En Colombia no solo existen fraudes electorales, también existen fraudes en los servicios públicos. Es habitual encontrar conexiones ilegales en los techos de las casas o incluso medidores realizados por el suscriptor o usuario que hace mal uso del servicio contratado.
En estos casos, las empresas prestadoras de servicios públicos deben dar el desarrollo necesario a cada una de las etapas y trámites que estén estipulados en los contratos de condiciones uniformes, respetando los principios constitucionales, legales y jurisprudenciales sobre el debido proceso.
Este derecho estipula que las empresas de servicios públicos tienen opción de recuperar los consumos irregulares de los usuarios que no fueron cobrados por medio de la expedición de una nueva factura.
Además, si las empresas notan un incumplimiento del contrato por parte del suscriptor o usuario, los proveedores deben suspender de manera inmediata el servicio en los términos del artículo 140 de la Ley 142 de 1994, modificada por la Ley 689 de 2001. Si el consumo irregular continúa a pesar de la previa suspensión, pueden proceder al corte definitivo del servicio.
La recomendación para el sector de los servicios públicos es verificar el consumo del servicio de sus usuarios con frecuencia para evitar fraudes o pérdidas económicas.
En estos casos, las empresas prestadoras de servicios públicos deben dar el desarrollo necesario a cada una de las etapas y trámites que estén estipulados en los contratos de condiciones uniformes, respetando los principios constitucionales, legales y jurisprudenciales sobre el debido proceso.
Este derecho estipula que las empresas de servicios públicos tienen opción de recuperar los consumos irregulares de los usuarios que no fueron cobrados por medio de la expedición de una nueva factura.
Además, si las empresas notan un incumplimiento del contrato por parte del suscriptor o usuario, los proveedores deben suspender de manera inmediata el servicio en los términos del artículo 140 de la Ley 142 de 1994, modificada por la Ley 689 de 2001. Si el consumo irregular continúa a pesar de la previa suspensión, pueden proceder al corte definitivo del servicio.
La recomendación para el sector de los servicios públicos es verificar el consumo del servicio de sus usuarios con frecuencia para evitar fraudes o pérdidas económicas.
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