Tras comprobar su responsabilidad en las interceptaciones de comunicaciones, vigilancias y seguimientos ilegales contra defensores de derechos humanos, ONG’s, dirigentes políticos y periodistas, la Corte Suprema de Justicia condenó a siete años y 10 meses de prisión al exdirector del DAS, Jorge Aurelio Noguera Cotes, como coautor del delito de concierto para delinquir agravado.
La Sala de Casación Penal determinó que, como director del desaparecido Departamento Administrativo de Seguridad, Noguera Cotes diseñó y organizó, con el entonces asesor José Miguel Narváez y miembros de la Dirección General de Inteligencia, el llamado G-3, grupo que operó entre marzo de 2003 y octubre de 2005 como una organización delincuencial.
Para la Corte, no quedó duda de que el grupo G-3 fue “creado con vocación de permanencia para la interceptación sin orden judicial de teléfonos, correos, fax y seguimientos de personas que no ejercían ni les era atribuible actividad ilícita alguna, respecto de quienes únicamente podía reprocharse su oposición al gobierno nacional”.
“Bajo la apariencia de adelantar labores de inteligencia estratégica, [Noguera Cotes] interceptó comunicaciones privadas con equipos de la entidad y llevó a cabo seguimientos pasivos y patrimoniales, por fuera de la ley”, consigna la sentencia.
En su pronunciamiento, la Sala describe las formas en que operó ilegalmente el grupo organizado por el exdirector del DAS, para interceptar comunicaciones privadas, vigilar y hacer seguimientos a organizaciones no gubernamentales y defensores de derechos, dirigentes políticos de izquierda y periodistas nacionales y extranjeros.
La condena se suma a la otra ya emitida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia contra Noguera Cotes en septiembre de 2011, cuando lo sentenció a veinticinco años de prisión, al declararlo responsable de los delitos de concierto para delinquir agravado, autor mediato del homicidio de Alfredo Rafael Francisco Correa De Andreis, destrucción, supresión u ocultamiento de documento público y autor de revelación de asunto sometido a secreto.
La Sala de Casación Penal determinó que, como director del desaparecido Departamento Administrativo de Seguridad, Noguera Cotes diseñó y organizó, con el entonces asesor José Miguel Narváez y miembros de la Dirección General de Inteligencia, el llamado G-3, grupo que operó entre marzo de 2003 y octubre de 2005 como una organización delincuencial.
Para la Corte, no quedó duda de que el grupo G-3 fue “creado con vocación de permanencia para la interceptación sin orden judicial de teléfonos, correos, fax y seguimientos de personas que no ejercían ni les era atribuible actividad ilícita alguna, respecto de quienes únicamente podía reprocharse su oposición al gobierno nacional”.
“Bajo la apariencia de adelantar labores de inteligencia estratégica, [Noguera Cotes] interceptó comunicaciones privadas con equipos de la entidad y llevó a cabo seguimientos pasivos y patrimoniales, por fuera de la ley”, consigna la sentencia.
En su pronunciamiento, la Sala describe las formas en que operó ilegalmente el grupo organizado por el exdirector del DAS, para interceptar comunicaciones privadas, vigilar y hacer seguimientos a organizaciones no gubernamentales y defensores de derechos, dirigentes políticos de izquierda y periodistas nacionales y extranjeros.
La condena se suma a la otra ya emitida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia contra Noguera Cotes en septiembre de 2011, cuando lo sentenció a veinticinco años de prisión, al declararlo responsable de los delitos de concierto para delinquir agravado, autor mediato del homicidio de Alfredo Rafael Francisco Correa De Andreis, destrucción, supresión u ocultamiento de documento público y autor de revelación de asunto sometido a secreto.
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