Se conoció detalles de la posición de dos magistrados durante la Sala Plena de la Corte Constitucional en la que por mayoría de votos se decidió no darle trámite a la solicitud del presidente Juan Manuel Santos para estudiar el Acto Legislativo que crea las 16 circunscripciones de paz.
Los magistrados Diana Fajardo Rivera y Alberto Rojas Ríos presentaron salvamento de voto en el marco del debate al considerar que dicho proyecto “si había sido aprobado en el Congreso” por lo que el alto tribunal debía estudiarlo.
Fajardo y Rojas compartieron los argumentos del Gobierno sobre la existencia de la figura de la ‘silla vacía’ en el Senado por la ausencia de tres senadores que se encuentran actualmente privados de su libertad, por lo que no pudieron votar las curules para las víctimas.
En sus respectivos salvamentos, consideraron que “la secretaría del Senado se equivocó al determinar que 50 votos no eran la mayoría absoluta de 99 congresistas” que participaron en la sesión.
En el comunicado emitido por la Sala dice textualmente, “de la decisión mayoritaria se apartaron los magistrados Diana Fajardo Rivera y Alberto Rojas Ríos quienes consideran que la Corte si tenía competencia para asumir el trámite solicitado”.
Cabe señalar que los salvamentos de voto no son vinculantes a la decisión de la mayoría de magistrados de la Sala Plena, para quienes no hay Acto Legislativo promulgado o aprobado, por lo cual no podía pronunciarse, ni entrar a estudiar la Constitucionalidad de la norma.cta ilegal.
Los magistrados Diana Fajardo Rivera y Alberto Rojas Ríos presentaron salvamento de voto en el marco del debate al considerar que dicho proyecto “si había sido aprobado en el Congreso” por lo que el alto tribunal debía estudiarlo.
Fajardo y Rojas compartieron los argumentos del Gobierno sobre la existencia de la figura de la ‘silla vacía’ en el Senado por la ausencia de tres senadores que se encuentran actualmente privados de su libertad, por lo que no pudieron votar las curules para las víctimas.
En sus respectivos salvamentos, consideraron que “la secretaría del Senado se equivocó al determinar que 50 votos no eran la mayoría absoluta de 99 congresistas” que participaron en la sesión.
En el comunicado emitido por la Sala dice textualmente, “de la decisión mayoritaria se apartaron los magistrados Diana Fajardo Rivera y Alberto Rojas Ríos quienes consideran que la Corte si tenía competencia para asumir el trámite solicitado”.
Cabe señalar que los salvamentos de voto no son vinculantes a la decisión de la mayoría de magistrados de la Sala Plena, para quienes no hay Acto Legislativo promulgado o aprobado, por lo cual no podía pronunciarse, ni entrar a estudiar la Constitucionalidad de la norma.cta ilegal.
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