Bajo la ponencia del magistrado Camilo Montoya, se destituyó e inhabilitó por 10 años a la fiscal Gloria Smit Gualdrón, fiscal 105 seccional de Bogotá por presuntamente iniciar una investigación falsa y sin pruebas. De acuerdo con las investigaciones, Gualdrón abrió una investigación penal contra Carlos Alberto Plata por una supuesta denuncia en su contra, que en realidad nunca se presentó de manera formal.
“El supuesto denunciante, señor Tomas Alberto Moreno Comas, nunca instauró formalmente denuncia, más aún esté de forma categórica en escrito calendado de 18 de abril de 2012, reprobó su vinculación como denunciante dentro de dicho proceso, pues no era su deseo la apertura de un proceso penal contra el doctor Plata Gómez”, se afirma en el fallo del Consejo Superior de la Judicatura.
Supuestamente, Gualdrón abrió tal investigación para “desprestigiar” al señor Plata Gómez: “con el proceder de la funcionaria investigada se afectó la actividad profesional del doctor Carlos Alberto Plata Gómez basada en la confianza de los inversionistas y aliados estratégicos, pues su desarrollo profesional está ligado al avance del conocimiento tecnológico y científico reflejado en la materialización y expedición de patentes en países extranjeros”, se lee en la sentencia.
“De igual forma omitió su deber de realizar una investigación exhaustiva, lo cual desencadenó en que la Fiscalía la sustrajo del conocimiento del proceso y lo remitido a otro funcionario para su finalización”, afirma el tribunal. De igual modo, los investigadores pudieron comprobar que la actuación de la funcionaria se hizo a manera de retaliación y afectando los derechos de Plata Gómez al debido proceso, al acceso a la administración de justicia y a la presunción de inocencia.
“Es así como para la Sala Jurisdiccional Disciplinaria, es menester hacer hincapié que la Fiscalía se debe como órgano del Estado, propender por el cumplimiento y respeto de las normas que a ella atañen, no siendo aceptable el proceder de la Fiscal Investigada”, señala la entidad.
Tomada de: El espectador
“El supuesto denunciante, señor Tomas Alberto Moreno Comas, nunca instauró formalmente denuncia, más aún esté de forma categórica en escrito calendado de 18 de abril de 2012, reprobó su vinculación como denunciante dentro de dicho proceso, pues no era su deseo la apertura de un proceso penal contra el doctor Plata Gómez”, se afirma en el fallo del Consejo Superior de la Judicatura.
Supuestamente, Gualdrón abrió tal investigación para “desprestigiar” al señor Plata Gómez: “con el proceder de la funcionaria investigada se afectó la actividad profesional del doctor Carlos Alberto Plata Gómez basada en la confianza de los inversionistas y aliados estratégicos, pues su desarrollo profesional está ligado al avance del conocimiento tecnológico y científico reflejado en la materialización y expedición de patentes en países extranjeros”, se lee en la sentencia.
“De igual forma omitió su deber de realizar una investigación exhaustiva, lo cual desencadenó en que la Fiscalía la sustrajo del conocimiento del proceso y lo remitido a otro funcionario para su finalización”, afirma el tribunal. De igual modo, los investigadores pudieron comprobar que la actuación de la funcionaria se hizo a manera de retaliación y afectando los derechos de Plata Gómez al debido proceso, al acceso a la administración de justicia y a la presunción de inocencia.
“Es así como para la Sala Jurisdiccional Disciplinaria, es menester hacer hincapié que la Fiscalía se debe como órgano del Estado, propender por el cumplimiento y respeto de las normas que a ella atañen, no siendo aceptable el proceder de la Fiscal Investigada”, señala la entidad.
Tomada de: El espectador
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