viernes, 1 de diciembre de 2017

AVALAN EN DOBLE INSTANCIA LA PÉRDIDA DE INVESTIDURA


Actualmente, los procesos de pérdida de investidura de los congresistas los conoce, en única instancia, el Consejo de Estado. La nueva ley permite una división orgánica al interior del Alto Tribunal, de modo que se crea una sala para tramitar estos casos en primera instancia y, en segunda, irían a la Sala Plena.

Este jueves, la Plenaria del Senado aprobó el informe de conciliación del Proyecto de Ley que fija la doble instancia en pérdida de investidura para congresistas, radicado por el Ministerio de Justicia el pasado 2 de mayo, y cuyo objetivo principal es adaptar el ordenamiento jurídico colombiano a la Convención Americana de Derechos Humanos y al Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos que la establecen como garantía judicial para todas las personas.

Para el Ministro Gil Botero este proyecto de ley no debe entenderse como una dádiva para los congresistas, puesto que no existe justificación para que senadores y representantes estén por fuera del ámbito de protección de la Constitución en esta materia. “Es una gran valía tener doble instancia. Esto no es un regalo, es un derecho y una garantía. La doble instancia no sólo es un derecho constitucional, sino que es un principio. Debemos aplicarlo en materia de pérdida de investidura para congresistas. Esto es parte de un requerimiento de las instancias internacionales y de la misma Constitución", aseguró el Minjusticia.

Para ser ley de la República a este proyecto de ley le resta la aprobación de la conciliación en la Plenaria de la Cámara de Representantes

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