La Procuraduría le solicitó a la Corte Constitucional dar vía libre a la Ley 1823 de 2017, que obliga a las empresas privadas a adecuar salas de lactancia maternas.
La demanda va dirigida en contra del artículo dos de dicha ley que crea las ‘Salas Amigas de Familia Lactante del Entorno Laboral’ en entidades con capitales iguales o superiores a 1.500 salarios mínimos, o inferiores a ese monto, pero con más de 50 empleadas.
En el documento el Ministerio Publico señala que la ley es idónea porque garantiza el acceso de los niños en sus primeros meses de vida a la lactancia materna y no limita ni restringe el crecimiento de las pequeñas empresas.
“En todo caso el derecho a la lactancia materna en el trabajo sigue existiendo, aun cuando se encuentre llamado a materializarse de formas diversas”, dice el Ministerio Público.
Para la Procuraduría, la norma acatada no solo es idónea para proteger a las madres e hijos lactantes, sino que la condición para el acceso persigue objetivos legítimos como la protección del derecho al trabajo formal, garantiza una igualdad y desestimula eventuales barreras para las mujeres en su acceso al mercado laboral.
La solicitud se hizo luego de la demanda presentada por cuatro ciudadanos, quienes consideran que la Ley viola el derecho a la igualdad entre madres lactantes y se afectan los derechos de los menores al privarlos de los beneficios que tienen como recién nacidos.
El estudio de la ley le correspondió al despacho de la magistrada Gloria Ortiz, quien le solicitó concepto al Ministerio de Trabajo y al de Salud, a la Consejería Presidencial para la Mujer, a el BID, Sisma Mujer, a Fenalco y al Banco de la República.
La demanda va dirigida en contra del artículo dos de dicha ley que crea las ‘Salas Amigas de Familia Lactante del Entorno Laboral’ en entidades con capitales iguales o superiores a 1.500 salarios mínimos, o inferiores a ese monto, pero con más de 50 empleadas.
En el documento el Ministerio Publico señala que la ley es idónea porque garantiza el acceso de los niños en sus primeros meses de vida a la lactancia materna y no limita ni restringe el crecimiento de las pequeñas empresas.
“En todo caso el derecho a la lactancia materna en el trabajo sigue existiendo, aun cuando se encuentre llamado a materializarse de formas diversas”, dice el Ministerio Público.
Para la Procuraduría, la norma acatada no solo es idónea para proteger a las madres e hijos lactantes, sino que la condición para el acceso persigue objetivos legítimos como la protección del derecho al trabajo formal, garantiza una igualdad y desestimula eventuales barreras para las mujeres en su acceso al mercado laboral.
La solicitud se hizo luego de la demanda presentada por cuatro ciudadanos, quienes consideran que la Ley viola el derecho a la igualdad entre madres lactantes y se afectan los derechos de los menores al privarlos de los beneficios que tienen como recién nacidos.
El estudio de la ley le correspondió al despacho de la magistrada Gloria Ortiz, quien le solicitó concepto al Ministerio de Trabajo y al de Salud, a la Consejería Presidencial para la Mujer, a el BID, Sisma Mujer, a Fenalco y al Banco de la República.
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