lunes, 9 de octubre de 2017

CORTE SUPREMA EMPIEZA A PONERLE FRENO A LOS COLADOS DE LAS FARC


La polémica por la posibilidad de que personas ajenas a la guerrilla se beneficien en la Justicia Especial de Paz empezó a aclararse con el fallo sobre Jorge Leonardo Rodríguez Rivas conocido como ‘Pipoleta’, quien había solicitado la libertad condicionada por la Ley de Amnistía.

La Corte Suprema de Justicia negó la solicitud de libertad condicionada que hizo un hombre argumentando ser colaborador de las Farc. Esto porque los delitos por los cuales fue condenado no tienen relación con los delitos políticos y tampoco hay pruebas de que haya sido parte del grupo exguerrillero.

“Los hechos punibles por los cuales fuera condenado son comunes y no de carácter político; además el homicidio y el hurto calificado, conforme con la enunciación del artículo 16 de la Ley 1820 de 2016, no se consideran conexos con la rebelión, sedición, asonada, conspiración y seducción, usurpación y retención ilegal de mando, para efectos de la citada disposición”, explica la Corte.

Rodríguez Rivas disparó contra dos personas que iban en una moto con destino a Santander de Quilichao en el año 2014. En el año 2016 fue condenado y para ese mismo año el Tribunal Superior de Popayán lo absolvió del delito de porte o fabricación de armas, delito por el que sí habría podido argumentar conexidad con los delitos políticos.

Además, no hay pruebas que vinculen su conducta con el conflicto armado, nunca hizo parte de las lista de las Farc, ni fue investigado, juzgado o condenado por pertenecer a la agrupación que se desmovilizó.

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