lunes, 5 de marzo de 2018

CORTE ORDENA INCLUIR VÍCTIMAS DE ABUSO SEXUAL EN REPARACIÓN DE EL SALADO


En el 2008 se concretó un proceso de reparación colectiva piloto para la comunidad de El Salado, por la masacre que perpetuaron paramilitares en febrero del año 2000 señalándolos de ayudar a la guerrilla y en el 2010 se adelantó la segunda fase.

En el proceso se hizo mención de cómo se usó la violencia sexual para afectar a las mujeres de la comunidad pero para seis víctimas que acudieron a la Corte no fue suficiente.

La Corte Constitucional, revisó y estableció que efectivamente fueron menciones generales las que se hicieron, lo que no implica una reparación real.

“No es suficiente incluir como daño la violencia sexual para acreditar para que el programa tuvo un enfoque diferencial”, señaló.

Para la Corte la reparación en casos de abuso sexual, “no se limita a restaurar la situación de las víctimas, sino en transformar la situación preexistente para reaccionar ante esas circunstancias que hicieron posible el hecho delictivo”.

De las 70 víctimas fatales, dice la Corte, 8 de ellas fueron mujeres y eso hace necesario ese enfoque que, debe incluir “la participación activa de las víctimas de violencia sexual, la consideración de variables metodológicas en la identificación de daños y medidas de reparación y las condiciones necesarias y seguras para que las víctimas de violencia sexual puedan apoyar en el programa de reparación colectiva”.

Por tanto, en un mes la Unidad de Víctimas deberá rediseñar el proceso de reparación colectiva teniendo en cuenta el enfoque de género, la voz de estas mujeres.

Tomada de: Caracol

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