SANCIONAN A TRANSMILENIO POR FALTA DE BAÑOS PARA SUS EMPLEADOS
La decisión fue ratificada por el Ministerio de Trabajo debido a que el sistema no cumplió con una norma que obliga a instalar sanitarios cuando las entidades cuentan con más de 15 funcionarios.
La Dirección Territorial de Bogotá Ministerio de Trabajo impuso una sanción de 500 salarios mínimos mensuales vigentes (más de $322 millones) contra el sistema Transmilenio y Recaudo Bogotá por el incumplimiento a la resolución 2400 de 1979 en la que se establecen disposiciones sobre el higiene en establecimientos públicos y la cual obliga a construir servicios sanitarios por cada 15 empleados.
Los antecedentes de la resolución, con fecha del pasado 28 de junio, indican que el denunciante interpuso la querella al advertir que no se “implementaron acciones sanitarias y servicios de higiene para los trabajadores de las Fases I, II y III de Transmilenio”.
De acuerdo con el documento, el sistema “no ha cumplido con sus deberes, con prudencia y diligencia. Por el contrario, durante el proceso administrativo se ha observado que la empresa no tiene voluntad para procurar el cuidado y salud de los trabajadores que prestan su servicio para el concesionario, aduciendo que no es su responsabilidad”.
Tras realizar las pesquisas, el despacho no evidenció trabajos ni iniciativas relacionadas con la instalación de baterías sanitarias tanto en los portales como en las estaciones de Transmilenio para garantizar el cumplimiento de las reglas administrativas.
“La norma tiene como fin procurar el cuidado y bienestar de los trabajadores en su calidad de seres humanos, que necesitan contar con un mínimo de condiciones que permitan desempeñar sus labores en condiciones salubres, sin que se vea afectada su salud de por medio”.
El concejal Marco Fidel Ramírez, quien presentó un derecho de petición en el que solicitó un pronunciamiento sobre el incumplimiento del sistema, indicó que pedirá ante los entes de control la apertura de una investigación disciplinaria contra la gerente de Transmilenio, Alexandra Rojas, “por presunta negligencia”.
En contra de las decisiones administrativas de la Dirección Territorial de Bogotá proceden los recursos de reposición y el subsidio de apelación.
La Dirección Territorial de Bogotá Ministerio de Trabajo impuso una sanción de 500 salarios mínimos mensuales vigentes (más de $322 millones) contra el sistema Transmilenio y Recaudo Bogotá por el incumplimiento a la resolución 2400 de 1979 en la que se establecen disposiciones sobre el higiene en establecimientos públicos y la cual obliga a construir servicios sanitarios por cada 15 empleados.
Los antecedentes de la resolución, con fecha del pasado 28 de junio, indican que el denunciante interpuso la querella al advertir que no se “implementaron acciones sanitarias y servicios de higiene para los trabajadores de las Fases I, II y III de Transmilenio”.
De acuerdo con el documento, el sistema “no ha cumplido con sus deberes, con prudencia y diligencia. Por el contrario, durante el proceso administrativo se ha observado que la empresa no tiene voluntad para procurar el cuidado y salud de los trabajadores que prestan su servicio para el concesionario, aduciendo que no es su responsabilidad”.
Tras realizar las pesquisas, el despacho no evidenció trabajos ni iniciativas relacionadas con la instalación de baterías sanitarias tanto en los portales como en las estaciones de Transmilenio para garantizar el cumplimiento de las reglas administrativas.
“La norma tiene como fin procurar el cuidado y bienestar de los trabajadores en su calidad de seres humanos, que necesitan contar con un mínimo de condiciones que permitan desempeñar sus labores en condiciones salubres, sin que se vea afectada su salud de por medio”.
El concejal Marco Fidel Ramírez, quien presentó un derecho de petición en el que solicitó un pronunciamiento sobre el incumplimiento del sistema, indicó que pedirá ante los entes de control la apertura de una investigación disciplinaria contra la gerente de Transmilenio, Alexandra Rojas, “por presunta negligencia”.
En contra de las decisiones administrativas de la Dirección Territorial de Bogotá proceden los recursos de reposición y el subsidio de apelación.
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