martes, 11 de abril de 2017

ASÍ FUNCIONARÁN LA JEP Y LA COMISIÓN DE LA VERDAD




Jurisdicción Especial de paz JEP
Objetivos de la JEP

• Satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia

• Ofrecer verdad a la sociedad colombiana

• Contribuir a la reparación de las víctimas

• Contribuir a luchar contra la impunidad

• Adoptar decisiones que otorguen plena seguridad jurídica a quienes participaron de manera directa o indirecta en el conflicto armado, respecto a hechos cometidos en el contexto y en razón de éste.

• Contribuir al logro de una paz estable y duradera.

La JEP estará compuesta por cinco órganos y una Secretaría Ejecutiva

- La Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas.

- La Sala de Amnistía e Indulto.

- La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas.

- La Unidad de Investigación y Acusación.

- El Tribunal para la Paz, que estará compuesto, a su vez, por cinco secciones: (i) Sección de primera instancia en los casos de reconocimiento de responsabilidad; (ii) Sección de primera instancia en los casos de ausencia de reconocimiento de responsabilidad; (iii) Sección de apelación; (iv) Sección de revisión; y (v) Sección de estabilidad y eficacia.

-La Secretaría Ejecutiva, que se encargará de la administración, gestión y ejecución de los recursos de la JEP.

Composición

La JEP estará compuesta por magistrados colombianos, aunque podrá contar con una minoría de magistrados acompañantes extranjeros. Los magistrados serán altamente calificados y deberá incluirse expertos en distintas ramas del derecho. Serán elegidos mediante un proceso de selección que dé confianza a la sociedad colombiana.

¿Cómo se eligen los magistrados?

Los integrantes del comité seleccionarán a los Magistrados por mayoría de 4/5, con un sistema de votación que promueva el consenso.

¿Qué requisitos debe cumplir quien aspire a ser magistrado de la JEP?

Todos los magistrados deben ser abogados, estar altamente calificados y ser expertos en distintas ramas del Derecho, con énfasis en conocimiento del DIH, Derechos Humanos o resolución de conflictos.

Para ser elegido magistrado del Tribunal para la Paz deberán reunirse los mismos requisitos que para ser magistrado de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema o del Consejo de Estado.

Se deben haber desempeñado, durante 15 años (para los magistrados del Tribunal) u 8 años (para los magistrados de las Salas), cargos en la Rama Judicial o en el Ministerio Público, o haber ejercido, con buen crédito, por el mismo tiempo, la profesión de abogado o la cátedra universitaria en disciplinas jurídicas en establecimientos reconocidos oficialmente.

¿Cuándo se hará el proceso de escogencia?

Los procesos de escogencia deberán concluir lo más pronto posible después de la entrada en vigor del Acuerdo Final.

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