La controversia por una supuesta deuda que mantiene el liquidado Banco del Estado con el Fideicomiso ADM – Capital Center II por casi 600 millones de pesos debe ser resuelta por un tribunal de arbitramento, por decisión del Consejo de Estado.
Con ponencia del magistrado Carlos Enrique Moreno Rubio, la Sección Quinta determinó que el contrato privado al que está sujeta esta obligación fiduciaria establece que toda controversia entre las partes debe ser sometida a la justicia arbitral. Dado que la cláusula vincula a una entidad estatal, el juez administrativo no tiene competencia para resolver el litigio, sentenció la alta corte.
El Banco Uconal hacía parte de un fideicomiso conformado para la creación de la Alianza Fiduciaria S. A., que incluía la titularidad de un lote con miras al desarrollo de un proyecto inmobiliario en `Ciudad Salitre’, en Bogotá, frente al cual cada una de las partes estaba comprometida a aportar 530 millones de pesos.
Teniendo en cuenta que Uconal había sido absorbido por el Banco del Estado en liquidación, el Fideicomiso ADM – Capital Center II le exigió a esta entidad el pago de los intereses del aporte.
Debido a que la liquidadora del banco expidió dos resoluciones en las que negó la existencia de la deuda, el Fideicomiso interpuso una demanda ante la justicia administrativa, pero el Consejo de Estado determinó que el caso debía ser resuelto por un tribunal de arbitramento.
Con ponencia del magistrado Carlos Enrique Moreno Rubio, la Sección Quinta determinó que el contrato privado al que está sujeta esta obligación fiduciaria establece que toda controversia entre las partes debe ser sometida a la justicia arbitral. Dado que la cláusula vincula a una entidad estatal, el juez administrativo no tiene competencia para resolver el litigio, sentenció la alta corte.
El Banco Uconal hacía parte de un fideicomiso conformado para la creación de la Alianza Fiduciaria S. A., que incluía la titularidad de un lote con miras al desarrollo de un proyecto inmobiliario en `Ciudad Salitre’, en Bogotá, frente al cual cada una de las partes estaba comprometida a aportar 530 millones de pesos.
Teniendo en cuenta que Uconal había sido absorbido por el Banco del Estado en liquidación, el Fideicomiso ADM – Capital Center II le exigió a esta entidad el pago de los intereses del aporte.
Debido a que la liquidadora del banco expidió dos resoluciones en las que negó la existencia de la deuda, el Fideicomiso interpuso una demanda ante la justicia administrativa, pero el Consejo de Estado determinó que el caso debía ser resuelto por un tribunal de arbitramento.
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