PARA LAS REBAJAS DE PENAS EN CONDENAS DE CORRUPCIÓN, IMPLICADOS DEBEN DEVOLVER AL MENOS EL 50% DEL DINERO
La Corte Suprema de Justicia leyó la sentencia de condena a los primos Miguel, Manuel y Guido Nule por el "Carrusel de contratos" y en ella dejó claro que las rebajas de pena deben cumplir con una condición.
“Resulta improcedente celebrar acuerdos o negociaciones con el imputado acusado si no se acredita el reintegro de por lo menos la mitad del valor equivalente al incremento patrimonial fruto del delito y se asegure el recaudo del 50% restante”, dijo el magistrado José Francisco Acuña.
Al respecto, la defensa de los excontratista criticó la decisión, no solo por un “cambio en la jurisprudencia” sino porque creen que hay intereses que no tienen que ver con el caso.
“Venimos en estos días presenciando una cantidad de conductas indeseables de nuestros honorables magistrados y pretender, en una decisión contra unas personas que han colaborado, mostrarle al país que sí están haciendo justicia y actuando de una manera no tan legítima, pues eso sigue generando una gran tristeza para la judicatura colombiana”, dijo el abogado Hernán Gonzalo Jiménez.
Jiménez recordó que una aseguradora pagó la plata que se tomó ilegalmente, pero con la decisión de la Corte, se rechaza que sean terceros los que asuman la responsabilidad del pago.
“Resulta improcedente celebrar acuerdos o negociaciones con el imputado acusado si no se acredita el reintegro de por lo menos la mitad del valor equivalente al incremento patrimonial fruto del delito y se asegure el recaudo del 50% restante”, dijo el magistrado José Francisco Acuña.
Al respecto, la defensa de los excontratista criticó la decisión, no solo por un “cambio en la jurisprudencia” sino porque creen que hay intereses que no tienen que ver con el caso.
“Venimos en estos días presenciando una cantidad de conductas indeseables de nuestros honorables magistrados y pretender, en una decisión contra unas personas que han colaborado, mostrarle al país que sí están haciendo justicia y actuando de una manera no tan legítima, pues eso sigue generando una gran tristeza para la judicatura colombiana”, dijo el abogado Hernán Gonzalo Jiménez.
Jiménez recordó que una aseguradora pagó la plata que se tomó ilegalmente, pero con la decisión de la Corte, se rechaza que sean terceros los que asuman la responsabilidad del pago.
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