimiento de la ley. Y da dos ejemplos: “El no reconocimiento de la condición de remisos de muchos jóvenes, quienes afirman que, al acercarse a las jornadas de amnistía, les indican que su condición ya ha sido normalizada por habérseles impuesto las multas, privándoseles del derecho acceder al beneficio de la amnistía y teniendo que pagar las sanciones”.
El segundo ejemplo tiene que ver con que al momento de solicitar la liquidación de la cuota de compensación militar, les aplican la fórmula establecida en la Ley 48 de 1993, a pesar de haber sido derogada por el artículo 27 de la nueva norma, haciendo que la liquidación sea mucho más onerosa.
“Señor general, conozco de su liderazgo y compromiso con la correcta implementación de la Ley, motivo por el cual pongo en conocimiento estas situaciones que de forma generalizada y repetitiva me han dado a conocer personas de todo el país (...) seguiré promoviendo en el marco de mi actividad como senador, las acciones necesarias para dar cabal cumplimiento a la Ley", concluye la carta del senador Velasco.
Muchos se quejan de que en Colombia hay muchas leyes que han sido expedidas por el Congreso de la República, sancionadas por la Presidencia y que, al final, no se cumplen. Y eso parece estar pasando, al menos en parte, con la ley que modificó el servicio militar obligatorio, según una carta que le envió el senador liberal Luis Fernando Velasco, ponente de la iniciativa en su paso por el Capitolio, al comandante del Ejército, mayor general Alberto José Mejía Franco, en la que denuncia que ha recibido distintas comunicaciones por parte de ciudadanos que afirman tener dificultades para acceder al beneficio de la amnistía y complicaciones en el cumplimiento de lo expedido en la norma.
“Durante el trámite en el Senado de la Ley 1861 de 2017 que regula el servicio militar obligatorio, como ponente incluí algunas disposiciones que buscan promover que los colombianos resuelvan su situación militar. Entre ellas, un régimen de transición para que los remisos que cumplan los requisitos puedan obtener su libreta militar con el pago de $110.000 (amnistía), así como el rediseño de una fórmula que disminuye los costos de la cuota de compensación”, señala Velasco en la misiva.
Sin embargo, advierte el congresista, ha recibido denuncias por parte de jóvenes y padres de familia en las que le dan a conocer situaciones que claramente configuran el incumplimiento de la ley. Y da dos ejemplos: “El no reconocimiento de la condición de remisos de muchos jóvenes, quienes afirman que, al acercarse a las jornadas de amnistía, les indican que su condición ya ha sido normalizada por habérseles impuesto las multas, privándoseles del derecho acceder al beneficio de la amnistía y teniendo que pagar las sanciones”.
El segundo ejemplo tiene que ver con que al momento de solicitar la liquidación de la cuota de compensación militar, les aplican la fórmula establecida en la Ley 48 de 1993, a pesar de haber sido derogada por el artículo 27 de la nueva norma, haciendo que la liquidación sea mucho más onerosa.
“Señor general, conozco de su liderazgo y compromiso con la correcta implementación de la Ley, motivo por el cual pongo en conocimiento estas situaciones que de forma generalizada y repetitiva me han dado a conocer personas de todo el país (...) seguiré promoviendo en el marco de mi actividad como senador, las acciones necesarias para dar cabal cumplimiento a la Ley", concluye la carta del senador Velasco.
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