miércoles, 20 de diciembre de 2017

FORMULAN QUEJA DISCIPLINARIA CONTRA MINISTRO DE DEFENSA



El representante a la Cámara Alirio Uribe formuló una queja disciplinaria ante el procurador general, Fernando Carrillo, por las declaraciones del ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas, quien señaló que los asesinatos de líderes sociales son “fruto de un tema de linderos, de un tema de faldas, de un tema de pelea por rentas ilícitas”.

Para justificar su queja, Uribe acudió a las declaraciones dadas por Villegas durante una entrevista en Noticias Uno, a los informes que han presentado organizaciones como el Cerac, Indepaz y Somos Defensores y a las cifras de asesinatos de líderes sociales en Colombia expuestas por el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos y por la Defensoría del Pueblo.

Alirio Uribe explica que estos informes y cifras evidencian que “esta problemática es cada día más preocupante, (pues) la Defensoría del Pueblo ha señalado que además de los asesinatos, se han reportado más de 210 amenazas a líderes sociales y defensores de derechos humanos”.
En cuanto a las declaraciones del ministro de Defensa, el representante del Polo Democrático afirma con severidad que lo que hacen es “ridiculizar y banalizar la situación, usando lenguaje patriarcal y machista, minimizando el daño tanto a mujeres como a los líderes sociales y sus familias”. También asegura que decir que los asesinatos son por “líos de faldas”, es poner en riesgo la vida de líderes sociales. Villegas “incumple su obligación de proteger y respetar a los defensores y, lo que es más, la de promover los derechos humanos”, dice.

Después de mostrar estos hechos y de acudir a distintas sentencias de la Corte Constitucional, así como en los artículos 13 de la Constitución Política y 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (sobre el derecho a la igualdad), el representante Uribe afirma que “el ministro de Defensa presuntamente pudo incurrir en las prohibiciones contenidas en los numerales 1 y 23 del artículo 35 de la ley 734 de 2002 – Código Disciplinario Único, que dispone qué le está prohibido a los servidores públicos. Asimismo, se incumple lo establecido en el Artículo 2 de la directiva 002 de 2017 de la Procuraduría General de la Nación”.

El artículo 23, por ejemplo, prohíbe “proferir en acto oficial o en público expresiones injuriosas o calumniosas contra cualquier servidor público o las personas que intervienen en los mismos”. El artículo 2, por su parte, exhorta “a los servidores públicos para que, en cumplimiento de sus funciones y deberes legales y en el marco de sus actuaciones, respeten y garanticen las actividades que deba desarrollar la población objeto de la presente directiva. En consecuencia, los servidores públicos deberán abstenerse de realizar conductas que los deslegitimen”.

Uribe aseguró, después de formular la queja disciplinaria, que la decisión la tomó, porque "no solamente no cumple con el deber constitucional de proteger la vida y honra de todos los ciudadanos y en este caso, de los líderes sociales, sino que, además, una vez asesinados, van más de 200 en los últimos dos años, el ministro estigmatiza diciendo que los asesinan por problemas de faldas, de tierras y de alguna manera, manda el mensaje de desinformación y deslegitimación de los asesinatos".


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