La Corte Constitucional hizo pública sentencia en la que se explica que las instituciones estudiantiles tienen potestad de sancionar o incluso expulsar a los estudiantes que hagan matoneo o bullying a sus compañeros por medio de las redes sociales.
Según el Tribunal, las redes sociales exponen a quienes las usan sufrir afectaciones en su dignidad cuando las personas que hacen un mal uso de este servicio superan el ámbito de lo privado.
La sentencia de la Corte tuvo como razón principal el caso particular de una menor de edad, quien sufrió de matoneo por parte de un compañero de estudio cuando este difundió fotografías personales de la afectada en diferentes plataformas virtuales.
El autor de la agresión psicológica fue castigado con la expulsión de la institución por parte de las autoridades del colegio en donde estudiaba. La madre del estudiante reclamó por esta decisión, no obstante, el alto tribunal no encontró vulnerabilidad en sus derechos especialmente porque se cumplió con el debido proceso.
Según la sentencia, una fotografía íntima compartida en un chat puede llegar a tener un alto impacto en la persona afectada, alcances que seguramente los agresores no pretendieron o quisieron al momento de difundir las fotografías.
La Corte advierte que la comunicación entre los profesores y padres de los menores es la clave para prevenir la afectación a la dignidad de un menor. Es necesario un trabajo conjunto entre las instituciones y los padres de familia para alertar a los estudiantes acerca de los posibles riesgos que implica el uso inadecuado de las redes sociales.
Según el Tribunal, las redes sociales exponen a quienes las usan sufrir afectaciones en su dignidad cuando las personas que hacen un mal uso de este servicio superan el ámbito de lo privado.
La sentencia de la Corte tuvo como razón principal el caso particular de una menor de edad, quien sufrió de matoneo por parte de un compañero de estudio cuando este difundió fotografías personales de la afectada en diferentes plataformas virtuales.
El autor de la agresión psicológica fue castigado con la expulsión de la institución por parte de las autoridades del colegio en donde estudiaba. La madre del estudiante reclamó por esta decisión, no obstante, el alto tribunal no encontró vulnerabilidad en sus derechos especialmente porque se cumplió con el debido proceso.
Según la sentencia, una fotografía íntima compartida en un chat puede llegar a tener un alto impacto en la persona afectada, alcances que seguramente los agresores no pretendieron o quisieron al momento de difundir las fotografías.
La Corte advierte que la comunicación entre los profesores y padres de los menores es la clave para prevenir la afectación a la dignidad de un menor. Es necesario un trabajo conjunto entre las instituciones y los padres de familia para alertar a los estudiantes acerca de los posibles riesgos que implica el uso inadecuado de las redes sociales.
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