La plenaria del Senado aprobó en su totalidad el articulado del proyecto que regula el procedimiento de la Justicia Especial para la Paz, con varias modificaciones, por lo cual tendrán que ser conciliadas con la Cámara de Representantes para que la iniciativa pase a sanción presidencial.
Inicialmente el senador Roy Barreras resumió el informe de la subcomisión, en donde se aprobó un bloque de artículos que no presentaron modificación, luego un segundo grupo con modificaciones acordadas en la subcomisión y finalmente quedaron pendientes dos artículos para ser dirimidos en votación por el pleno del Senado.
La mayor modificación se centró en el artículo 53 sobre extradición, presentado por la senadora Paloma Valencia en el sentido de que la JEP no practique pruebas "por cuanto una vez la JEP haya comparado fechas pasará a la Corte suprema y ella practicará las pruebas para avalar la extradición, nos parece excesivo que dos entes practiquen pruebas".
Así mismo advirtió la congresista que "esto no perjudica a los que ya se hayan sometido. Lo que se busca es garantizar que aquellas personas que incumplan los acuerdos, que se mantengan en el delito, sean efectivamente extraditados y no tengamos dilaciones injustificadas. Si se practicarán pruebas, pero las hará la Corte Suprema de Justicia".
Este artículo modificado fue aprobado con 31 votos por el si, y 14 por el no, quedando así el texto definitivo:
Art 53 Extradición. La Sección de Revisión verificará que los hechos a los que se refiere la solicitud de extradición sean posteriores a la firma de los acuerdos. No podrá practicar pruebas.
En ningún caso la JEP podrá pronunciarse sobre el fondo del asunto ni sobre la responsabilidad de quien fuere solicitado en extradición.
La siguiente modificación presentada por la senadora Paloma Valencia se refiere a un artículo nuevo que versa sobre seguridad jurídica de las Fuerzas Militares. La creación de una sala especial para juzgar a los integrantes de la fuerzas pública.
Según la legisladora Valencia "los procesos de los miembros de las fuerzas militares efectivos y retirados iniciarán o continuarán una vez exista un procedimiento aprobado por la ley, mientras tanto los que se hayan acogido a la JEP seguirán contando con los beneficios. El gobierno y el congreso tendrán 18 meses para presentar y aprobar dicho procedimiento". Este artículo nuevo fue aprobado con 27 votos por el si y 18 por el no.
El texto de proyecto deberá ser conciliado con el aprobado por la Cámara de Representantes para unificarlo y poder ser enviado a sanción presidencial.
Inicialmente el senador Roy Barreras resumió el informe de la subcomisión, en donde se aprobó un bloque de artículos que no presentaron modificación, luego un segundo grupo con modificaciones acordadas en la subcomisión y finalmente quedaron pendientes dos artículos para ser dirimidos en votación por el pleno del Senado.
La mayor modificación se centró en el artículo 53 sobre extradición, presentado por la senadora Paloma Valencia en el sentido de que la JEP no practique pruebas "por cuanto una vez la JEP haya comparado fechas pasará a la Corte suprema y ella practicará las pruebas para avalar la extradición, nos parece excesivo que dos entes practiquen pruebas".
Así mismo advirtió la congresista que "esto no perjudica a los que ya se hayan sometido. Lo que se busca es garantizar que aquellas personas que incumplan los acuerdos, que se mantengan en el delito, sean efectivamente extraditados y no tengamos dilaciones injustificadas. Si se practicarán pruebas, pero las hará la Corte Suprema de Justicia".
Este artículo modificado fue aprobado con 31 votos por el si, y 14 por el no, quedando así el texto definitivo:
Art 53 Extradición. La Sección de Revisión verificará que los hechos a los que se refiere la solicitud de extradición sean posteriores a la firma de los acuerdos. No podrá practicar pruebas.
En ningún caso la JEP podrá pronunciarse sobre el fondo del asunto ni sobre la responsabilidad de quien fuere solicitado en extradición.
La siguiente modificación presentada por la senadora Paloma Valencia se refiere a un artículo nuevo que versa sobre seguridad jurídica de las Fuerzas Militares. La creación de una sala especial para juzgar a los integrantes de la fuerzas pública.
Según la legisladora Valencia "los procesos de los miembros de las fuerzas militares efectivos y retirados iniciarán o continuarán una vez exista un procedimiento aprobado por la ley, mientras tanto los que se hayan acogido a la JEP seguirán contando con los beneficios. El gobierno y el congreso tendrán 18 meses para presentar y aprobar dicho procedimiento". Este artículo nuevo fue aprobado con 27 votos por el si y 18 por el no.
El texto de proyecto deberá ser conciliado con el aprobado por la Cámara de Representantes para unificarlo y poder ser enviado a sanción presidencial.
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