sábado, 10 de marzo de 2018

MANIPULACIÓN DE LA FISCALÍA EN EL CASO DE JORGE PÉREZ ALIAS 'CHATARRERO'


La defensa del señor Jorge Pérez le informo al periódico El Jurista algunas anomalías que se vienen presentando en el caso de su defendido.

Una de ellas fue la la programación y notificación de una de sus audiencias, pues de manera oficial se encontraba programada para el pasado viernes 09 de marzo a las 11:00 am y por una equivocación por parte del Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Bogotá cambiaron la fecha para el miércoles 07 de marzo la cual no fue notificada debidamente a la defensa del señor Pérez generando así la inasistencia a la misma.

Adicional nos permitimos publicar comunicado de prensa otorgado por la defensa de Pérez Torres:

Yo Francisco Javier Marín Marulanda apoderado judicial del Señor Jorge Alexander Pérez Torres, quien actualmente se encuentra recluido en la Cárcel La Picota de Bogotá D.C. sindicado por la Fiscalía General de la Nación por su presunta actuación ilícita en los contratos de las obras públicas concernientes a los XX Juegos Nacionales que se llevarían a cabo en la ciudad de Ibagué, informo a la opinión publica las anomalías que se vienen presentando al interior de la investigación y en el juicio en contra del Señor Pérez, buscan solamente encubrir los verdaderos hechos, actores intelectuales y altas figuras políticas en el desfalco más grande en contra de los capitalinos musicales, quizás desde su misma fundación en el año de 1550.

Como primera instancia podemos afirmar la fuga de información interna por parte de la Fiscalía Delegada de Ibagué, información que estaba RESERVADA AÚN PARA LAS PARTES PROCESALES, la cual llego a manos del Diario La Opinión para ser tergiversada.

Solo a título de ejemplo, una de estas informaciones RESERVADAS y que aún no podía salir a la luz pública, fueron unas conversaciones producto de unas interceptaciones telefónicas entre el Señor Pérez y una abogada de nombre GLADIS GUTIERREZ que aún debía permanecer bajo reserva judicial.

Otra actuación preocupante, es la falta de atención a la colaboración eficaz y oportuna que ha ofrecido el Señor Jorge Alexander Pérez Torres en esclarecer los hechos en materia de investigación, colaborando con los funcionarios del C.T.I. y a la fiscalía, con todo respeto, por ser bastamente complicado de entender el intríngulis de estos actos de corrupción, pues en ellos intervinieron tantos servidores públicos como particulares directa e indirectamente, beneficiándose unos y otros de coimas, contratos de exclusividad como proveedores y una reconocida empresa de construcción de Ibagué que al día de hoy aprovecha la coyuntura en contratos comerciales entre esta y el mal llamado “chatarrero”, pues si ha de llamársele por algún remoquete, debe ser el de “COLABORADOR” con la verdad y la justicia social.

Entre otras tantas irregularidades que serán debidamente denunciadas ante las autoridades pertinentes, nos encontramos con la realizada el día 9 de Marzo del presente año por parte del Juez Primero Penal Especializado de Ibagué, en un acto total de soberbia y prepotencia, único de un juez despótico del más mínimo derecho garante al debido proceso y los derechos fundamentales cómo lo es el derecho a la defensa técnica. Un juez que aún piensa que su papel en un juicio oral, es imponer su voluntad, pasar por encima de las partes procesales y en especial del imputado, un juez que contraviene cualquier norma de derecho, pues ES UN DERECHO consagrado en el literal I del artículo 8 y el numeral 2 del artículo 125 de la Ley 906 del actual Código de Procedimiento Penal colombiano, procedimiento ceñido a normas constitucionales y del derecho internacional.

EL IMPUTADO Y SU DEFENSOR TIENEMOS DERECHO A SOLICITAR EL APLAZAMIENTO QUE CONSIDEREMOS NECESARIOS PARA LA PREPARACIÓN DE UN ADECUADO EJERCICIO DEL DERECHO DE DEFENSA, máxime cuando por parte del mismo imputado Jorge Pérez y su Defensor, hemos manifestado en los memoriales la solicitud de aplazamiento de ésta audiencia de acusación, pues NO SOLICITAMOS AUDIENCIAS DE LIBERTAD POR VENCIMIENTO DE TÉRMINOS, CONOCEMOS Y ASUMIMOS QUE ÉSTOS TÉRMINOS O APLAZAMIENTOS CORREN POR NUESTRA CUENTA Y NO DEL DESPACHO.

Por otra parte, no puede prostituirse la Defensoría Pública al mejor postor, de quien ostente mayor poder en una audiencia, pues es una institución al servicio de la comunicad que carece de capacidad económica para sufragar los honorarios de un abogado privado. No puede un defensor público prestarse para el capricho de un juez cualquiera, no puede la Defensoría Pública prestarse para que se le niegue el derecho al debido proceso a un ciudadano cualquiera inmerso en un proceso penal, tampoco puede a través de sus abogados contribuir al amaño de un proceso penal para ocultar la verdad y callar a quien ruega ser escuchado.

TIEMBLA EL PROCESO EN CONTRA DEL EX ALCALDE LUIS H. RODRIGUEZ por pruebas obtenidas por engaños al Señor Jorge Pérez, TAMBALEA el proceso más álgido de la historia tolimense por no escuchar al Señor Jorge Pérez, se deslumbra desde ya la estrategia defensiva del pull de defensores del ex-alcalde cuando tengan que solicitar la exclusión de elementos materiales probatorios (evidencia con vocación probatoria) por el rompimiento de las cadenas de custodia de los elementos materiales probatorios que se encontraban en poder del C.T.I. de la Fiscalía. (Interceptaciones telefónicas y otros).

IBAGUE, ¡¡¡DESPERTAD¡¡¡, NO COLMEIS TUS DERECHOS A LA VERDAD POR EL MORBO DE VER A UN CIUDADANO, PADRE, HERMANO E HIJO PRIVADO DE SU LIBERTAD, SIENDO CARNE DE PRESIDIO POR UN ERROR QUE COMETIÓ Y HOY QUIERE REVINDICARSE CON USTEDES.

Esperando poder tener nuevamente la oportunidad de dirigirme a la opinión pública y agradeciendo la puesta de sus ojos en el desarrollo procesal que a todos nos concierne.

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