GOBIERNO EXPIDIÓ NORMAS PARA REGLAMENTAR USO MÉDICO Y CIENTÍFICO DE LA MARIHUANA
Se trata de la resolución 577 del Ministerio de Justicia y del Derecho, que regula técnicamente la evaluación y el seguimiento a las licencias que otorga para el uso de semillas para siembra y el cultivo de plantas de marihuana psicoactivo y no psicoactivo, explicó la Presidencia en un comunicado.
También se expidió la norma 578, del mismo ministerio, que establece el manual de tarifas correspondientes a los servicios de evaluación y seguimiento que deben pagar las personas naturales y jurídicas que soliciten las licencias.
La última resolución es la 579, de los Ministerios de Justicia, Agricultura y Salud, que define como pequeños y medianos cultivadores, productores y comercializadores nacionales de cannabis medicinal a las personas naturales cuya área total de cultivo de la planta no supere las 0,5 hectáreas, equivalentes a 5.000 metros cuadrados.
La Ley 1787 del 6 de julio de 2016 creó el marco regulatorio que permite el acceso seguro e informado al uso médico y científico del cannabis y sus derivados.
También se expidió la norma 578, del mismo ministerio, que establece el manual de tarifas correspondientes a los servicios de evaluación y seguimiento que deben pagar las personas naturales y jurídicas que soliciten las licencias.
La última resolución es la 579, de los Ministerios de Justicia, Agricultura y Salud, que define como pequeños y medianos cultivadores, productores y comercializadores nacionales de cannabis medicinal a las personas naturales cuya área total de cultivo de la planta no supere las 0,5 hectáreas, equivalentes a 5.000 metros cuadrados.
La Ley 1787 del 6 de julio de 2016 creó el marco regulatorio que permite el acceso seguro e informado al uso médico y científico del cannabis y sus derivados.
No hay comentarios:
Publicar un comentario