CORTE ORDENA REUBICAR Y ACABAR CON SITIOS ALTERNOS PARA PERSONAS DETENIDAS JUDICIALMENTE
La Corte Constitucional le ordenó a la Policía Metropolitana de Bogotá, al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) y a las administraciones nacionales y locales que tomen en un plazo de 24 horas los correctivos para reubicar a las personas detenidas que se encuentran ubicadas en parques y sitios alternos a las Unidades de Reacción Inmediata sin las condiciones mínimas de dignidad.
Para la Corte Constitucional este tipo de hechos no solamente vulneran los derechos fundamentales de quienes están privados de su libertad mientras se solucionan sus problemas legales sino de los habitantes que se encuentran alrededor de ellos.
El alto tribunal, con ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos, consideró que la Policía Nacional y autoridades correspondientes deben suspender el uso de lugares como parques para mantener a las personas que son conducidas a las URI y que están privadas de su libertad.
Para la Corte Constitucional este tipo de hechos no solamente vulneran los derechos fundamentales de quienes están privados de su libertad mientras se solucionan sus problemas legales sino de los habitantes que se encuentran alrededor de ellos.
El alto tribunal, con ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos, consideró que la Policía Nacional y autoridades correspondientes deben suspender el uso de lugares como parques para mantener a las personas que son conducidas a las URI y que están privadas de su libertad.
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