martes, 21 de febrero de 2017

EMPRESAS DE TV DEBERÁN DEVOLVERLE A LA DIMAYOR MÁS DE $24.000 MILLONES



La Presidenta del Consejo Superior de la Judicatura doctora Martha Lucìa Olano de Noguera El Consejo de Estado le ordenó a Telmex Colombia S.A y UNE EPM Telecomunicaciones S.A. restituirle a la Dimayor más de 24.000 millones de pesos, tras conceder una adición a un fallo por medio del cual anuló un multimillonario laudo arbitral que, en su momento, había sido desfavorable a la autoridad futbolera.

En consecuencia, las empresas de servicios de televisión deberán devolverle a la rectora del fútbol profesional colombiano los dineros que esta les canceló cuando la justicia arbitral se pronunció para condenarla.

En diciembre del 2015 un tribunal de arbitramento determinó que ese órgano del balompié criollo había incumplido el compromiso asumido con Telmex Colombia S.A y UNE EPM Telecomunicaciones S.A. para tenerlos en cuenta como primera opción, a la hora de comercializar los derechos de transmisión de la liga profesional del fútbol en Colombia.

Por eso, los árbitros condenaron a la entidad a pagarle a su contraparte 12.323 millones de pesos y 12.330 millones de pesos que fueron pagados por esa institución los días 20 y 21 de enero del 2016.
La decisión fue objeto de demanda por parte de la Dimayor ante la jurisdicción contenciosa que, a través de un fallo proyectado en diciembre del año pasado, declaró nulo lo actuado por el tribunal de arbitramento, debido a que este no adelantó la consulta prejudicial, que lo obligaba a pedir concepto previo del caso ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina.

Tras la sentencia que dejó sin efectos la citada condena arbitral, las partes presentaron solicitudes de aclaración y adición. Así las cosas, el propio Consejo de Estado accedió a al recurso, en el sentido de ordenarle a Telmex Colombia S.A y UNE EPM Telecomunicaciones S.A. devolverle a la Dimayor los dineros que esta última les había pagado en enero del 2016.

Además, la Sección Tercera aclaró que las pruebas practicadas por el tribunal arbitral seguirán teniendo vigencia, en caso de que este sea convocado para emitir un nuevo juicio respecto a este litigio.

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