En la misma sentencia donde se le negó la demanda al ex fiscal antinarcóticos Camilo Bula, la Corte Suprema de Justicia remitió a la Fiscalía una denuncia que le llegó a la magistrada Patricia Salazar, donde se señalan irregularidades al interior del ente investigador.
“En la unidad de Fiscalía, encargada de investigar actos de corrupción sucedidos al interior de la Dirección Nacional de Estupefacientes, opera un “cartel de los principios de oportunidad”, integrado por funcionarios que han aplicado tal figura a cambio de gruesas sumas de dinero, sin exigencias de reparación y devolución de bienes como condición para renunciar a la persecución penal”, se lee.
Frente a la inadmisión de la demanda la decisión se tomó porque no hubo violación al debido proceso. Con ella, la defensa del ex fiscal pretendía tumbar su condena de 18 años.
Bula fue condenado por el manejo irregular de bienes en la Dirección Nacional de Estupefacientes, específicamente por los delitos de falsedad ideológica en documento público, obtención de documento público falso, concierto para delinquir, prevaricato por acción, prevaricato por omisión, peculado por apropiación y fraude procesal.
“En la unidad de Fiscalía, encargada de investigar actos de corrupción sucedidos al interior de la Dirección Nacional de Estupefacientes, opera un “cartel de los principios de oportunidad”, integrado por funcionarios que han aplicado tal figura a cambio de gruesas sumas de dinero, sin exigencias de reparación y devolución de bienes como condición para renunciar a la persecución penal”, se lee.
Frente a la inadmisión de la demanda la decisión se tomó porque no hubo violación al debido proceso. Con ella, la defensa del ex fiscal pretendía tumbar su condena de 18 años.
Bula fue condenado por el manejo irregular de bienes en la Dirección Nacional de Estupefacientes, específicamente por los delitos de falsedad ideológica en documento público, obtención de documento público falso, concierto para delinquir, prevaricato por acción, prevaricato por omisión, peculado por apropiación y fraude procesal.
No hay comentarios:
Publicar un comentario