El Consejo de Estado condenó a la Nación a pagar más de 2.500 millones de pesos a los familiares de tres jóvenes de Cali (Valle) víctimas de un caso de los denominados como ‘falsos positivos’ que ocurrió en la vereda Potrerillos, jurisdicción de Ibagué (Tolima).
La Sección Tercera Subsección C del alto tribunal estableció que la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional era responsable del daño por falla en el servicio causado por la muerte violenta de estos tres ciudadano, ocurrida el 28 de febrero del 2008.
En el expediente se probó que los jóvenes fueron conducidos al lugar de los hechos por medio de engaños de un desmovilizado de la guerrilla del ELN, quien los contactó en un barrio de la capital vallecaucana, invitándoles a desenterrar una guaca en la que el dueño de una finca supuestamente escondía un dinero ´bajo la promesa de compartir el botín.
Los jóvenes asistieron al lugar en zona rural de Ibagué, donde se encontraba la hacienda ´Los Mangos’ y que desde hacía dos días estaba ocupada por uniformados del Batallón CR. Jaime Rooke del Ejército Nacional, quienes los atacaron con armas de fuego, les dieron muerte y los presentaron como integrantes de grupos del crimen organizado sospechosos de preparar un plan para secuestrar al dueño del inmueble.
A pesar de que los militares adujeron que en el lugar de los hechos se había presentado un enfrentamiento con estos jóvenes, el Consejo de Estado concluyó que ese escenario era improbable y que las víctimas habían muerto por disparos producidos a muy corta distancia. Para la Sala, tampoco quedaba demostrado que las personas muertas hubieran estado tras el secuestro del dueño de la finca, ni que pertenecieran a grupos armados ilegales.
Por todo lo anterior, la Sección Tercera Subsección C ordenó reparar moral y materialmente a los familiares de los muertos e impartió una serie de medidas de resarcimiento no monetarias, que van desde cursos de formación en derechos humanos a las unidades militares hasta un acto público de reconocimiento de responsabilidad, en el cual el ministro de la Defensa y los comandantes de las Fuerzas Militares y el Batallón de Infantería No 18 “CR Jaime Rooke del Tolima deberán ofrecer excusas a la comunidad del barrio ‘Los Chorros’ en Cali, donde residían estas tres personas.
Además, se enviará copia de la sentencia a la Fiscalía, la Procuraduría y la Justicia Penal Militar para que, si encuentran mérito, adelanten las actuaciones a las que haya lugar o sigan dando curso a las que ya se hayan iniciado. Finalmente, se oficiará a la Sección Tercera para que, por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, esta decisión judicial sea conocida por el relator especial para las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias de las Naciones Unidas, la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Fiscalía de la Corte Penal Internacional.
La Sección Tercera Subsección C del alto tribunal estableció que la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional era responsable del daño por falla en el servicio causado por la muerte violenta de estos tres ciudadano, ocurrida el 28 de febrero del 2008.
En el expediente se probó que los jóvenes fueron conducidos al lugar de los hechos por medio de engaños de un desmovilizado de la guerrilla del ELN, quien los contactó en un barrio de la capital vallecaucana, invitándoles a desenterrar una guaca en la que el dueño de una finca supuestamente escondía un dinero ´bajo la promesa de compartir el botín.
Los jóvenes asistieron al lugar en zona rural de Ibagué, donde se encontraba la hacienda ´Los Mangos’ y que desde hacía dos días estaba ocupada por uniformados del Batallón CR. Jaime Rooke del Ejército Nacional, quienes los atacaron con armas de fuego, les dieron muerte y los presentaron como integrantes de grupos del crimen organizado sospechosos de preparar un plan para secuestrar al dueño del inmueble.
A pesar de que los militares adujeron que en el lugar de los hechos se había presentado un enfrentamiento con estos jóvenes, el Consejo de Estado concluyó que ese escenario era improbable y que las víctimas habían muerto por disparos producidos a muy corta distancia. Para la Sala, tampoco quedaba demostrado que las personas muertas hubieran estado tras el secuestro del dueño de la finca, ni que pertenecieran a grupos armados ilegales.
Por todo lo anterior, la Sección Tercera Subsección C ordenó reparar moral y materialmente a los familiares de los muertos e impartió una serie de medidas de resarcimiento no monetarias, que van desde cursos de formación en derechos humanos a las unidades militares hasta un acto público de reconocimiento de responsabilidad, en el cual el ministro de la Defensa y los comandantes de las Fuerzas Militares y el Batallón de Infantería No 18 “CR Jaime Rooke del Tolima deberán ofrecer excusas a la comunidad del barrio ‘Los Chorros’ en Cali, donde residían estas tres personas.
Además, se enviará copia de la sentencia a la Fiscalía, la Procuraduría y la Justicia Penal Militar para que, si encuentran mérito, adelanten las actuaciones a las que haya lugar o sigan dando curso a las que ya se hayan iniciado. Finalmente, se oficiará a la Sección Tercera para que, por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, esta decisión judicial sea conocida por el relator especial para las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias de las Naciones Unidas, la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Fiscalía de la Corte Penal Internacional.
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