Darwin Ayrton Moreno Hurtado, ciudadano colombiano y extrabajador en la Embajada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en Colombia, fue despedido según él de manera injustificada y “discriminatoria” a razón de sus tradiciones, creencias, e identidad cultural.
Moreno Hurtado decidió presentar ante la Corte Constitucional una tutela en su contra, debido a que sus derechos al trabajo, dignidad humana, honra, libre desarrollo de personalidad, la igualdad de las personas afrodescendientes, así como la libertad de culto y de conciencia fueron vulneradas por la embajada.
La Corte Constitucional ordenó su reintegro a la Embajada del Reino Unido por medio de la Sentencia 462 de 2015, sin embargo, la Embajada se negó a vincularlo nuevamente al cargo.
La Cancillería de Colombia acudió a la firma de abogados Buckles Solicitors quienes le informaron que Moreno debía solicitar a la Alta Corte de Inglaterra y Gales una revisión judicial de la decisión de no ser reintegrado a su cargo en la Embajada.
Así mismo, La Corte Constitucional concluyo que “resultaba imposible para el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia lograr el reintegro del accionante y acompañarlo en la presentación de una acción judicial ante los jueces del Reino Unido”.
Agotadas todas las instancias, y a sabiendas de que el reintegro de Moreno Hurtado era imposible, la Corte ordeno a la Embajada indemnizar a Darwin Ayrton por los prejuicios causados.
Moreno Hurtado decidió presentar ante la Corte Constitucional una tutela en su contra, debido a que sus derechos al trabajo, dignidad humana, honra, libre desarrollo de personalidad, la igualdad de las personas afrodescendientes, así como la libertad de culto y de conciencia fueron vulneradas por la embajada.
La Corte Constitucional ordenó su reintegro a la Embajada del Reino Unido por medio de la Sentencia 462 de 2015, sin embargo, la Embajada se negó a vincularlo nuevamente al cargo.
La Cancillería de Colombia acudió a la firma de abogados Buckles Solicitors quienes le informaron que Moreno debía solicitar a la Alta Corte de Inglaterra y Gales una revisión judicial de la decisión de no ser reintegrado a su cargo en la Embajada.
Así mismo, La Corte Constitucional concluyo que “resultaba imposible para el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia lograr el reintegro del accionante y acompañarlo en la presentación de una acción judicial ante los jueces del Reino Unido”.
Agotadas todas las instancias, y a sabiendas de que el reintegro de Moreno Hurtado era imposible, la Corte ordeno a la Embajada indemnizar a Darwin Ayrton por los prejuicios causados.
No hay comentarios:
Publicar un comentario